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RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 57/2023, dictada por el Juzgado de lo Social n.º 1 de Badajoz en el procedimiento ordinario n.º 236/2022.
DOE Número: 126
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 03 de julio de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 41133
Página Fin: 41134
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TEXTO ORIGINAL
Tras la correspondiente tramitación judicial ha devenido firme y ejecutable la sentencia n.º 57/2023, de 15 de febrero, del Juzgado de lo Social n.º 1 de Badajoz recaída en el procedimiento ordinario n.º 236/2022 promovido por D.ª Rosa María Miranda Martínez, contra la desestimación presunta de la solicitud de reincorporación a la bolsa de trabajo de Camarero/a-Limpiador/a en la misma posición que ocupaba a fecha 1 de febrero de 2021, en aplicación del Decreto-ley 6/2020, de 17 de abril.
El artículo 42.1 del Decreto 99/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado .
Al objeto de cumplir con lo dispuesto en el fallo de la sentencia y de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 3 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal,
RESUELVE:
Primero. Ejecutar el fallo de la sentencia firme n.º 57/2023, de 15 de febrero, del Juzgado de lo Social n.º 1 de Badajoz recaída en el procedimiento ordinario n.º 236/2022, siendo del tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda interpuesta por Dña. Rosa María Miranda Martínez frente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, debo declarar y declaro el derecho de la actora a que se le reincorpore en la bolsa de trabajo en el puesto de camarera-limpiadora en la misma posición que ocupaba a fecha 1-2-2021, condenando a la parte demandada a estar y pasar por esta declaración con las consecuencias legales a ella inherentes .
Segundo. En ejecución de lo anterior se procede a la reincorporación de D.ª Rosa María Miranda Martínez en la bolsa de trabajo de la Categoría de Camarero/a-Limpiador/a en la misma posición que ocupaba a fecha 1 de febrero de 2021.
Tercero. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán los interesados promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias se previene en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 28 de junio de 2023.
La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública,
PD, Resolución de 16 de diciembre de 2019(DOE n.º 243, de 19 de diciembre),
El Director General de Función Pública,
FRANCISCO JAVIER GASPAR NIETO

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