Anuncio de 14 de julio de 2023 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de Lobón y seis tomas de aguas subterráneas para riego de 101,21 hectáreas de olivar superintensivo", en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA22/0327.
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental del proyecto Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de Lobón y seis tomas de aguas subterráneas para riego de 101,21 hectáreas de olivar superintensivo , en el término municipal de Badajoz, podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos/Evaluación Ambiental Ordinaria/.
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido dentro en el grupo I, letra b) del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad .
El proyecto consiste en el riego de un olivar superintensivo, con una superficie de 101,21 hectáreas, sin marco de plantación definido, en unos terrenos dedicados a olivar según SIGPAC, situados en la parcela 25 del polígono 191 del término municipal de Badajoz, a 1 km al oeste del espacio de la Red Natura 2000 Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera .
El agua necesaria para el riego de la zona de actuación planteada provendrá de una solicitud de concesión de aguas mixta, superficiales y subterráneas, totalizando 302.455,12 m3/año, de los que 290.161,28 m3/año, con las que se regarán 95 ha, provendrán de una toma directa de la tubería T-III del sector g-2A del Canal de Lobón (río Guadiana), y 12.293,84 m3/año, con las que se regarán 6,21 ha, provendrán de 6 captaciones de aguas subterráneas. El periodo de riego previsto es de mayo a septiembre, ambos incluidos.
Las aguas superficiales se acumularán en una balsa de regulación con capacidad de 80.000 m3 más resguardo, ubicada en la parcela 26 del polígono 191 del término municipal de Badajoz, desde la que se bombeará el agua hasta el cabezal de riego que se ubicará en la caseta de riego anexa, y desde allí se distribuirá el agua hacia ocho sectores de riego mediante la red de riego por goteo diseñada.
Las seis captaciones de aguas subterráneas se encuentran en la parcela 26 del polígono 191 y término municipal anteriormente citados, sus aguas se acumularán en un depósito de 30.000 litros, ubicado en la parcela 25, desde el que se regará un noveno sector.
La promotora del proyecto es Spark Plug Europe, SL, con CIF B-88220090 y domicilio en c/ General Oraa, 29 3.º D 28006-Madrid.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de los recursos hídricos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 16/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 14 de julio de 2023. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.