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RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se aprueban los listados provisionales de admisión y exclusión en los procesos para la integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, y valoración de los méritos de quienes ya forman parte de las mismas, así como de las listas de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
DOE Número: 114
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 15 de junio de 2023
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Procesos selectivos. Listas provisionales.
Página Inicio: 37314
Página Fin: 37317
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se aprueban los listados provisionales de admisión y exclusión en los procesos para la integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, y valoración de los méritos de quienes ya forman parte de las mismas, así como de las listas de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
La Resolución de 10 de marzo de 2023 (DOE núm. 52, de 16 de marzo) de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, por el sistema concurso-oposición, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas y por la que se convocan procesos para integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias y valoración de méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, prevé en su base XLIII que la Dirección General de Personal Docente dictará resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, por la que se aprobará el listado provisional de admisión y exclusión de aspirantes en los procedimientos convocados de listas de espera, ordinarias y supletorias, y por la que se aprobará igualmente la valoración de méritos.
La Resolución de 10 de marzo de 2023 (DOE núm. 52, de 16 de marzo) de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, por el sistema concurso-oposición, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas y por la que se convocan procesos para integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias y valoración de méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, prevé en su base XLIII que la Dirección General de Personal Docente dictará resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, por la que se aprobará el listado provisional de admisión y exclusión de aspirantes en los procedimientos convocados de listas de espera, ordinarias y supletorias, y por la que se aprobará igualmente la valoración de méritos.
En dicho listado, que se publicará en el portal https://profex.educarex.es, se expresará la puntuación obtenida por las personas aspirantes en cada uno de los apartados y subapartados del baremo, en virtud de los méritos alegados y de la puntuación resultante de la incorporación de méritos evaluables de oficio.
El Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias, tiene por objeto regular la normativa básica del procedimiento de la citada integración, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En el citado real decreto se establece que el profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional deberá acreditar estar en posesión de la titulación de Grado universitario, Licenciado o Licenciada, Ingeniero o Ingeniera y Arquitecto o Arquitecta, o equivalente a efectos de acceso a la función pública docente, u otra equivalente a efectos de docencia de las especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Por su parte, la Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento de integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, viene a cumplir con el ordenamiento del artículo 4.1 del Real Decreto 800/2022 por el que Las Administraciones educativas deberán efectuar una convocatoria pública para que el profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional que reúna los requisitos y cumpla las condiciones establecidas, pueda integrarse en el Cuerpo de Enseñanza Secundaria .
La Dirección General de Personal Docente declara aprobadas las listas definitivas de personas admitidas, y con ella la integración de éstas en las especialidades de nueva creación del correspondiente Cuerpo de Enseñanza Secundaria, por Resolución de 3 de mayo de 2023 por la que se declaran aprobadas las listas definitivas del profesorado admitido y excluido en el procedimiento de integración del profesorado del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
Dando cumplimiento a las competencias que este órgano gestor tiene conferidas, la Dirección General de Personal Docente.
RESUELVE:
Primero. Aprobar los listados provisionales de admisión de participantes en los procesos convocados por Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, para la integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, y valoración de los méritos correspondientes, con expresión de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados y subapartados del baremo, así como de quienes ya forman parte de las listas correspondientes a todos los Cuerpos, a excepción del Cuerpo de Maestros.
Segundo. Aprobar las listas provisionales de exclusión de participantes en los procesos para la integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, convocados por Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, con indicación de las causas de exclusión.
Tercero. Ordenar la exposición de las citadas listas en la dirección de internet
https://profex.educarex.es, desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. Declarar integradas las listas de espera que procedan del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en las listas de espera correspondientes del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, dotando a las especialidades integradas de listas de espera con personal para dar cobertura en régimen de interinidad a las necesidades que por motivos de urgencia y necesidad se produzcan en los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. De acuerdo con el artículo 11.1 del Decreto 51/2019, por el que se regula la provisión interina de puestos de trabajo de personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el que se indica que las listas se ordenarán por la puntuación obtenida por los integrantes de las mismas como consecuencia del baremo de méritos que se recoge en el anexo, se adecúa la puntuación del baremo de los apartados 3.1 y 3.2 en las especialidades a las que se refiere el apartado cuatro de la presente resolución.
Sexto. Conceder un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, según lo dispuesto en los apartados 43.2.1 y 43.2.3 y de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que las personas aspirantes puedan reclamar cuando hayan sido excluidas o muestren disconformidad con la puntuación otorgada en el listado provisional de admisión y valoración de méritos, adjuntando a su reclamación la documentación acreditativa que estimen necesaria.
Estas reclamaciones se entenderán resueltas con la publicación de los listados definitivos.
Aquellos aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la lista de admitidos, serán definitivamente excluidos.
Séptimo. Conceder un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, según lo dispuesto en los apartados 43.2.2 y 43.2.3 y de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que las personas aspirantes puedan subsanar o aportar la documentación requerida por la Comisión de Baremación al entender que un mérito no estuviera acreditado en los términos establecidos en el anexo IX de la convo­catoria, y siempre que el mismo se alegara dentro del plazo de presenta­ción de solicitud, salvo que debiera haberse incorporado de oficio.
En caso de no subsanarlo en el plazo indicado, el mérito en cuestión no será valorado.
Octavo. Las reclamaciones y subsanaciones señaladas en los apartados sexto y séptimo, habrán de ser cumplimentadas y presentadas de forma telemática siguiendo las instrucciones que se publicarán en el portal PROFEX.
Mérida, 12 de junio de 2023.
La Directora General de Personal Docente,
EVA MARTÍN LÓPEZ

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