ANUNCIO de 13 de enero de 2023 por el que se someten a información pública la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada y el estudio de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina en régimen intensivo, titularidad de José Manuel Méndez Margallo, en el término municipal de Villanueva del Fresno, provincia de Badajoz.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento a los artículos 13.5 y 66.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada (AAI) y el estudio de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina en régimen intensivo, promovidos por José Manuel Méndez Margallo, en el término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz), podrán ser examinados, durante 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad (DGS) de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, avenida Valhondo, s/n., de Mérida.
Por otra parte, la solicitud de modificación sustancial de AAI y el estudio de impacto han sido remitidos por la DGS al correspondiente Ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los interesados en este procedimiento.
Es órgano competente para el otorgamiento de la autorización ambiental integrada y la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) y e) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos de la calificación rústica, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Estas dos figuras administrativas autorizan y condicionan la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme a los artículos 11.4 y 71.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, la AAI y la DIA son anteriores al resto de autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a la licencia urbanística. Asimismo, para dar cumplimiento al artículo 11.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, la AAI incluirá las actuaciones relativas a la evaluación de impacto ambiental del proyecto.
Los datos generales del proyecto son:
— Categorías Ley 16/2015, de 23 de abril:
Categoría 1.2.a del anexo I, relativa a Instalaciones destinadas a la cría intensiva de cerdos que dispongan de más de 2.000 emplazamientos para cerdos de cría (de más de 20 kg).
Grupo 1.d del anexo IV de la referida ley, relativo a Instalaciones destinadas a la cría de animales en explotaciones ganaderas reguladas por el Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas , por lo tanto, debe someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario.
— Actividad:
El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina en régimen intensivo, hasta alcanzar una capacidad final para 500 reproductoras y 4.000 plazas de cebo.
— Ubicación:
La actividad se desarrollará en el término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz), y más concretamente en las parcelas 10, 11, 141 y 142 del polígono 14, con una superficie total de 17,0334 hectáreas.
— Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
Naves de secuestro existentes: nave 1 de 230,84 m², nave 2 de 390,04 m², naves 3 y 4 de 71,54 m² de superficie útil cada una de ellas, y algunas que se pretende su legalización: nave 5 182,24 m², nave 6 de 213,84 m², nave 7 de 85,84 m², nave 8 de 134,64 m², nave 9 de 174,24 m², nave 10 de 194,04 m², nave 11 de 262,64 m², nave 12 de 134,64 m², nave 13 de 204,24 m², nave 14 de 297,84 m² y nave 15 de 184,44 m², todas ellas de superficie útil y con suelo tipo slats. Se proyecta la construcción de 6 naves con las siguientes superficies útiles: 292,04 m², 292,04 m², 27,44 m², 847,24 m², 959,04 m² y 959,04 m².
La explotación dispondrá de balsas y fosas de purines impermeabilizada de capacidad suficiente para el almacenamiento de purines, lixiviados del estercolero y aguas de limpieza de las instalaciones.
Lazareto de capacidad suficiente para el secuestro y observación de animales enfermos y/o sospechosos de estarlo.
Vestuario con aseos.
Zona de almacenamiento de cadáveres.
Pediluvios.
Vado sanitario.
Cerramiento de malla ganadera.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Mérida, 13 de enero de 2023. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.