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CORRECCIÓN de errores del Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - "Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".
DOE Número: 131
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 10 de julio de 2023
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: CORRECCIÓN
Descriptores: Residuos. Subvenciones.
Página Inicio: 42784
Página Fin: 42786
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
LOGO UNION EUROPEA - PLAN DE RECUPERACION, TRANSFORMACION Y RESILIENCIA - JUNTA DE EXTREMADURA
Advertido error en el texto del Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU , publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE n.º 31, de 14 de febrero de 2023), se procede a su oportuna rectificación:
Uno. En el párrafo 10 de la exposición de motivos, donde dice:
Estas actuaciones contribuyen al objetivo CID/OA 188 C12.I3 Aumento de los residuos municipales recogidos selectivamente. El objetivo de la comunidad autónoma es llegar hasta un 30% de recogida selectiva de los residuos municipales como porcentaje del total de residuos municipales generados en 2024 (datos de 2024 disponibles en 2026), de conformidad con la Directiva 2008/98/CE. Por recogida separada se entenderá la recogida en la que un flujo de residuos se mantendrá separado, por tipo y naturaleza, para facilitar un tratamiento específico. Los datos se recopilarán de conformidad con el desglose material con arreglo al anexo V de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1004 de la Comisión. El valor de referencia a 31 de diciembre de 2018 es un porcentaje del 21%. El objetivo debe cumplirse en el segundo trimestre de 2026 .
Debe decir:
Estas actuaciones contribuyen al objetivo CID/OA 187 C12.I3 Finalización de proyectos de apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en la empresa. El objetivo es la finalización de al menos 30 proyectos aprobados por el MITERD de apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en la empresa, que se ajusten a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de no causar un perjuicio significativo (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Las acciones en el marco de esta inversión relacionadas con plantas de tratamiento mecánico-biológico solo se llevarán a cabo en plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil, que se verificará a nivel de planta.
Dos. En el segundo párrafo del apartado 4 del artículo 23, donde dice:
4. Informe de Gestión: Denominación del órgano y periodo al que se refiere, e identificación del ámbito que comprende, así como el cumplimiento de los Hitos y los Objetivos establecidos en el PRTR dentro del Eje Transición Ecológica , política palanca V “Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora Componente 12 “Política Industrial España 2030”, Inversión C12.I3 “Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular”. Estas actuaciones contribuyen al objetivo CID/OA 188 C12.I3 Aumento de los residuos municipales recogidos selectivamente. El objetivo de la comunidad autónoma es llegar hasta un 30% de recogida selectiva de los residuos municipales como porcentaje del total de residuos municipales generados en 2024 (datos de 2024 disponibles en 2026), de conformidad con la Directiva 2008/98/CE. Por “recogida separada” se entenderá la recogida en la que un flujo de residuos se mantendrá separado, por tipo y naturaleza, para facilitar un tratamiento específico. Los datos se recopilarán de conformidad con el desglose material con arreglo al anexo V de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1004 de la Comisión. El valor de referencia a 31 de diciembre de 2018 es un porcentaje del 21%. El objetivo debe cumplirse en el segundo trimestre de 2026.
Las entidades beneficiarias deberán remitir con la periodicidad que se requiera y al menos trimestralmente, debidamente cumplimentadas, a la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, las estadísticas que les sean solicitadas por la Administración Autonómica a estos fines. El beneficiario deberá informar sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad, hitos y objetivos cumplidos al mismo tiempo que justifica los gastos que el mismo haya abonado, en ejecución de las inversiones .
Debe decir:
4. Informe de Gestión: Denominación del órgano y periodo al que se refiere, e identificación del ámbito que comprende, así como el cumplimiento de los Hitos y los Objetivos establecidos en el PRTR dentro del Eje Transición Ecológica , política palanca V “Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora Componente 12 “Política Industrial España 2030”, Inversión C12.I3 “Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular”. Estas actuaciones contribuyen al objetivo CID/OA 187 C12.I3 Finalización de proyectos de apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en la empresa. El objetivo es la finalización de al menos 30 proyectos aprobados por el MITERD de apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en la empresa, que se ajusten a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Las acciones en el marco de esta inversión relacionadas con plantas de tratamiento mecánico-biológico solo se llevarán a cabo en plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil, que se verificará a nivel de planta.
Las entidades beneficiarias deberán remitir con la periodicidad que se requiera y al menos trimestralmente, debidamente cumplimentadas, a la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, los datos que les sean solicitadas por la Administración Autonómica a estos fines. El beneficiario deberá informar sobre el grado de ejecución de la inversión, justificando los gastos que el mismo haya abonado .
Tres. Debe suprimirse el apartado 3 del anexo V.

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