Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de créditos de la Resolución de 9 de noviembre de 2020, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para actuaciones de fomento de energías renovables en Extremadura. Línea 3. Ayudas para actuaciones en energías renovables, dirigidas al sector empresarial.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 533042
Mediante la Orden de 9 de septiembre de 2020, de la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, se establecieron las bases reguladoras para el régimen de concesión de subvenciones para actuaciones de fomento de energías renovables en Extremadura, siendo publicada dicha Orden en el DOE n.º 182, de 18 de septiembre de 2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura n.º 222, de 17 de noviembre de 2020, el Extracto de la Línea-3 (Línea 3. Ayudas para actuaciones en energías renovables, dirigidas al sector empresarial), de la Resolución de 9 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para actuaciones de fomento de energías renovables en Extremadura ; cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) con la identificación: 533042.
En el resuelvo décimo sexto de la convocatoria se establece la cofinanciación de las distintas líneas de ayudas de la convocatoria mediante fondos FEDER Extremadura 2014-2020, estableciendo para la Línea 3 una cuantía total de 4.750.000 euros conforme a la siguiente distribución:
Programa financiación/elemento PEP: 20160376. Fomento de las energías renovables en pymes: energía solar fotovoltaica y mixta eólica-fotovoltaica, aisladas y de autoconsumo.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Tipo Modalidad 1, letra c). Anexo I.
— Anualidad 2021: 525.000 euros.
— Anualidad 2022: 1.575.000 euros.
— Tipo Modalidad 2, letra c). Anexo I.
— Anualidad 2021: 225.000 euros.
— Anualidad 2022: 675.000 euros.
Total: 3.000.000 euros.
Programa financiación/elemento PEP: 20150191. Fomento uso otras energías renovables en empresas.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Letras b),f),g). Anexo I.
— Anualidad 2021: 10.000 euros.
— Anualidad 2022: 30.000 euros.
— Letra e). Anexo I.
— Anualidad 2021: 40.000 euros.
— Anualidad 2022: 120.000 euros.
Total: 200.000 euros.
Programa financiación/elemento PEP: 20150190. Fomento del uso del biogás en empresas.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Modalidad 1. Letra d) Anexo I.
— Anualidad 2021: 350.000 euros.
— Anualidad 2022: 385.000 euros.
— Modalidad 2. Letra d) Anexo I.
— Anualidad 2021: 150.000 euros.
— Anualidad 2022: 165.000 euros.
Total: 1.050.000 euros.
Programa financiación/elemento PEP: 20150189. Fomento del uso de la biomasa en empresas.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Letra a) Anexo I.
— Anualidad 2021: 200.000 euros.
— Anualidad 2022: 300.000 euros.
Total: 500.000 euros.
Asimismo, el resuelvo décimo establecía, en su apartado sexto que: 6. Si tras el informe emitido por la Comisión de Valoración fuese necesaria una distribución distinta de los créditos entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos inicialmente en la presente convocatoria, se actuará según lo indicado en el artículo 12.3 de las bases reguladoras. Todo ello previo a la resolución de concesión de subvención de los expedientes y sin que implique el inicio de un nuevo plazo para presentar solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo para resolver... .
Por su parte, el apartado 3 del artículo 12 de la Orden de 9 de septiembre de 2020 de bases reguladoras establece, en su último párrafo que: Para el aumento de hasta un 20 por ciento de los créditos presupuestarios imputados o para una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidas en cada convocatoria de ayudas, se estará en lo dispuesto en los artículos 23.2 h) y 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo .
En virtud de lo expuesto, y siendo necesario efectuar una primera redistribución de los créditos de la Línea-3, se publicó extracto y anuncio de modificación de distribución de créditos de dicha línea en el DOE n.º 184, de 23 de septiembre de 2022, modificándose el apartado cuarto del resuelvo décimo sexto de la resolución de 9 de noviembre de 2020, referido a la distribución temporal y económica de la cuantía prevista para la línea 3, quedando ésta tras la modificación con el siguiente desglose:
Programa financiación/elemento PEP: 20160376. Fomento de las energías renovables en pymes: energía solar fotovoltaica y mixta eólica-fotovoltaica, aisladas y de autoconsumo.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Tipo Modalidad 1, letra c). Anexo I.
— Anualidad 2022: 495.604,26 euros.
— Anualidad 2023: 2.119.395,74 euros.
— Tipo Modalidad 2, letra c). Anexo I.
— Anualidad 2022: 173.770,10 euros.
— Anualidad 2023: 946.229,90 euros.
Total: 3.735.000 euros.
Programa financiación/elemento PEP: 20150191. Fomento uso otras energías renovables en empresas.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Letras b),f),g). Anexo I.
— Anualidad 2022: 0,00 euros.
— Anualidad 2023: 173.874,18 euros.
— Letra e). Anexo I.
— Anualidad 2022: 26.125,82 euros.
— Anualidad 2023: 0,00 euros.
Total: 200.000 euros.
Programa financiación/elemento PEP: 20150190. Fomento del uso del biogás en empresas.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Modalidad 1. Letra d) Anexo I.
— Anualidad 2022: 0,00 euros.
— Anualidad 2023: 0,00 euros.
— Modalidad 2. Letra d) Anexo I.
— Anualidad 2022: 121.208,63 euros.
— Anualidad 2023: 193.791,37 euros.
Total: 315.000 euros.
Programa financiación/elemento PEP: 20150189. Fomento del uso de la biomasa en empresas.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Letra a) Anexo I.
— Anualidad 2022: 102.219,42 euros.
— Anualidad 2023: 397.780,58 euros.
Total: 500.000 euros.
Tras las operaciones de cierre y apertura para el ejercicio 2023, la disposición de todos los créditos referidos de cada proyecto se encuentra en la anualidad 2023, tanto de 2022 como de 2023.
De la misma forma y con los mismos motivos que la referida redistribución, reunida la Comisión de Valoración con fechas 8/06/2022, 19/10/2022, 23/12/2022, 13/02/2023, 9/05/2023 y 25/05/2023, una vez instruidos todos los expedientes correspondientes a las solicitudes presentadas para la Línea -3 se ha procedido a la concesión de un total de 4.179.982,20 €, con la distribución indicada, para continuar concediendo ayudas hasta agotar los créditos de la convocatoria resulta preciso proceder a modificar los créditos no concedidos de los proyectos de gasto donde no existen más solicitudes de ayudas completas pendientes de conceder (20150189, 20150190 y 20150191) a aquellos donde existen expedientes completos, pero no créditos (20160376), por parte del órgano instructor se considera necesario realizar una nueva redistribución de los créditos sobrantes dispuestos en la Línea 3, para atender necesidades de crédito del proyecto de gasto 20160376, según los siguientes criterios:
1º. Reasignación de créditos entre proyectos de gasto: se realizará una incorporación de créditos al proyecto de gasto 20160376 de la siguiente forma:
a) Para la Modalidad 1 se incorporarán 315.000 € sobrantes del proyecto de gasto 20150190, Modalidad 2 y 107.658,45 € sobrantes del proyecto de gasto 20150189, letra a), lo que sumado a los 5.356,35 € de la convocatoria resultará una cantidad total de créditos para dicha modalidad de 3.037.658,45 €,
b) Para la Modalidad 2 se incorporarán 66.880,77 € sobrantes de Letras b), f) y g) de proyecto de gasto 20150191, 26.125,82 € sobrantes de Letras e) de proyecto de gasto 20150191 y 47.105,63 € sobrantes del proyecto de gasto 20150189, lo que sumado a los 1.887,78 € de la convocatoria, resultará una cantidad total de créditos para dicha modalidad de 1.260.112,22 €.
2º. Por otra parte, dado que para los expedientes previstos subvencionar se les concederá plazos mínimos de ejecución de 2 meses para que sean viables, disponiendo los beneficiarios de un mes, una vez ejecutadas las actuaciones, para presentar la documentación correspondiente para la liquidación de las ayudas, considerándose que las ayudas podrán quedar resueltas en el mes de julio presente año, se prevé que los pagos de las ayudas se realizarán durante la anualidad 2023. Por tanto, no será preciso realizar ningún tipo de redistribución entre anualidades al estar todos los créditos disponibles en la anualidad 2023.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria inicialmente prevista exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria, que contenga el texto de la modificación efectuada.
Por todo lo anterior, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación de la distribución del crédito por anualidades previsto en el resuelvo décimo sexto de la Resolución de 9 de noviembre de 2020 y del extracto de la Resolución en el apartado cuarto referido a la distribución temporal y económica de la cuantía prevista para la línea 3, que deben quedar distribuidos del siguiente modo:
Programa financiación/elemento PEP: 20160376. Fomento de las energías renovables en pymes: energía solar fotovoltaica y mixta eólica-fotovoltaica, aisladas y de autoconsumo.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Tipo Modalidad 1, letra c). Anexo I.
— Anualidad 2023: 3.037.658,45 euros.
— Tipo Modalidad 2, letra c). Anexo I.
— Anualidad 2023: 1.260.112,22 euros.
Total: 4.297.770,67 euros.
Programa financiación/elemento PEP: 20150191. Fomento uso otras energías renovables en empresas.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Letras b),f),g). Anexo I.
— Anualidad 2023: 106.993,41 euros.
— Letra e). Anexo I.
— Anualidad 2023: 0,00 euros.
Total: 106.993,41 euros.
Programa financiación/elemento PEP: 20150190. Fomento del uso del biogás en empresas.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Modalidad 1. Letra d) Anexo I.
— Anualidad 2023: 0,00 euros.
— Modalidad 2. Letra d) Anexo I.
— Anualidad 2023: 0,00 euros.
Total: 0,00 euros.
Programa financiación/elemento PEP: 20150189. Fomento del uso de la biomasa en empresas.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Letra a) Anexo I.
— Anualidad 2023: 345.235,92 euros.
Total: 345.235,92 euros.
Mérida, 19 de junio de 2023.
La Secretaria General,
CONSUELO CERRATO CALDERA