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RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2023, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Consejera, por la que se extingue, a instancia del titular del centro, la autorización administrativa de apertura y funcionamiento concedida al centro docente privado de primer ciclo de Educación Infantil "Mafalda" de Cáceres.
DOE Número: 150
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 04 de agosto de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Centros docentes privados.
Página Inicio: 46767
Página Fin: 46767
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Se ha instruido expediente iniciado a instancias de la representación de la titularidad, solicitando la extinción de la autorización administrativa concedida al centro docente privado de primer ciclo de Educación Infantil Mafalda de Cáceres por cese de la actividad.
A tenor de lo previsto en el artículo 15 en relación con lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, por el que se establecen normas sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de la resolución por la que se extingue la autorización administrativa de un centro, procede por la presente dar cumplimiento a dicho mandato con la publicación de la parte dispositiva de la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, del siguiente tenor literal:
RESUELVO:
Primero. Acordar la extinción de la autorización administrativa de apertura y funcionamiento concedida al centro docente privado de primer ciclo de Educación Infantil Mafalda en la ciudad de Cáceres, mediante Orden de 22 de enero de 1999 (BOE núm. 58, de 9 de marzo), con efectos desde el inicio del curso escolar 2023/2024.
Segundo. La administración educativa procederá a dar de baja a dicho centro en el Registro de Centros Docentes no Universitarios.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime oportuno.
Asimismo, podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa .
Mérida, 28 de julio de 2023.
El Secretario General de Educación,
FRANCISCO JAVIER AMAYA FLORES

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