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Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución del crédito aprobado para las ayudas convocadas mediante la disposición adicional única del Decreto 146/2022, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
DOE Número: 133
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 12 de julio de 2023
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital
Rango: Modificación
Descriptores: Almacenamiento energético. Ayudas.
Página Inicio: 43197
Página Fin: 43201
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):665586
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/665586)
BDNS(Identif.): 665586
BDNS(Identif.): 665585
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 248 de fecha 29 de diciembre de 2022, Extracto del Decreto 146/2022, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos en la temática del almacenamiento energético; cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es).
En el apartado quinto del extracto citado en el párrafo anterior, que está referido a la financiación de las ayudas, se dice lo siguiente:
1. El crédito previsto para la convocatoria asciende a cinco millones de euros (5.000.000€).
2. La convocatoria tiene carácter plurianual y queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la misma, durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025.
3. Estas ayudas se imputarán a la aplicación presupuestaria que se indica más abajo, código de Fondos FD211A1101 y código de proyecto de gasto: 20220016 Proyectos de I+D+I colaboración público-privada en sectores estratégicos , con el siguiente desglose por anualidad y clasificación económica del gasto de las entidades que pueden formar parte de las agrupaciones beneficiarias:
Aplicación presupuestaria: 14002331B77000.
Anualidad de 2022: 0,00 €.
Anualidad de 2023: 2.100.00,00 €.
Anualidad de 2024: 450.00,00 €.
Anualidad de 2025: 450.000,00 €.
Aplicación presupuestaria: 14002331B74406.
Anualidad de 2022: 0,00 €.
Anualidad de 2023: 665.000,00 €.
Anualidad de 2024: 142.500,00 €
Anualidad de 2025: 142.500,00 €.
Aplicación presupuestaria: 14002331B74500.
Anualidad de 2022: 0,00 €.
Anualidad de 2023: 665.000,00 €.
Anualidad de 2024: 142.500,00 €.
Anualidad de 2025: 142.500,00 €.
Aplicación presupuestaria: 14002331B74900.
Anualidad de 2022: 0,00 €.
Anualidad de 2023: 70.000,00 €.
Anualidad de 2024: 15.000,00 €.
Anualidad de 2025: 15.000,00 €.
Totales:
Anualidad 2022: 0,00 €.
Anualidad 2023: 3.500.000,00 €
Anualidad 2024: 750.000,00 €.
Anualidad 2025: 750.000,00€.
4. La financiación de las ayudas que se regulan en la convocatoria se realizará, siempre que ello sea posible, con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura correspondiente al periodo de programación (2021-2027), dentro del Objetivo Político 1 Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora inteligente y una competitividad TIC regional y el Objetivo Específico 1.1 El desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e innovación y la asimilación de tecnologías avanzadas . El porcentaje de cofinanciación de los fondos FEDER es de un 85 %.
5. La cuantía de 5.000.000€ que se aprueba con la convocatoria, podrá aumentarse hasta en un 20 por ciento o hasta la cuantía que corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de estas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria de conformidad con el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Una vez finalizada la instrucción de los expedientes que han concurrido a la convocatoria y a la vista de los informes que ha emitido el personal técnico del Servicio Instructor, se acreditan dos circunstancias relevantes:
1ª) El importe de las subvenciones que puede concederse, desagregado por anualidad (anticipo-liquidación) y entidad (empresa o agente público del SECTI) pone de manifiesto que sólo en la aplicación presupuestaria 1402331B74000 y sólo por lo que se refiere a la anualidad posterior de 2025, existe un déficit de 30.927,00€ (173.427-142.500), sobre el importe del crédito aprobó con la convocatoria, para realizar los compromisos de gasto que serían necesarios.
2ª) Todos los proyectos que han concurrido a la convocatoria tienen un período de ejecución previsto de 24 meses. Por tanto, con la resolución de la convocatoria no será necesario comprometer el crédito que se aprobó con cargo al ejercicio de 2024.
Por otra parte, la codificación de la clasificación económica correspondiente a las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Extremadura ha variado desde la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 2022, a la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 2023.
Conforme a lo establecido en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria inicialmente prevista, exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe, de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la convocatoria conforme al párrafo primero del artículo 23.1, en el que se recojan de acuerdo con la modificación producida como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
Por todo lo anterior se procede a la publicación, en el Diario Oficial de Extremadura, de un anuncio sobre redistribución de créditos y modificación del extracto de la Secretaría General de la Consejería Economía, Ciencia y Agenda Digital, correspondiente a las ayudas convocadas mediante la disposición adicional única del Decreto 146/2022, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos en la temática del almacenamiento energético.
El crédito aprobado para la convocatoria quedará distribuido de la forma que se indica a continuación y, en consecuencia, el apartado quinto del ya citado extracto debe quedar redactado del siguiente modo:
1. El crédito previsto para la convocatoria asciende a cinco millones de euros (5.000.000€).
2. La convocatoria tiene carácter plurianual y queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la misma, durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025.
3. Estas ayudas se imputarán a la aplicación presupuestaria que se indica más abajo, código de Fondos FD211A1101 y código de proyecto de gasto: 20220016 Proyectos de I+D+I colaboración público-privada en sectores estratégicos , con el siguiente desglose por anualidad y clasificación económica del gasto de las entidades que pueden formar parte de las agrupaciones beneficiarias:
Aplicación presupuestaria: 14002331B77000.
Anualidad de 2022: 0,00€.
Anualidad de 2023: 2.100.00,00 €.
Anualidad de 2024: 450.00,00 €.
Anualidad de 2025: 450.000,00 €.
Aplicación presupuestaria: 14002331B74000.
Anualidad de 2022: 0,00 €.
Anualidad de 2023: 665.000,00 €.
Anualidad de 2024: 0,00 €.
Anualidad de 2025: 285.000,00 €.
Aplicación presupuestaria: 14002331B73200.
Anualidad de 2022: 0,00 €.
Anualidad de 2023: 665.000,00 €.
Anualidad de 2024: 142.500,00 €.
Anualidad de 2025: 142.500,00 €.
Aplicación presupuestaria: 14002331B73900.
Anualidad de 2022: 0,00 €.
Anualidad de 2023: 70.000,00 €.
Anualidad de 2024: 15.000,00 €.
Anualidad de 2025: 15.000,00 €.
TOTALES: Anualidad 2022: 0,00 €; Anualidad 2023: 3.500.000,00 €;
Anualidad 2024: 607.500,00 € y Anualidad 2025: 892.500,00 €.
4. La financiación de las ayudas que se regulan en la convocatoria se realizará, siempre que ello sea posible, con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura correspondiente al periodo de programación (2021-2027), dentro del Objetivo Político 1 Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora inteligente y una competitividad TIC regional y el Objetivo Específico 1.1 El desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e innovación y la asimilación de tecnologías avanzadas . El porcentaje de cofinanciación de los fondos FEDER es de un 85 %.
5. La cuantía de 5.000.000€ que se aprueba con la convocatoria, podrá aumentarse hasta en un 20 por ciento o hasta la cuantía que corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de estas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria de conformidad con el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 5 de julio de 2023.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA

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