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RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se informa sobre la adaptación de los criterios para la selección de las intervenciones en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión, establecidos en la Orden de 22 de febrero de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 123
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 28 de junio de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Política Agraria Comunitaria.
Página Inicio: 40446
Página Fin: 40449
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La Orden de 22 de febrero de 2023 (DOE núm. 37, de 23 de febrero), por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura establece en su artículo 57 los criterios de prioridad que, asimismo, son recogidos en el resuelvo sexto de la Resolución de 27 de febrero de 2023 (DOE núm. 41, de 1 de marzo), de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, por la que se convocan, para la campaña 2023/2024, los pagos directos asociados, ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas y pago de primera anualidad de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023/2027.
El apartado 1 del artículo 57 de la orden indicada dispone que, con el objeto de ajustar la concesión de ayuda a los recursos presupuestarios disponibles, si fuera necesario, se establecerá un orden de prelación de solicitudes según los criterios de prioridad, de acuerdo con el baremo de puntuación que se define en este mismo artículo, sin perjuicio de las posibles modificaciones que se pudieran producir en aplicación de lo establecido en su artículo 3.1 y en su disposición adicional cuarta.
Por otra parte, el artículo 5 de Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los fondos europeos agrícolas FEAGA y FEADER (BOE núm. 312, de 29 de diciembre de 2022), de acuerdo con el artículo 124 del Reglamento (UE) n.º 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, crea el Comité de seguimiento del Plan Estratégico (en adelante el Comité), encargado del seguimiento de la ejecución del Plan Estratégico de la PAC de España, al que corresponde la emisión de los dictámenes preceptivos contemplados en el artículo 124.4 del Reglamento (UE) n.º 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, incluidos los relativos a la metodología y los criterios de selección de las operaciones de las intervenciones para el desarrollo rural de ámbito supra autonómico. El artículo 79.1 de este Reglamento determina que será la autoridad de gestión la que establezca los criterios de selección de varios tipos de intervenciones, previa consulta con el Comité de seguimiento contemplado en el artículo 124 del citado reglamento.
Al respecto, el Comité emitió dictamen sobre la metodología y los criterios de selección de las operaciones previstas en las Intervenciones regionales y la Autoridad de Gestión ha aprobado los criterios de selección de operaciones para las intervenciones de aplicación territorial de Extremadura, y contenidas en el Plan Estratégico de la PAC, mediante Resolución de 22 de junio de 2023.
Por todo lo expuesto, se ha producido la adaptación de los criterios de selección establecidos en el citado artículo 57 de la orden indicada -como criterios de prioridad - a efectos de la gestión de las referidas intervenciones en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en los procedimientos de concesión de las ayudas que se inician, en virtud de la convocatoria realizada para la campaña 2023/2024, por la reseñada Resolución de 27 de febrero de 2023, a los que ha de atenderse con carácter previo a que se realice la primera evaluación de las solicitudes de concesión para determinar su admisibilidad en orden a la necesidad o no de aplicación del régimen de concurrencia competitiva.
En virtud de todo ello, y en ejercicio de las competencias atribuidas, se informa sobre la adaptación de los criterios de prioridad a que se refiere el artículo 57 de la citada Orden de 22 de febrero de 2023, que han quedado establecidos del modo siguiente:
3. El orden de prelación se establecerá en función de la puntuación total de la suma de los puntos obtenidos en base a los criterios de prioridad relacionados. Si existieran solicitantes que obtuvieran la misma puntuación y con ellos se sobrepasara el límite del crédito consignado, se priorizará atendiendo al mayor número de unidades medioambientales (hectáreas, colmenas en apicultura o animales en caso de razas amenazadas) potencialmente subvencionables. En el caso de apicultura, agroambiental y ecológica, dado que para esas operaciones se establece un límite máximo de unidades a comprometer (500 colmenas), en caso de persistir la igualdad, se tendrá en cuenta el número de colmenas totales inscritas en el registro apícola de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Puntuación mínima exigida para su admisibilidad será de 25 puntos para todas las intervenciones .
5. Criterios de prioridad aplicados a las intervenciones Compromisos agroambientales ensuperficies agrarias. Producción integrada , “Compromisos agroambientales en superficiesagrarias. Apicultura para la biodiversidad y “Compromisos de gestión agroambientales enagricultura ecológica”.
CRITERIOS DE PRIORIDAD PUNTUACIÓN
Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en la Red de Áreas Protegidas de Extremadura. Superior al 50% del total.  75 puntos
Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en la Red de Áreas Protegidas de Extremadura. Superior al 25% y hasta el 50% del total.  50 puntos
Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en la Red de Áreas Protegidas de Extremadura. Desde 1% y hasta 25% del total. 20 puntos
Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en zonas con limitaciones de montaña. Superior al 50% del total.  50 puntos
Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en zonas con limitaciones de montaña. Desde el 1% y hasta 50% del total.  20 puntos
Explotaciones de titulares inscritos en los registros correspondientes (ROPPI, producción integrada; REGA apicultura con, al menos, 150 colmenas; ROTFAPE, agricultura ecológica). 25 puntos
6. Criterios de prioridad aplicados a la intervención Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Protección de la avifauna .
CRITERIOS DE PRIORIDAD PUNTUACIÓN
Porcentaje de unidades de superficie solicitada y potencialmente subvencionable de la explotación incluida en Zona de Interés Prioritario (*) Hasta 60 puntos (Según porcentaje)**
Porcentaje de unidades de superficie solicitada y potencialmente subvencionable de la explotación incluida en Zona de Alto Interés (*) Hasta 40 puntos (Según porcentaje)**
Porcentaje de unidades de superficie solicitada y potencialmente subvencionable de la explotación incluida en Zona de Interés (*) Hasta 30 puntos (Según porcentaje)**
Porcentaje de unidades de superficie solicitada y potencialmente subvencionable de la explotación incluida en Zona de Uso General (*) Hasta 25 puntos (Según porcentaje)**
(*) Zonificación de la Red Natura 2000. Plan Director de la Red Natura 2000 en Extremadura.
(**) Porcentaje de superficie total de la explotación incluida en esa zona.
7. Criterios de prioridad aplicados a la intervención Compromisos de conservación de recursos genéticos. Fomento de razas autóctonas amenazadas :
CRITERIOS DE PRIORIDAD PUNTUACIÓN
Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con grado de amenaza alta (*) 60 puntos
Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con grado de amenaza media (*) 50 puntos
Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con grado de amenaza baja, distintas de la bovina (*) 40 puntos
Explotaciones de titulares con animales admisibles inscritos en el Libro de Registro Oficial de la raza autóctona elegible 25 puntos
(*) En caso de un titular con varias razas, se tendrá en consideración el grado de amenaza de la raza de mayor número de animales .
Todos los criterios anteriores regirán para el procedimiento de concesión, en tanto en cuanto no resulten modificados o se dejen sin efecto por disposiciones o resoluciones de superior o igual rango normativo y, en todo caso, sin perjuicio de las posibles modificaciones que se pudieran producir, en aplicación de lo establecido en el artículo 3.1 y en la disposición adicional cuarta de la citada Orden de 22 de febrero de 2023.
Mérida, 23 de junio de 2023.
El Director General de Política Agraria Comunitaria,
PD, Resolución de 6 de agosto de 2019 de Secretaría General,(DOE n.º 154, de 09/08/2019),
JAVIER GONZALO LANGA

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