Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

Resolución de 24 de julio de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se resuelve el proceso de movilidad del profesorado de religión convocado por Resolución de 31 de marzo de 2023 (DOE núm. 66, de 5 de abril de 2023) modificado por la corrección de errores (DOE núm. 77, de 24 de abril de 2023).
DOE Número: 146
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 31 de julio de 2023
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: consejería de educación, ciencia y formación profesional
Rango: Resolución
Descriptores: Concurso.
Página Inicio: 45933
Página Fin: 45934
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de 31 de marzo de 2023 de la Dirección General de Personal Docente (DOE núm. 66, de 5 de abril) modificado por la corrección de errores (DOE núm. 77, de 24 de abril de 2023) se convocó proceso de movilidad del profesorado religión que presta servicios en centros educativos dependientes de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura.
De conformidad con la base novena de dicha resolución la Dirección General de Personal Docente resolvió con carácter provisional el citado concurso de traslados y ordenó su exposición a fin de que las personas interesadas pudieran presentar reclamaciones a dicha adjudicación.
Transcurrido el plazo concedido para las reclamaciones a la adjudicación provisional, en cumplimiento de lo previsto en la citada base, esta Dirección General de Personal Docente,
RESUELVE:
Primero. Resolución del concurso.
Resolver con carácter definitivo el concurso de traslados convocado por Resolución de 31 de marzo de 2023, haciendo pública la adjudicación definitiva de destinos, resolviendo las reclamaciones interpuestas contra las adjudicaciones. Por todo ello, se harán públicos en la dirección de internet http://profex.educarex.es los siguientes listados:
a) Listado de personas participantes con indicación del destino adjudicado.
b) Reclamaciones presentadas, con la causa de desestimación, en su caso.
Segundo. Incorporación.
La incorporación al nuevo destino se realizará el 1 de septiembre de 2023.
La adjudicación del nuevo destino quedará reflejada en la correspondiente modificación del contrato de carácter indefinido suscrito por el profesor de religión y el representante de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura.
Con arreglo a lo establecido en el apartado 5 del artículo 8 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Administración educativa realizará las modificaciones que procedan en materia de jornada y centros de trabajo de los profesores a los que se les adjudiquen nuevas vacantes en virtud de este procedimiento sin perjuicio de aquellas otras que a lo largo de su duración y por razón de la planificación educativa, deban producirse respecto de dichas condiciones.
Tercero. Irrenunciabilidad de los destinos.
Los destinos adjudicados tienen la consideración de carácter voluntario, por lo que son irrenunciables y no generan derecho a indemnización por ningún concepto.
Cuarto. Permanencia en los destinos adjudicados.
Los profesores que obtengan un destino a través de la presente adjudicación no podrán participar en otro procedimiento para la obtención de un nuevo destino definitivo hasta transcurridos al menos, dos cursos escolares desde la presente adjudicación.
Quinto. Recursos.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente a la sede de este órgano administrativo o al que corresponda al domicilio del demandante, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 24 de julio de 2023.
La Directora General de Personal Docente,
EVA MARTÍN LÓPEZ

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal