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Extracto de la Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2023, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 115
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 16 de junio de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de agricultura, desarrollo rural, población y territorio
Rango: Extracto
Descriptores: Ganadería. Subvenciones.
Página Inicio: 37945
Página Fin: 37946
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):702799
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8. a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, reguladas por el Real Decreto 1625/2011 de 14 de noviembre (BOE n.º 295, de 8 de diciembre de 2011) por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, modificado por Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo (BOE n.º 63, de 14 de marzo de 2015) y por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE n.º 52 de 1 de marzo de 2019).
Segundo. Beneficiarios.
Asociaciones de ganaderos reconocidas por la Dirección General de Agricultura y Ganadería, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 del Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre (BOE n.º 295, de 8 de diciembre de 2011) modificado por Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo (BOE n.º 63, de 14 de marzo de 2015) y por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE n.º 52, de 1 de marzo de 2019).
Tercero. Bases reguladoras.
Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre (BOE n.º 295, de 8 de diciembre de 2011) por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, modificado por Real Decreto 181/2015 de 13 de marzo (BOE n.º 63, de 14 de marzo de 2015) y por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE n.º 52, de 1 de marzo de 2019).
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/78900 TE31002005 20070044, con una dotación inicial para la presente anualidad de setenta y dos mil ochocientos veintidós euros (72.822,00 €). Dicha cantidad podrá ser aumentada, antes de resolver la concesión de las ayudas, en función de que existan nuevas disponibilidades presupuestarias, según las transferencias de crédito que efectúe el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución de convocatoria y de este extracto.
Mérida, 24 de mayo de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ

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