ANUNCIO de 6 de junio de 2023 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de construcción de dos nuevas balsas de evaporación de aguas residuales procedentes de almazara a añadir a otra balsa de evaporación de aguas residuales existente y a una balsa de almacenamiento de orujo graso húmedo también existente promovido por Consorcio Oleícola Extremeño, SL, en el término municipal de Torremejía.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de construcción de dos nuevas balsas de evaporación de aguas residuales procedentes de almazara a añadir a otra balsa de evaporación de aguas residuales existente y a una balsa de almacenamiento de orujo graso húmedo también existente, promovido por Consorcio Oleícola Extremeño, SL, en el término municipal de Badajoz, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
Es órgano competente para el otorgamiento de la AAU la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) y e) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en las categorías 9.1 y 9.6 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I e Instalaciones de gestión de residuos no peligrosos y de residuos peligrosos no incluidas en el anexo I, mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios , por lo tanto debe contar con AAU para ejercer la actividad.
Actividad:
Se pretende la instalación de dos nuevas balsas de evaporación de aguas residuales procedentes de almazara en la parcela 17 del polígono 3 del término municipal de Torremejía añadir a otra balsa de evaporación de aguas residuales existente y a una balsa de almacenamiento de orujo graso húmedo también existente que están en la parcela 16 del polígono 3 del mismo término municipal.
Capacidades y consumos:
La capacidad de almacenamiento de las dos nuevas balsas son 12.000 m3 y 34.070 m3 respectivamente.
Ubicación:
Las nuevas balsas se ubicarán en el polígono 3, parcela 17 del término municipal de Torremejía. Las coordenadas UTM son: X: 730.569; Y: 4.297.418; Huso 29; Datum ETRS 89.
Instalaciones:
Balsa de OGH existente:
Superficie ocupada en coronación: 12.786 m2.
Fondo de balsa: 8.633 m2.
Profundidad media: 5 metros.
Taludes: 2H:1V.
Volumen total: 52.656 m3.
Volumen útil: 46.257 m3.
Capacidad: 43.944 Tn.
Balsa de evaporación 1 (existente):
Superficie ocupada en coronación: 15.377 m2.
Fondo de balsa: 13.889 m2.
Profundidad media: 1,5 metros.
Taludes: 2H:1V.
Cota coronación: 316,50.
Cota aliviadero: 316,20.
Volumen total: 21.950 m3.
Volumen útil: 17.552 m3.
Balsa de evaporación 2 (nueva):
Superficie ocupada en coronación: 10.613 m2.
Fondo de balsa: 9.405 m2.
Profundidad media: 1,5 metros.
Taludes: 2H:1V.
Cota coronación: 316,00.
Cota aliviadero: 315,70.
Volumen total: 15.000 m3.
Volumen útil: 12.000 m3.
Balsa de evaporación 3 (nueva):
Superficie ocupada en coronación: 11.667 m2.
Fondo de balsa: 8.460 m2.
Profundidad media: 4 metros.
Taludes: 2H:1V.
Resguardo: 0,60 m.
Volumen total: 40.000 m3.
Volumen útil: 34.070 m3.
Informe de impacto ambiental:
Las instalaciones de balsas de evaporación de aguas residuales procedentes de almazara cuentan con evaluación de impacto ambiental en trámite.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Protección Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 6 de junio de 2023. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.