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RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, de la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
DOE Número: 13
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 19 de enero de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Seguridad y salud en el trabajo. Subvenciones.
Página Inicio: 4686
Página Fin: 4692
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TEXTO ORIGINAL
Vistas las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución de 30 de agosto de 2022, por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022, y de las bases reguladoras, aprobadas por Orden de la Consejera de Educación y Empleo de 22 de junio de 2022 (DOE núm. 127, de 4 de julio) el informe de la Comisión de Valoración, y haciendo uso de las atribuciones que tengo conferidas,
HECHOS
Primero. Que las personas y entidades relacionadas en el ANEXO I, han presentado solicitud de subvención al amparo de la Resolución de 30 de agosto de 2022 de la Directora General de Trabajo, por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022 (DOE núm. 176, de 13 de diciembre), reuniendo los requisitos establecidos en el resuelvo tercero de la citada Resolución de convocatoria para ser beneficiarios.
Segundo. Que se han desarrollado las actividades de instrucción por el órgano competente y se ha efectuado la valoración de las solicitudes, según resulta del Informe de fecha 12 de diciembre de 2022, de la Comisión de Valoración, en función de los criterios de valoración previstos en el resuelvo noveno, apartado 4, de la citada Resolución de convocatoria, y de la propuesta de resolución de la jefa de servicio de seguridad y salud en el trabajo de la Dirección General de Trabajo, de fecha 13 de diciembre de 2022.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para resolver este procedimiento corresponde al Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo, de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de Extremadura. No obstante, esta competencia está delegada en la Dirección General de Trabajo por Resolución de 13 de mayo de 2019.
Segundo. Conforme establece el artículo 10 de la Orden de bases reguladoras de la Consejera de Educación y Empleo de 22 de junio de 2022 (DOE núm. 127, de 4 de julio), dentro de la convocatoria el plazo máximo para resolver y notificar la resolución procedente será de seis meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. En la resolución de concesión se hará mención expresa a que las mismas se encuentran sujetas al régimen de minimis conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013.
Transcurrido los plazos anteriores sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la pretensión por silencio administrativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.5 la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En la resolución de concesión de la subvención se especificará el beneficiario, el objeto de la subvención, la cuantía total de la ayuda otorgada, y las condiciones y obligaciones a las que queda sujeto el beneficiario, indicándose las consecuencias derivadas del incumplimiento de las mismas. En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, además deberá hacerse constar expresamente en la resolución el compromiso de ejecución asumido por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos.
Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Orden de 22 de junio de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de estas subvenciones, se exceptuará del requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, en el supuesto de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación, según lo establecido en el artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Igualmente, el artículo 10 de la de la Orden de bases reguladoras de la Consejera de Educación y Empleo de 22 de junio de 2022, establece que las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad en el Diario Oficial de Extremadura, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 18 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura así como el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Por tanto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.2 de Orden de bases reguladoras de la Consejera de Educación y Empleo de 22 de junio de 2022, en ejercicio de las competencias delegadas por la Resolución de 13 de mayo de 2019 (DOE núm. 98, de 23 de mayo) y teniendo en cuenta la Propuesta de la Jefa de Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Trabajo, como instructora del procedimiento de concesión de estas subvenciones,
RESUELVO:
Único. La concesión de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, convocadas mediante Resolución de 30 de agosto de 2022, a los solicitantes relacionados en el ANEXO I por un importe total de ochenta seis mil ciento diecinueve euros con sesenta y cuatro céntimos (86.119,64 €), y conceder la subvención solicitada con cargo a la aplicación presupuestaria G/325A.770.00, proyecto de gasto 20001339 mejora de las condiciones de trabajo en empresas con fuente de financiación fondos de la Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias existentes, y desestimar a los solicitantes relacionados en el ANEXO II las subvenciones solicitadas por los motivos indicados.
Mérida, 29 de diciembre de 2022.
La Directora General de Trabajo,
MARÍA SANDRA PACHECO MAYA
Anexo I a la Resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
SUBVENCIONES CONCEDIDAS
N.º Exp. NIF Beneficiario Importe inversión Cuantía concedida Descripción inversión Comunidad de bienes y OASPJ % Ejecución de cada comunero/ miembro de la OASPJ
02/2022 ***7595** DIESTRO RAMOS, SL 6.153,66 3076,66 CONTROL DE AGENTES QUÍMICOS Y CANCERÍGENOS NO
04/2022 ***2972** CONGELADOS CORDERO, SLU 2.262,00 1.131,00 EQUIPOS PARA MANIPULACIÓN DE CARGAS NO
05/2022 ***4845** MARTÍN RODRÍGUEZ CHÁVEZ 8.000,00 4.000,00 ADQUISICIÓN DE PLATAFORMAS DE TRABAJO ELEVADORAS NO
07/2022 ***6153** CONSTRUCCIONES OBRAS Y REFORMAS ORELLANA SIMAEX, SL 8.724,00 4.000,00 SUSTITUCIÓN DE ANDAMIOS NO
08/2022 ***8621** GLOBAL SOLAR ENERGESOL, SL 7.762,22 3881,11 SUSTITUCIÓN ANDAMIOS NO
09/2022 ***5687** MARCELINO CANO PÉREZ 7935,00 3967,50 EQUIPOS PARA MANIPULACIÓN DE CARGAS NO
12/2022 ***7007** ARILEX, SL 2.735,00 1.367,50 EQUIPOS PARA MANIPULACIÓN DE CARGAS NO
13/2022 ***6123** CLIMA HOSTELERÍA, SL 2.735,00 1367,50 EQUIPOS PARA MANIPULACIÓN DE CARGAS NO
14/2022 ***7290** CONFRODEX, C.B. 9.000,00 4.000,00 SUSTITUCIÓN ANDAMIOS 2 comuneros: Juan Antonio González Tejada 80% (3.200€). María Dolores Gamito Rodríguez 20% (800€)
15/2022 ***0333** SOCIEDAD COOPERATIVA AGRÍCOLA SAN PABLO 3.041,00 1520,05 EQUIPOS PARA MANIPULACIÓN DE CARGAS NO
16/2022 ***8134** FRANCISCO VILLAFAINA OLIVERA 8.100,00 4.000,00 SUSTITUCIÓN ANDAMIOS NO
18/2022 ***6503** INDUSTRIAS CÁRNICAS D?FIALLO, SL 8.800,00 4.000,00 EQUIPOS PARA MANIPULACIÓN DE CARGAS NO
19/2022 ***2639** ORTIZ, CB 9.100,00€ 4.000,00 EQUIPOS PARA MANIPULACIÓN DE CARGAS 2 comuneros al 50% cada uno (2.000 €)
20/2022 ***1266** DEFENSA Y ESTUDIO DEL MEDIO AMBIENTE (DEMA) 1.920,00 960,00 RETIRADA DE MATERIALES CON AMIANTO NO
21/2022 ***7267** SERVIBUS SOLUCIONES INTEGRALES, SL 9.320,00 4.000,00 ADQUISICIÓN DE PLATAFORMAS DE TRABAJO ELEVADORAS NO
22/2022 ***6419** LIBERTRUCKS VEHÍCULOS INDUSTRIALES, SL 13.500,00 4.000,00 ADQUISICIÓN DE PLATAFORMAS DE TRABAJO ELEVADORAS NO
23/2022 ***7309** CONSTRUCCIONES DIFRAELE, SL 6.400,00 3.200,00 SUSTITUCIÓN DE ANDAMIOS NO
24/2022 ***5611** SEBASTIÁN RODRÍGUEZ MORENO 14.392,00 4.000,00 ADQUISICIÓN DE PLATAFORMAS DE TRABAJO ELEVADORAS NO
25/2022 ***9281** CARPINTERÍA TORRES, ESPJ, CB 12.900,00 4.000 SUSTITUCIÓN DE MAQUINAS 2 comuneros al 50% cada uno (2.000 €)
26/2022 ***5929** JOSÉ RAMÓN FLECHA RIVERO 8.370,00 4.000,00 CONTROL DE AGENTES QUÍMICOS Y CANCERÍGENOS NO
27/2022 ***3467** CONSTRUCCIONES PINA 2006, SL 5.600,00 2.800,00 SUSTITUCIÓN DE ANDAMIOS NO
28/2022 ***4800** JUAN DURÁN DÍAZ 8.500,00 4.000,00 SUSTITUCIÓN DE ANDAMIOS NO
29/2022 ***0286** SCL AGRÍCOLA GANADERA AL-KASERA 16.256,00 4.000,00 INSTALACIÓN DE SISTEMAS CONTRA RIESGOS DE CAÍDA ALTURA NO
30/2022 ***6326** FRANCISCO JAVIER PAJUELO RODRÍGUEZ 5.738,40 2.869,20 SUSTITUCIÓN DE ANDAMIOS NO
32/2022 ***0166** FUNDACIÓN HOSPITAL Y SANTA CASA DE LA MISERICORDIA 7.958,25 3.979,12 SUSTITUCIÓN DE MAQUINAS/ MEJORA CALIDAD AIRE NO
35/2022 ***0724** CICA SEVILLA, SL 9.320,00 4.000,00 ADQUISICIÓN DE PLATAFORMAS DE TRABAJO ELEVADORAS NO
Anexo II a la Resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
SOLICITUDES DENEGADAS
N.º EXPEDIENTE NIF EMPRESA RAZÓN SOCIAL CAUSA DENEGACIÓN
31/2022 ***1782** TÉCNICOS EN APLICACIONES IREX, SL 1
01/2022 ***7843** CEDESA DIGITAL, SL 2
11/2022 ***5522** ACEMEN RIEGOS, SLU 2
33/2022 ***2481** SUROCER SL 2
34/2022 ***2802** RESOEX, SL 2
10/2022 ***2774** HIERROS VELASCO Y CAMACHO, SL 3
17/2022 ***4267** CAVIGALL PROMOCIONES, SL 3
03/2022 ***3138** LAS MARRANAS, CB 4
06/2022 ***3691** ALUMINIOS BADAJOZ 2020, SL 4
Causas de denegación (ref. Resolución de 30 de agosto de 2022, DOE núm. 176, de 13 de septiembre):
1. Solicitud presentada fuera de plazo (resuelvo séptimo, apartado 3).
2. Desistida por no presentar la documentación requerida en plazo (resuelvo octavo, apartado 6).
3. No alcanza la puntuación mínima exigida (resuelvo noveno, punto 4).
4. No cumple con los requisitos sobre certificación y comercialización de equipos (resuelvo séptimo, apartado 2).

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