RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura para un estudio sobre identificación y caracterización de los suelos de interés agrícola en Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 17 de mayo de 2023, la Adenda del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura para un estudio sobre identificación y caracterización de los suelos de interés agrícola en Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 30 de mayo de 2023.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
ADENDA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA UN ESTUDIO SOBRE IDENTIFICACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE LOS SUELOS DE INTERÉS AGRÍCOLA EN EXTREMADURA.
Mérida, 17 de mayo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D.ª María Curiel Muñoz, en calidad de Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, cargo que ostenta en virtud del nombramiento realizado por el Decreto 71/2019, de 16 de julio, (DOE número 137, de 17 de julio), y actuando en función de la delegación de firma asignada por la Resolución de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de 23 de julio de 2019, DOE N.º 144, 26/07/2019.
De otra parte, D. Pedro María Fernández Salguero, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, en representación de la misma, nombrado por el Decreto 166/2022, de 30 de diciembre, (DOE n.º 9, de 13/01/2023), en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 93.h) del Decreto 65/2003 de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura, modificado por Decreto 190/2010, de 1 de octubre, y previa aprobación del Convenio, por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura, en su sesión de 16 de mayo de 2022.
En la condición que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para el otorgamiento de la presente Adenda al convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Que con fecha 5 de agosto de 2022 se firmó un convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura para un estudio sobre identificación y caracterización de los suelos de interés agrícola de Extremadura.
Segundo. Que para su debido cumplimiento, la Universidad de Extremadura ha venido ejecutando las actuaciones de la partida de gasto que se describe en el Anexo I de dicho convenio, según la cláusula sexta.
Tercero. Con fecha 1 de marzo de 2023 tiene entrada en la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, solicitud de prórroga y modificación de la cláusula segunda del convenio.
Cuarto. Que, dado que el actual estado de ejecución no permite que todas las actuaciones estén ejecutadas a la fecha de finalización del convenio (5 de agosto de 2023), se considera necesario activar la prórroga contemplada en la cláusula 4ª del mismo, posibilitando, mediante esta adenda, el pleno cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes para la consecución de los fines perseguidos por el convenio.
Quinto. Una vez iniciado los trabajos, por parte de la Universidad de Extremadura, se considera más adecuado la posibilidad de que ciertas tareas puedan ser encomendadas a terceros, para una mayor eficacia en la obtención de los resultados que se pretendan alcanzar con el presente convenio.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Prórroga de la duración del convenio.
En virtud de lo establecido en la cláusula cuarta del convenio, y para posibilitar la ejecución de los fines previstos en la cláusula primera del mismo, queda prorrogada su duración hasta el 5 de noviembre de 2023.
Segunda. Modificación cláusula segunda.
La cláusula segunda quedaría de la siguiente forma:
2) La Universidad de Extremadura, llevará a cabo las siguientes acciones:
a) Aportar las instalaciones y medios materiales y personales que dispongan para la consecución objeto del convenio.
Las actuaciones del convenio que corresponden a cada una de las partes serán llevadas a cabo mediante los medios propios disponibles o mediante la suscripción con terceros, siendo exclusiva responsabilidad de la Universidad, circunstancia que justificaría la posibilidad de que la Universidad contara con los medios externos para ejecutar el convenio.
Tercera. Mantenimiento del clausulado del convenio.
Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio firmado por las partes con fecha de 5 de agosto de 2022, en lo no modificado por la presente adenda.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha del encabezamiento.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
(Resolución 23/07/2019,DOE n.º144, 26/07/2019),
María Curiel Muñoz
El Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura,
Pedro María Fernández Salguero