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Resolución de 6 de julio de 2023, de la Dirección General de Tributos, por la que se dispone la ejecución de la sentencia de 1 de julio de 2023, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 230/2022.
DOE Número: 136
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 17 de julio de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de hacienda y administración pública
Rango: Resolución
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 43754
Página Fin: 43754
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
ANTECEDENTES DE HECHO
Ha recaído sentencia de 1 de julio de 2023, procedimiento abreviado 0000230/2022, promovido por el procurador Sr. Mallén en nombre y representación de Joker Extremadura, SL, y la Junta de Extremadura representada y asistida por Letrada de sus Servicios Jurídicos. Objeto del recurso: Resolución de 20/10/2022, de la Dirección General de Tributos, por la que se impone al recurrente una sanción de por infracción de los artículos 31.1.ñ y 32.1.d) de la Ley 6/1998, de 18 de junio, de Juego de Extremadura, en el expediente 1022012.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, esta Dirección General de Tributos, de acuerdo con la Resolución de 16 de diciembre de 2019, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, sobre delegación de competencias en los titulares de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVE:
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia de 1 de julio de 2023, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 2 de Mérida, llevando a puro y debido efecto el fallo cuya parte dispositiva dice:
Que debo estimar y estimo parcialmente el recurso presentado contra la resolución identificada en el fundamento jurídico primero de la presente, declarando nula la misma en tanto en cuanto le imputa a la recurrente una infracción del artículo 32.1.d de la Ley 6/1998, de 18 de junio del Juego de Extremadura, declarando nula la misma en ese punto y dejando sin efecto la sanción impuesta por tal infracción, confirmando la resolución indicada en cuanto al resto de la misma.
Todo lo anterior, sin costas .
Mérida, 6 de julio de 2023.
El Director General de Tributos,
FRANCISCO JAVIER GARCÍA MARTÍN

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