Resolución de 30 de junio de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hace pública la modificación de la composición de la Comisión de Baremación para la valoración de méritos de las personas participantes en los procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.
TEXTO ORIGINAL
Con fecha 28 de abril del 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura, número 241, la Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.
La base VI. Fase de concurso de méritos, establece en su apartado 6.1.1 que la asignación de la puntuación que corresponda a cada aspirante en la fase de concurso será realizada por el órgano técnico de valoración a que se alude en la base IX.
La base IX. Órganos de selección, de la Resolución de 24 de abril de 2023 señala que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la valoración de los méritos aportados por las personas solicitantes será realizada por un órgano técnico de valoración (Comisión de Baremación), siendo la Administración Educativa convocante la competente en la declaración de las personas seleccionadas en este procedimiento selectivo.
Con fecha 18 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura, número 94, Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hace pública la composición del órgano de selección para la valoración de méritos de participantes en los procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos al que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En su virtud, esta Dirección General de Personal Docente de acuerdo con las atribuciones conferidas,
RESUELVE:
Único. Añadir a la composición de la Comisión de Baremación dos vocalías adicionales, resultando la composición del citado órgano como se indica en el anexo de la presente resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, el personal interesado podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o bien en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo del domicilio de la persona demandante o el correspondiente a la sede de este órgano administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 30 de junio de 2023.
La Directora General de Personal Docente.
(PD, Resolución de 13-11-2019.DOE núm. 223, de 19 de noviembre),
EVA MARTÍN LÓPEZ
Anexo I
Comisión de baremación
Presidente:
D.ª M.ª Mercedes Hernández Pérez.
Vocales:
D.ª Evangelina Bote Encina.
D.ª Isabel María Hernández Montaño García.
D. Lucas Navareño Miura.
D. Arturo García Moreno.
D. Isidoro Barragán López.
D.ª Olga Jiménez Cerrato.
D.ª María Dolores Barrera López.
D.ª Myriam Carlota Sánchez Chamizo, que actuará como Secretaria.