Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad al incremento del crédito de la convocatoria para el ejercicio 2023 y 2024 de las ayudas estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda para los ejercicios 2022 y 2023 contempladas en la Resolución de 7 de octubre de 2022, que regula dicha convocatoria.
DOE Número: 124
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 29 de junio de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Viviendas. Ayudas.
Página Inicio: 40650
Página Fin: 40652
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 653074
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 198, de fecha 14 de octubre de 2022, Extracto de la Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de ayuda al alquiler general de vivienda para los ejercicios 2022, 2023 y 2024.(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Mediante Resolución de 7 de octubre de 2022, se establece la convocatoria de las ayudas estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda para los ejercicios 2022 y 2023, publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 198, de fecha 14 de octubre de 2022.
Dicha resolución, publicada en el mismo DOE, en el apartado 1 del resuelvo decimotercero, en relación a las partidas presupuestarias que financian la ayuda estatal del programa de alquiler de vivienda establece:
A esta convocatoria, se destinará la cantidad máxima de 3.000.000 €, distribuidos en 210.000 € para el ejercicio 2022, y 2.790.000 € para el ejercicio 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 16002/261A/48900, código de proyecto de gasto 20220412, y fuente de financiación TE, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura .
Continúa diciendo el punto 2 de dicho resuelvo;
La concesión de subvenciones tendrá como límite la cuantía global del crédito presupuestario fijado en la convocatoria, sin perjuicio de su incremento conforme a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se procederá a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la Secretaria General de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
El crédito existente es insuficiente para atender a todas las solicitudes que se han presentado hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el DOE n.º 39 de 27 de febrero de 2023 se pública Modificación del Extracto de la Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda para los ejercicios 2022 y 2023 (DOE número 198, de 14 de octubre de 2022), y Anuncio de terminación del plazo de vigencia de dicha convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos en la convocatoria exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano al que corresponde la aprobación de la convocatoria, en el que recoja cómo quedarían los créditos totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
En virtud de cuanto antecede, se procede a publicar un nuevo anuncio de ampliación de los créditos previstos en el apartado 1 del resuelvo decimotercero de la Resolución de convocatoria correspondiente a las ayudas estatales del programa de ayuda de alquiler de vivienda en la aplicación presupuestaria: 16002/261A/48000, código de proyecto de gasto 20220412, y fuente de financiación TE, por un importe de 2.414.002,00 €, distribuidos en las siguientes anualidades:
— 2023 10.001,00 €.
— 2024 2.404.001,00 €.
De manera que las aplicaciones, proyectos y cuantías correspondientes a las ayudas serán los siguientes, quedando el apartado 1, del resuelvo decimotercero de la Resolución de convocatoria redactado de la siguiente forma:
A esta convocatoria, se destinará la cantidad máxima de 5.414.002,00 €, distribuidos en 3.010.001,00 € para el ejercicio 2023, y 2.404.001 € para el ejercicio 2024, con cargo a la aplicación presupuestaria 16002/261A/48000, código de proyecto de gasto 20220412, y fuente de financiación TE, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura .
Y el párrafo primero del punto cuarto del Extracto de la Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda para los ejercicios 2022, 2023 y 2024 quedaría redactado de la siguiente forma:
A esta convocatoria, se destinará la cantidad máxima de 5.414.002,00 €, distribuidos en 3.010.001,00 € para el ejercicio 2023, y 2.404.001 € para el ejercicio 2024, con cargo a la aplicación presupuestaria 16002/261A/48000, código de proyecto de gasto 20220412, y fuente de financiación TE, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente ampliación de crédito se encuentra destinada a atender a las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido y no supone en ningún caso la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes de subvención.
Mérida, 26 de mayo de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal