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RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Asociación para la Atención y la Integración Social de las Personas con Discapacidad Física de Extremadura (APAMEX) por el que se concede una subvención en el ejercicio 2023, para la promoción y fomento de la adaptación de puestos de trabajo para personas con discapacidad de conformidad con el VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023).
DOE Número: 114
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 15 de junio de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 37371
Página Fin: 37387
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 24 de abril de 2023, el Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Asociación para la Atención y la Integración Social de las Personas con Discapacidad Física de Extremadura (APAMEX) por el que se concede una subvención en el ejercicio 2023, para la promoción y fomento de la adaptación de puestos de trabajo para personas con discapacidad de conformidad con el VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023), de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 30 de mayo de 2023.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERIA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA ASOCIACIÓN PARA LA ATENCIÓN Y LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA DE EXTREMADURA (APAMEX) POR EL QUE SE CONCEDE UNA SUBVENCIÓN EN EL EJERCICIO 2023, PARA LA PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA ADAPTACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE CONFORMIDAD CON EL VIII PLAN DE ACTUACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (2020-2023).
Mérida, 24 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Sandra Pacheco Maya, Directora General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrada por Decreto 246/2015, de 31 de julio (DOE Extraordinario núm. 4, de 1 de agosto), por delegación del Secretario General por Resolución de 13 de noviembre de 2019 (DOE núm. 223, de 19 de noviembre) para el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, Don Jesús Gumiel Barragán, en calidad de Presidente de la Asociación para la Atención y la Integración Social de las Personas con Discapacidad Física de Extremadura (APAMEX), con NIF: G-06014013 y actuando en el ejercicio de funciones conferidas en el artículo 15 de los Estatutos vigentes de APAMEX, como representante legal de la misma, según acuerdo de la Asamblea Ordinaria celebrada el 15 de junio de 2021.
Las partes intervienen en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN
Primero. En el marco de la concertación social y con el fin de dar un impulso a las políticas que favorezcan la mejora de las condiciones de trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo en Extremadura, el presente Plan se firma en el marco del compromiso adquirido en la Declaración para la Concertación Social en Extremadura, firmada el 17 de febrero de 2020, por la Junta de Extremadura y las organizaciones sindicales y patronales más representativas de la región, para conseguir alcanzar una serie de objetivos estratégicos en materia de prevención de riesgos laborales, en consonancia con la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, que se materialicen en unas condiciones adecuadas de seguridad y salud en el trabajo en las empresas extremeñas y la reducción constante de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales en nuestra región.
Segundo. El VIII Plan de Actuación de Prevención de Riesgos Laborales de Extremadura define el marco general de las políticas públicas de seguridad y salud laboral en Extremadura para el periodo (2020-2023) (en adelante, el VIII Plan PRL). Las políticas públicas se definen en torno a la prevención de riesgos laborales, fijando estrategias de compromiso de las instituciones públicas con el objetivo de garantizar un trabajo seguro y saludable, con la implicación de todos los agentes involucrados y de la sociedad extremeña en general.
Tercero. En el VIII Plan se establecen cuatro objetivos generales, que se concretan en un conjunto de actuaciones dirigidas hacia el refuerzo de la implantación y promoción de una adecuada cultura preventiva, que permita la mejora continua de la seguridad y la salud en el trabajo en las empresas extremeñas.
Cuarto. Los objetivos contemplados en el mencionado VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023) son promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en las empresas extremeñas, con el fin de conseguir la reducción de la siniestralidad laboral, especialmente en las pymes (objetivo 1), fortalecer el papel de los interlocutores sociales y la implicación del empresariado y de las personas trabajadoras en la mejora de la seguridad y salud en el trabajo (objetivo 2) fomentar la cultura de la prevención en la sociedad extremeña y potenciar la formación en materia de prevención de riesgos laborales (objetivo 3) y mejorar la coordinación de las administraciones públicas en las políticas de PRL y reforzar las actuaciones de seguimiento y control del cumplimiento de la normativa sobre PRL en Extremadura (objetivo 4).
Con el fin de conseguir los objetivos prepuestos en el Plan, se establecen para los mismos un conjunto de actuaciones concretas y los indicadores que permitirán el seguimiento de su cumplimiento, que han sido acordadas por la Junta de Extremadura y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la región. Participarán en la ejecución de las actuaciones previstas en el VIII Plan PRL todas aquellas entidades que puedan contribuir a la consecución de los objetivos a alcanzar durante todo su periodo de vigencia.
En particular, dentro del Objetivo 3, el VIII Plan PRL establece la realización de campañas de sensibilización dirigidas a diversos colectivos y sectores específicos, con el fin de generar mayor conciencia preventiva, con especial incidencia en la prevención de los riesgos emergentes y en las situaciones que se consideren necesarias por la Comisión Regional de Seguridad y salud en el Trabajo (3.2).
Asimismo, la actuación 2.4 del VIII Plan PRL, prevé mantener los convenios de colaboración de la Dirección General de Trabajo con entidades especializadas para la atención y la integración social de las personas con discapacidad física y/o intelectual en Extremadura, para fomentar la mejora de la prevención de riesgos laborales y la adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad, así como para el asesoramiento al personal técnico de la Dirección General de Trabajo en aspectos relacionados con las condiciones de trabajo de las personas con discapacidad.
Quinto. La Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023 (DOE extraordinario núm. 3, de 30/12/22), contempla una subvención nominativa a favor de APAMEX, por un importe de cuarenta mil euros (40.000 €), en la posición presupuestaria G/325A.480.00, órgano gestor 13007, PEP 20140123 APAMEX. PROGRAMA ADAPTACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO , financiada con fondos de la Comunidad Autónoma.
Mediante escrito de fecha 30 de enero de 2023, APAMEX solicita la concesión de la subvención nominativa prevista en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023, acompañando declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, certificados acreditativos de que la entidad se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con las haciendas estatal y autonómica y con la seguridad social, así como la autorización a la administración para la comprobación de oficio de estas obligaciones, y el plan de actuaciones y presupuesto para 2023.
En base a lo establecido en los apartados anteriores, procede celebrar el presente convenio en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece que en las subvenciones previstas nominativamente en el estado de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura el procedimiento de concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio por el órgano gestor del crédito al que se imputa esta subvención, o a instancia del interesado, y terminará mediante resolución que habrá de ser aceptada por el beneficiario o formalización del correspondiente convenio con el beneficiario, en el que se establecerán las condiciones y compromisos aplicables conforme a lo previsto en esta ley .
En concordancia con todo ello, se fijan las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto conceder una subvención a la Asociación para la Atención y la Integración Social de las personas con Discapacidad Física de Extremadura (APAMEX), para el desarrollo de actuaciones tendentes a promover y apoyar a las personas con discapacidad con el objetivo principal de lograr la adaptación del puesto de trabajo favoreciendo el proceso de inserción sociolaboral, para dar continuidad a las actuaciones del VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023), en el ejercicio presupuestario 2023, y conforme al Plan de Actuación que se incluye como Anexo a este convenio.
Segunda. Medios aportados.
APAMEX aportará los medios personales y materiales necesarios para la orientación e inserción laboral de las personas con discapacidad, para llevar a la práctica lo establecido en el presente convenio, en ejecución del Plan de Actuación descrito en el Anexo.
Tercera. Plan de Actuación.
APAMEX ejecutará el Plan de Actuaciones previsto en el Anexo, en el que se fijan los objetivos del VIII Plan de actuación, acciones a desarrollar, medios humanos que llevarán a cabo las acciones y sus costes laborales, los recursos técnicos utilizados, incluyendo un presupuesto general de los gastos a realizar que dimanen del presente convenio.
Cuarta. Financiación.
Para financiar el desarrollo del Plan de Actuación, a que se refiere la estipulación anterior, la Junta de Extremadura aportará a APAMEX el importe total de 40.000 € con cargo a la siguiente partida presupuestaria de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023: posición presupuestaria G/325A.480.00, órgano gestor 13007, PEP 20140123 APAMEX. PROGRAMA ADAPTACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO , financiada con fondos de la Comunidad Autónoma, con la distribución del gasto que figura en el presupuesto incluido en el Anexo al presente convenio.
Quinta. Forma de pago.
El pago del importe total de la ayuda se efectuará de la siguiente forma:
a) Un primer pago del 50% del importe total de la subvención por valor de 20.000 €, una vez suscrito el presente convenio.
b) El 50% restante por importe de 20.000 € previa justificación antes del 30 de septiembre de 2023 de la totalidad del importe previamente anticipado. Excepcionalmente, en el supuesto de imposibilidad material de ejecución de las actuaciones y/o justificación de los gastos subvencionables, el plazo de ejecución y/o justificación podrá ampliarse, previa autorización del órgano gestor de la ayuda mediante resolución de la Dirección General de Trabajo.
Para proceder a la citada ampliación, APAMEX deberá presentar la solicitud con una antelación de al menos cinco días a la fecha de finalización del plazo de justificación, debiendo acreditar debidamente la imposibilidad de ejecución y/o justificación. La justificación del último 50% del importe percibido se habrá de presentar con anterioridad al 15 de febrero de 2024.
Conforme a lo establecido en el artículo 21.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la subvención regulada en el presente convenio queda exenta del régimen de garantías para recibir pagos anticipados.
Sexta. Condiciones para la financiación y gastos subvencionables.
Serán gastos subvencionables los realizados, según las condiciones que se recogen en el presente convenio, desde el 1 de enero de 2023 hasta su finalización el 31 de diciembre de 2023, y conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La financiación de los medios humanos únicamente podrá ser objeto de subvención hasta el importe de las retribuciones básicas y complementarias fijadas por jornada real de trabajo para los correspondientes grupos profesionales, establecidos anualmente por los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el personal funcionario. A tal efecto, se deberá especificar en las nóminas aportadas como justificante de gasto y pago, la especialidad/categoría profesional en función de la cual se encuentra el personal contratado.
Los conceptos de dietas y gastos de viajes estarán limitados en las cuantías establecidas por el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio (DOE núm. 92, de 9 de agosto).
En cuanto a los recursos materiales, no será subvencionable la adquisición de equipos, o inmuebles que tengan la consideración de inventariables. El coste de adquisición de cualquier producto, nunca podrá ser superior al valor de mercado del mismo.
De manera general se establece un límite de gastos correspondientes a publicidad masiva, edición de documentos o celebraciones de actos que no podrán superar en su totalidad el 10 % de la cuantía total de la subvención concedida, salvo que se justifique de manera pormenorizada la ampliación del gasto y que resulte estrictamente necesario para la consecución del objetivo. En ningún caso podrá admitirse un gasto que exceda de los límites establecidos en esta cláusula sin que cuente con esta previa y preceptiva autorización.
Conforme a lo establecido en el artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de Contratos del Sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Séptima. Justificación de las cantidades percibidas.
El plazo de justificación comprenderá el ejercicio 2023 desde la fecha de la firma del presente convenio, y se extenderá hasta el 15 de febrero de 2024.
La justificación de las cantidades aportadas por la Junta de Extremadura se realizará mediante cuenta justificativa del gasto realizado, en la forma prevista en el artículo 35 de la Ley 6/2011, y conforme a las instrucciones que a tal fin dicte la Dirección General de Trabajo, mediante la presentación, en cada una de las justificaciones parciales que se presenten y en la justificación final, por el representante legal de APAMEX de la siguiente documentación:
Memoria de actividades realizadas que han sido financiadas a través del presente convenio y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos.
Certificación de ingresos y gastos acompañada de los correspondientes documentos justificativos acreditativos del gasto y pago realizado correspondientes a las actividades objeto de financiación, mediante la presentación de facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
Acreditación gráfica de que se han adoptado las medidas de difusión y publicidad establecidas en la cláusula octava, apartado g), del presente convenio.
La fecha límite para efectuar en firme los pagos que correspondan con el gasto imputado debe estar comprendida entre el inicio del período de ejecución de la actuación, o periodo subvencionable, que comprenderá todo el ejercicio 2023, y el final del período de justificación. Los pagos corresponderán en todo caso a actuaciones realizadas dentro del periodo de ejecución.
Los gastos por importe superior a 300 euros no podrán realizarse en efectivo o en metálico, quedando excluidos los gastos que no cumplan esté requisito.
En consecuencia, para acreditar la realización del pago de gastos superiores a dicha cantidad el sistema es la transferencia bancaria o la domiciliación bancaria de los gastos, debiendo acompañase a la factura el justificante de pago bancario (cartilla, extracto bancario, adeudo o movimiento bancario). Los gastos de importe no superior a 300 euros que no se realicen por transferencia o domiciliación bancaria, deberán realizarse a través de medios de pago que en todo caso permitan la comprobación de su efectiva realización. No será admitido ningún gasto cuyo pago no pueda acreditarse conforme a lo establecido en esta cláusula.
Todo ello, sin perjuicio de que la citada entidad deba conservar todos los documentos originales acreditativos del gasto o pago a disposición de la Consejería de Educación y Empleo y de los órganos de control financiero de la Junta de Extremadura, y en su caso, del Tribunal de Cuentas.
Las cantidades abonadas por la Junta de Extremadura que no respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada o no sean justificadas en los gastos por APAMEX, conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, serán reintegradas a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con el procedimiento regulado en los artículos 47 y siguientes de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octava. Obligaciones del beneficiario.
La entidad beneficiaria asumirá con carácter general las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, específicamente, las siguientes:
a) Ejecutar las actuaciones subvencionables, en los términos establecidos en el presente convenio, pudiendo contratar con terceros dicha ejecución, ajustándose, en su caso, a los requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 33 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) APAMEX deberá acreditar con carácter previo a la concesión y a cada uno de los pagos que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad Social. De acuerdo con lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud, y, en su caso, la firma del presente convenio por parte de APAMEX, conllevará la autorización a la Dirección General de Trabajo para que ésta compruebe de oficio los datos con la Hacienda autonómica y la Seguridad Social. En el supuesto de que el beneficiario deniegue expresamente su consentimiento para obtener de oficio los datos y documentos requeridos para la tramitación de los expedientes, quedará obligado a aportar la referida documentación. En cuanto a la certificación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, se podrá autorizar expresamente la consulta de oficio por el órgano gestor, y en caso de no autorizarse deberá aportarse la correspondiente certificación.
c) Comunicar a la Dirección General de Trabajo la percepción, en su caso, de otras ayudas concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones públicas o entes públicos o privados.
d) Facilitar la información relativa a la gestión de las actividades subvencionables que demande la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo.
e) Sujetarse a las acciones de control financiero que se lleven a cabo por los órganos de control financiero competentes de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas y, en su caso, de los correspondientes órganos de la Unión Europea, a tenor de la legalidad vigente reguladora de esta materia.
f) Conservar los documentos justificativos de las actuaciones realizadas, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
g) Identificar, a efectos de difusión pública las actividades subvencionadas, conforme con lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones, el Decreto 7/2002, de 29 de enero, de la imagen corporativa de la Junta de Extremadura en su redacción dada por el Decreto 44/2016, de 12 de abril, y el Decreto 95/2012, de 1 de junio, por el que se regulan el acceso y normas de uso del correo electrónico corporativo de la Junta de Extremadura, y resto de normativa aplicable, indicando que están financiados por la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Educación y Empleo, mediante certificado emitido por el representante de la entidad, todo ello de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación autonómica y estatal.
A tales efectos, se utilizará Instalación de placa o cartel informativo en la proporción de dos unidades de alto por una y media de ancho, con la superficie mínima de 1 m2. y en el que se indicaría la siguiente leyenda:
Inversión cofinanciada por la Junta de Extremadura.
Consejería de Educación y Empleo.
Definición del Proyecto.
Entidad beneficiaria:
Actividad:
Inversión:
Logotipos:
Las medidas establecidas anteriormente se ubicarán en el lugar en el que se realicen las actuaciones que constituyan la justificación del otorgamiento de la ayuda de la Junta de Extremadura en sitio visible al público.
APAMEX, como beneficiaria de la subvención nominativa queda obligada, asimismo, a cumplir lo establecido en el artículo 36 sobre el régimen de los gastos subvencionables y los artículos 50 y siguientes sobre control financiero y colaboración de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Novena. Cuestiones suscitadas en relación al seguimiento del convenio.
Las cuestiones suscitadas en relación al seguimiento del convenio y las dudas que surjan en su interpretación, serán resueltas por una Comisión formada por la persona titular de la Jefatura de Servicio y la persona titular de la Jefatura de Sección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Junta de Extremadura, y dos representantes designados por APAMEX.
Décima. Vigencia del convenio.
La vigencia del presente convenio será desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio de lo establecido para el periodo de justificación, que se extenderá hasta el 15 de febrero de 2024.
Undécima. Publicidad.
La presente subvención será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo establecido en los artículos 20.8. b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, así como en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10 y 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno abierto de Extremadura.
Duodécima. Causas de resolución y régimen de reintegro.
1. Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior, el incumplimiento por parte de APAMEX de cualquiera de las cláusulas de este convenio, dará lugar a la inmediata resolución del mismo con devolución de las cantidades percibidas conforme a la normativa vigente.
Del mismo modo, el presente convenio también podrá ser resuelto, con el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas de acuerdo con la normativa aplicable, por las siguientes causas:
Por mutuo acuerdo de las partes.
Por denuncia de una de las partes formalizada por escrito con tres meses de antelación.
2. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y siguientes de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, procederá el reintegro total o parcial de la cantidad percibida y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los supuestos y con las condiciones previstas en el citado artículo y siguientes.
3. A los efectos previstos en el apartado anterior, se considerará incumplimiento total y, en consecuencia, procederá el reintegro total de la subvención cuando el importe total justificado de los gastos y pagos realizados sea igual o inferior al 50 %, aplicándose criterios de proporcionalidad en el reintegro en caso de incumplimientos parciales.
4. El régimen de reintegro regulado en la presente cláusula se entiende sin perjuicio de lo establecido en la cláusula siguiente respecto de la compatibilidad de subvenciones.
Decimotercera. Régimen jurídico, compatibilidad y supletoriedad.
La subvención nominativa objeto del presente convenio se regirá conforme a la Ley 6/2011, de 23 de marzo y el resto de normativa aplicable. De conformidad con la normativa presupuestaria, la subvención deberá destinarse a la financiación de operaciones corrientes.
La presente subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no superen las cuantías concedidas el coste total de las actuaciones subvencionadas. La superación de dicha cuantía será causa de reintegro de las cantidades percibidas en exceso.
En todo lo no previsto en este convenio será de aplicación lo establecido en el artículo 4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, que establece que las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura se regirán, por la normativa básica del Estado, por las disposiciones contenidas en la presente ley, las demás leyes aprobadas por la Asamblea de Extremadura, las disposiciones administrativas que desarrollen esta ley, sus propias bases reguladoras y las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto de derecho privado .
Decimocuarta. Naturaleza jurídica del convenio.
El presente convenio posee naturaleza jurídico-administrativa, celebrándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de 2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio por triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Por la Junta de Extremadura
(PD, Resol. 13/11/2019,DOE núm. 223 de 19 de noviembre)
La Directora General de Trabajo
Sandra Pacheco Maya
Por APAMEX
El Presidente
Jesús Gumiel Barragán
ANEXO
PLAN DE ACTUACIONES
Se presentan a continuación las actuaciones a efectuar por APAMEX en el marco del convenio firmado con la Dirección General de Trabajo para actuaciones en materia de Promoción y Fomento de las adaptaciones de puestos de trabajo para personas con discapacidad durante la anualidad 2023, en materia de fomento de la prevención de riesgos laborales para personas con discapacidad.
Previamente a este Plan de Actuación, se ha realizado un análisis y evaluación del trabajo realizado desde la puesta en marcha del Departamento.
Seguidamente se enuncian las acciones a realizar:
Servicio de Información y Asesoramiento.
Servicio de información y asesoramiento a empresas con personas con discapacidad en su plantilla de trabajo con la finalidad de estudiar y proponer adaptaciones para la mejora de sus condiciones laborales según las limitaciones del trabajador y las tareas a desempeñar en sus puestos de trabajo. Hay que recordar que este Departamento funciona según la demanda.
Para la ejecución del asesoramiento sobre las adaptaciones, se realiza un análisis in situ del puesto de trabajo y se confronta con las tareas que debe de realizar el trabajador con discapacidad; previa cita con el empresario y trabajador según la disponibilidad, así como según turno de la jornada laboral (mañana y/o tarde).
Se prevé la entrada de consultas particulares según demanda y la solución de 30 a 40 de ellas a través de Informes de Adaptación del Puesto de Trabajo de Personas con Discapacidad.
Seguimiento de las Adaptaciones de los Puestos de Trabajo para Personas con Discapacidad.
Fomento de la puesta en marcha de las recomendaciones de las adaptaciones propuestas en los diferentes Estudios de Adaptación entregados en la anualidad anterior.
Seguimiento y documentación gráfica de todas las propuestas en los Informes que se han llevado a cabo, con el objetivo de valorar las adaptaciones realizadas, y el grado de satisfacción del trabajador y del empresario a través de un cuestionario, para el posterior cierre del Expediente.
Investigación en materia de adaptación.
Contacto y/o visitas a empresas, asociaciones, federaciones, proveedores de productos de apoyo y/o de desarrollo de nuevas tecnologías y software, etc. de Extremadura y España, para la documentación y asesoramiento sobre la viabilidad e idoneidad de las adaptaciones previstas a llevar a cabo en relación con los casos estudiados.
El contacto y/o visitas dependerá de las capacidades de cada trabajador, y de las demandas de los puestos de trabajo a estudiar.
Colaboración con la Universidad de Extremadura, más concretamente con la Escuela de Ingeniería Técnica Industrial de Badajoz a través del programa creado por el Departamento: Innovando para Adaptar con motivo de la búsqueda e investigación constante en materia de adaptaciones y/o productos de apoyo durante el estudio de los puestos de trabajo. Proposición de creación de herramientas inexistentes en el mercado que favorezcan el desarrollo de funciones en el puesto de trabajo de manera ergonómica para el trabajador.
Actualizaciones, Realimentación y Perfeccionamiento de la actividad.
Revisión y búsqueda continuada de legislación y/o subvenciones existentes en materia de adaptación de puestos de trabajo a nivel estatal y autonómico para la actualización de la normativa vigente, inclusión en la base de datos y difusión de las convocatorias públicas existentes en materia de adaptación de puestos de trabajo.
Actualización periódica de la base de datos de Adaptaciones y Productos de Apoyo , con las últimas novedades en productos de apoyo, mobiliario adaptado, etc. con el fin de conocer y disponer de los últimos avances en este campo.
Revisión y/o modificación, de los protocolos, registros, bases de datos, etc. del Departamento con la finalidad de mejorar la eficacia y eficiencia de los procedimientos empleados en el Departamento.
Apoyo al Servicio de Seguridad y Salud Laboral en el Trabajo de la Dirección General de Trabajo y a los Técnicos del Centro Extremeño de Seguridad y Salud Laboral.
Servicio de información y asesoramiento en todas las cuestiones que sean demandadas en materia de adaptación de puestos de trabajo para personas con discapacidad.
Continuación del procedimiento establecido con la Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura, en colaboración con el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales, para efectuar el estudio ergonómico de la categoría profesional de Cocineros/Ayudantes de cocina.
Servicio de Sensibilización y Formación.
Ofrecimiento de formación en materia de adaptación de puestos de trabajo, a Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, servicios de Prevención, Asociaciones/Federaciones de discapacitados, Ayuntamientos, Colegios profesionales, etc.
Realización de jornadas con la exposición de las actuaciones más destacables llevadas a cabo.
Búsqueda y asistencia a jornadas, cursos y cualquier otro tipo de acción formativa relacionada con la adaptación de puestos de trabajo y la discapacidad, con el objetivo de aumentar y mejorar los conocimientos, así como la eficacia y eficiencia del Departamento.
Participación en convocatorias de premios regionales y nacionales.
Búsqueda y participación en convocatorias de premios regionales y nacionales relacionados con la Prevención de Riesgos Laborales, la adaptación de puestos de trabajo y/o las personas con discapacidad.
Actuaciones de Difusión, Publicidad y Sensibilización.
Campaña en medios de comunicación. Continuación de las actuaciones realizadas de presentación a la prensa del Departamento, de la relevancia y del ámbito de actuación del mismo; informando de cada una de las actuaciones destacables realizadas.
Campañas de difusión, publicidad y sensibilización presencial a nivel regional, a empresas ordinarias, centros especiales de empleo, organizaciones colegiales, asociaciones de personas con discapacidad, servicios de prevención, mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, entre otras; a través de la realización de charlas, de participación en jornadas divulgativas, etc., con el objeto de dar a conocer el servicio y de ofertar de forma directa sus servicios.
Actualización del Catálogo de Productos para la Adaptación de Puestos de Trabajo de Personas con Discapacidad desarrollado por el Departamento con los nuevos productos encontrados en la anualidad y difusión del mismo.
Dar visibilidad a los trabajos efectuados por el Departamento Extremeño para Promover y Fomentar la Adaptación de Puestos de Trabajo para Personas con Discapacidad a través de redes sociales mediante un Blog y una cuenta de Twitter con el doble objetivo de difundir, publicitar y sensibilizar a la sociedad respecto a la labor que realiza el Departamento; así como de conocer, intercambiar información y colaborar con otras entidades con intereses, actividades o relaciones en común en el sector de la adaptación de puestos de trabajo para personas con discapacidad, relacionadas con productos de apoyo, con otras Asociaciones de personas con discapacidad, las ONG, etcétera.
https://twitter.com/APAMEXADAPTA
https://apamexadapta.wordpress.com/
PRESUPUESTO TOTAL DEL PROYECTO
ANUALIDAD 2023
a) Personal: (retribuciones, seguros sociales y gestoría).
Un técnico a jornada parcial de enero a diciembre y un técnico a jornada parcial de enero a agosto.
Un Auxiliar administrativo a jornada parcial (previsible dos meses):
Total personal: ……………………………………………. 39.100 euros.
b) Gastos de desplazamientos: ..…………....… 400 euros.
c) Material fungible: ………………………….…... 500 euros.
Presupuesto total: ……………………………….. 40.000 euros.
Observaciones: Puede haber ligeras desviaciones priorizando siempre la partida de personal.

Otras Opciones

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