RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
TEXTO ORIGINAL
La Ley 18/2001, de 14 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone en su artículo 5.3 relativo a la reserva legal en materia de tasas y precios públicos, que las Leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura podrán establecer disposiciones de actualización genérica de las tasas, sin perjuicio de las atribuciones que las normas específicas de cada tasa atribuyan al Consejo de Gobierno mediante el establecimiento de índices de referencia o evolución.
En este sentido la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, aunque no dispone una elevación de las tasas y precios públicos en aplicación de un determinado coeficiente sobre el importe exigible durante el año 2022, sí establece en su disposición adicional primera, con efectos exclusivos para el ejercicio 2023, unas serie de bonificaciones del 50 por 100 y 100 por 100 sobre determinadas tasas y precios públicos, así como una exención en la tasas común por prestación de servicios administrativos.
Por otra parte, la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, establece en el Capítulo X sobre medidas tributarias, una serie de modificaciones en tasas de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y en la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, así como la creación de una nueva tasa en la Consejería de Educación y Empleo, por participación en procedimientos de reconocimiento, evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por las vías de la experiencia laboral y la formación no formal en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Razones de transparencia y publicidad, hacen necesario dictar la presente resolución por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura vigentes durante el ejercicio 2023.
Por tanto, en virtud de lo establecido legalmente,
RESUELVO:
Primero. Tasas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las tarifas de las tasas propias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2023, son las que figuran en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX de esta resolución, según se detalla:
Anexo I: Tasas de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Anexo II: Tasas de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Anexo III: Tasas de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Anexo IV: Tasas de la Consejería de Educación y Empleo.
Anexo V: Tasas de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
Anexo VI: Tasas de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
Anexo VII: Tasas de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda.
Anexo VIII: Tasas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Anexo IX: Tasas comunes a todas las Consejerías.
Segundo. Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las tarifas de los precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2023, son las que figuran en los Anexos X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII y XIX de esta resolución, según se detalla:
Anexo X: Precios Públicos de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Anexo XI: Precios Públicos de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Anexo XII: Precios Públicos de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Anexo XIII: Precios Públicos de la Consejería de Educación y Empleo.
Anexo XIV: Precios Públicos de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
Anexo XV: Precios Públicos de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
Anexo XVI: Precios Públicos de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda.
Anexo XVII: Precios Públicos de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo
Anexo XVIII: Precios Públicos de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Anexo XIX: Precios Públicos de otros Entes Públicos.
Mérida, 16 de enero de 2022.
La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública
Pilar Blanco-Morales Limones