Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Dirección, por la que se modifica la convocatoria de pruebas selectivas por turno libre para cubrir un puesto de trabajo vacante en la categoría de Titulada/a Medio, Especialidad Restaurador/a, perteneciente al Grupo II.
TEXTO ORIGINAL
Con fecha 25 de mayo de 2023, se publicó en el DOE n.º 99/2023 la Resolución de esta Dirección por la que se convocan pruebas selectivas por turno libre para cubrir un puesto de trabajo vacante en la categoría de Titulado/a Medio, Especialidad Restaurador/a, perteneciente al Grupo II.
Con posterioridad a la publicación de la convocatoria, se ha comprobado que en la misma se omitió el objetivo complementario de las pruebas de crear una lista de espera en la categoría y de establecer el régimen de la misma, por lo que, de acuerdo con el Comité de Empresa, a quien se ha oído previamente, procede modificar la convocatoria, con sujeción a las siguientes:
MODIFICACIONES DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA:
1ª. Se modifica el párrafo primero del apartado 1 de la base primera, que queda redactado del siguiente modo:
Primera: Objeto de las pruebas selectivas.
1. Se convocan pruebas selectivas, por sistema de concurso-oposición:
a/ Para cubrir un puesto de trabajo vacante en la categoría de Titulado Medio Restaurador/a perteneciente al Grupo II del personal laboral del Consorcio.
b/ Constituir lista de espera en dicha categoría con objeto de atender las necesidades de personal no permanente .
2ª. Se añaden las siguientes bases a la convocatoria:
Décima. Lista de espera.
1. Finalizado el procedimiento, el Tribunal de Selección elevará al Director del Consorcio la relación de los aspirantes que van a formar parte de la lista de espera, por orden de puntuación obtenida, quien dispondrá su publicación en el tablón de anuncios de la sede del Consorcio y en la página web de la entidad.
En caso de empate, el orden de prelación comenzará por la letra G conforme al resultado del sorteo publicado por Resolución de la Dirección General de Función Pública de 16 de marzo de 2023 (DOE n.º 54, de 2º de marzo), para todas las pruebas selectivas y para las pruebas específicas realizadas para la constitución de listas de espera que se convoquen en el citado año.
2. Los participantes que se integren en las listas de espera podrán ser llamados para atender necesidades temporales de contratación, según el orden de puntuación obtenido.
3. Los llamamientos de los aspirantes se efectuarán mediante localización telefónica según los datos facilitados en la solicitud. Si intentada la localización, la llamada fuera atendida por persona distinta del interesado o se hubiere dejado mensaje en el contestador se esperará un periodo máximo de 60 minutos para que el aspirante responda al llamamiento efectuado. Transcurrido ese plazo sin respuesta del interesado se procederá al llamamiento del siguiente aspirante.
En el caso de que intentada la localización telefónica no hubiese sido posible ningún tipo de comunicación se procederá a un nuevo llamamiento transcurridos al menos 24 horas.
En el caso de no obtener respuesta se procederá al llamamiento del siguiente candidato.
4. La renuncia expresa o tácita al puesto que se ofrezca significará la exclusión de la lista de la categoría objeto de estas pruebas selectivas salvo que medie alguna de las circunstancias previstas en el artículo 29.5 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de noviembre.
Undécima. Presentación de documentos de los aspirantes llamados por lista de espera.
1. Los aspirantes seleccionados deberán presentar en el Consorcio, en el momento de la contratación, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria.
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Fotocopia debidamente compulsada de la titulación académica o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho título, así como fotocopia compulsada de cualquier otro título o permiso exigido en la convocatoria.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española, según modelo que figura en el anexo V.
d) Los aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que residan en España, deberán presentar una fotocopia compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte y fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de los nacionales de la Unión Europea deberán presentar una fotocopia compulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. También deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
e) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
f) Los aspirantes que tengan la condición de discapacitados deberán presentar certificado, expedido al efecto por el órgano competente, que acredite tal condición, el grado de discapacidad y su capacidad para desempeñar las funciones que correspondan a los puestos objeto de esta convocatoria.
2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos a que se refiere el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
3. Aquellos que no presenten la documentación en el momento de la contratación, y salvo causas debidamente justificadas y libremente apreciadas por el Consorcio, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, causarán baja definitivamente en la lista de espera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.
Duodécima. Contrataciones.
La contratación laboral se efectuará de acuerdo con lo establecido en la legislación laboral, utilizándose la modalidad contractual que corresponda en cada caso.
Cuando la contratación laboral sea por tiempo igual o inferior a tres meses, se respetará el lugar que el candidato ocupe en la lista de espera a los efectos de una nueva contratación.
Hasta que se produzca la incorporación efectiva del trabajador al centro de trabajo, los aspirantes seleccionados no tendrán derecho a percepción económica alguna .
3ª. El plazo de presentación de solicitudes de 20 días naturales establecido en la base segunda, apartado 2 de la convocatoria, se computará a partir del siguiente al de publicación de la presente modificación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 26 de mayo de 2023. El Director del Consorcio, FÉLIX PALMA GARCÍA.