Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se declaran aprobadas las listas provisionales de espera ordinarias de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de 10 de marzo de 2023 (DOE núm. 52, de 16 de marzo) de la Dirección General de Personal Docente, se convocaron procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, por el sistema concurso-oposición, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas y procesos para integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias y valoración de méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
En su base XLV, punto 45.1, se prevé que, al término del proceso selectivo de ingreso, la Dirección General de Personal Docente dictará resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, declarando aprobadas las listas provisionales de espera ordinarias, donde se integrarán o permanecerán aquellas personas que, habiendo sido admitidas en el procedimiento de admisión y valoración de méritos, reúnan los requisitos específicos de participación señalados en la base XLIV de la resolución de convocatoria.
Continúa diciendo el referido artículo que en aplicación de lo previsto en el apartado 2 del anexo del Decreto 51/2019, se modificará de oficio el apartado 2) del baremo, relativo al resultado obtenido en el proceso selectivo de ingreso convocado por la presente resolución.
Por su parte el apartado 45.2 de la citada base establece la posibilidad de reclamar la exclusión o la no integración por primera vez en las listas de espera ordinarias, bien por estimarse que no reúne los requisitos específicos establecidos, bien por no haber aportado los documentos preceptivos exigidos.
Con fecha 11 de julio de 2023, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 132, Resolución de 5 de julio del mismo año, de la Dirección General de Personal Docente, elevando a definitivos los listados provisionales de admisión y exclusión en los procesos para la integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, y valoración de los méritos de quienes ya forman parte de las mismas, así como de las listas de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
Finalmente, el Decreto 70/2023, de 21 de junio, por el que se modifica el Decreto 51/2019, de 30 de abril, por el que se regula la provisión interina de puestos de trabajo de personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que las listas de espera que procedan del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional quedan integradas en las listas de espera correspondientes del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
Por tanto, dando cumplimiento a lo establecido en la citada base XLV de la resolución de convocatoria, esta Dirección General de Personal Docente,
RESUELVE:
Primero. Aprobar las listas provisionales de espera ordinarias de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
En el caso de los listados del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, habrá indicación por cada persona integrante, del cumplimiento del requisito de titulación para pertenecer al grupo A1, o A2 en caso de carecer de la misma, siendo tomada dicha característica para formalizar la contratación una vez adjudicada una determinada plaza. Los derechos administrativos y económicos a computar se regirán por esta característica, siendo los puestos de servicio asignados al personal o bien del Cuerpo de Enseñanza Secundaria, o bien del Cuerpo a extinguir de Formación Profesional.
Segundo. Aprobar las listas provisionales de personas excluidas o no integradas por primera vez en las listas de espera ordinarias señaladas en el punto primero de este resuelve, con indicación de las causas de exclusión.
Tercero. Ordenar la exposición de las citadas listas en la dirección de internet
https://profex.educarex.es, desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. Conceder un plazo de 2 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, para que las personas aspirantes puedan reclamar cuando hayan sido excluidas o no integradas en las listas, adjuntando a su reclamación la documentación acreditativa que estimen necesaria.
Estas reclamaciones se entenderán resueltas con la publicación de los listados definitivos.
Aquellos aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en las listas, serán definitivamente excluidos de las mismas.
Mérida, 18 de julio de 2023.
La Directora General de Personal Docente,
(PD, Resolución de 13-11-2019,DOE núm. 223, de 19 de noviembre),
EVA MARTÍN LÓPEZ