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Resolución de 7 de julio de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hace público el baremo provisional de méritos en el procedimiento selectivo para ingreso por el sistema concurso-oposición, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas.
DOE Número: 133
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 12 de julio de 2023
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: consejería de educación y empleo
Rango: Resolución
Descriptores: Procesos selectivos.
Página Inicio: 43202
Página Fin: 43203
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, se convocaron procesos selectivos para ingreso por el sistema concurso-oposición en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas (DOE núm. 52, de 16 de marzo de 2023).
Según se recoge en la base XXVI de la citada norma, la fase de concurso de las personas aspirantes del proceso selectivo de ingreso, accesos 1 y 2, se regirá por lo especificado en la base XIII de la citada norma, puntuándose de acuerdo con el baremo de méritos establecido en el anexo VI.1 de la misma.
Por otra parte, en su base XXX, se recoge que la fase de concurso de las personas aspirantes del proceso selectivo de ingreso, accesos 3 y 4, deberá ajustarse a lo especificado en la base XIII, puntuándose de acuerdo con el baremo de méritos establecido en el anexo VI.2 de la misma.
En este sentido, la base XIII, en su apartado 13.2 establece que corresponde a la Dirección General de Personal Docente dictar resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, aprobando el baremo provisional de méritos.
Cada aspirante podrá consultar a través del portal https://profex.educarex.es la puntuación obtenida en cada uno de los apartados y subapartados del baremo.
El punto 13.5 de esa misma base continúa diciendo que: de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la valoración de los méritos aportados por las personas participantes será realizada por un órgano técnico de valoración (Comisión de Baremación) .
Por otra parte y de acuerdo con lo establecido en los apartados 13.3.1,13.3.2,13.3.3, de la base XIII de la resolución de convocatoria, la persona aspirante podrá reclamar contra el baremo provisional de méritos, así como subsanar atendiendo al requerimiento de la Dirección General de Personal Docente, en el plazo de 5 días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación, que habrán de ser cumplimentadas y presentadas de forma telemática siguiendo las instrucciones que se publicarán en el portal PROFEX.
No se tendrán en cuenta aquellos méritos que, pudiendo ser aportados dentro del plazo de presentación de solicitudes, no se hubieran presentado, salvo que se trate de méritos que se incorporen de oficio.
De conformidad con lo anterior, esta Dirección General de Personal Docente,
RESUELVE:
Primero. Hacer público, en la fecha en la que se publica la presente resolución, en la página de Internet https://profex.educarex.es:
— El baremo provisional de méritos de personas aspirantes del proceso selectivo, accesos 1 y 2.
— El baremo provisional de méritos de personas aspirantes del proceso selectivo, accesos 3 y 4.
— El listado de personas aspirantes del proceso selectivo, accesos 1 y 2, que deben proceder a la subsanación de méritos, por no haberlos acreditado en los términos previstos en el anexo VI.1 de la resolución de convocatoria del procedimiento.
— El listado de personas aspirantes del proceso selectivo, acceso 3 y 4, que deben proceder a la subsanación de méritos, por no haberlos acreditado en los términos previstos en el anexo VI.2 de la resolución de convocatoria del procedimiento.
Segundo. Conceder un plazo de cinco días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, según lo dispuesto en los apartados 13.3.1,13.3.2,13.3.3 de la Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, tanto para la presentación de reclamaciones como para la subsanación de méritos, que habrán de ser cumplimentadas y presentadas de forma telemática siguiendo las instrucciones publicadas en el portal PROFEX. Éstas se considerarán resueltas tras la publicación de la valoración de méritos definitiva, una vez finalizado el plazo fijado para la presentación de las mismas.
Mérida, 7 de julio de 2023.
(PD, Resolución de 13-11-2019,DOE núm. 223, de 19 de noviembre),
La Directora General de Personal Docente.
EVA MARTÍN LÓPEZ

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