EXTRACTO de la Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a proyectos de cooperación internacional para el desarrollo tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2023.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):670734
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Podrán tener acceso a la condición de beneficiario de esta línea de subvenciones, cumpliendo con los requisitos establecidos en artículo 4 del Decreto 5/2019 de 5 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo (DOE n.º 28 de 11 de febrero):
Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y otras entidades privadas sin ánimo de lucro residentes en la Unión Europea, así como sus agrupaciones sin personalidad jurídica con las obligaciones y requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las Administraciones Públicas de los países socios y las entidades privadas sin ánimo de lucro de los mismos, así como sus agrupaciones sin personalidad jurídica con las obligaciones y requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Objeto.
El objeto de estas ayudas es la financiación de proyectos que tengan como finalidad contribuir al desarrollo humano y sostenible basado en la equidad de género, orientado a superar las asimetrías globales, las desigualdades, el uso insostenible del ecosistema y a garantizar los Derechos Humanos de la población de los países socios.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 5/2019, de 5 de febrero, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo (DOE n.º 28 de 11 de febrero de 2019).
Cuarto. Duración y Cuantía.
Conforme al artículo 26.4 del Decreto 5/2019 de 5 de febrero, la duración máxima de los proyectos no podrá superar los 24 meses.
El importe de la subvención solicitada a la AEXCID no podrá exceder de lo establecido en la siguiente tabla, en función de la duración del proyecto:
Duración del proyecto Importe máximo a solicitar
Hasta 12 meses 250.000 €
Entre 12 meses y un día y 18 meses 340.000 €
Entre 18 meses y un día y 24 meses 425.000 €
El importe solicitado para financiar las actividades a realizarse en los primeros 12 meses no podrá ser superior a 250.000 euros. El importe solicitado para financiar las actividades comprendidas entre el decimotercero y el vigésimo cuarto mes no podrá ser superior a 175.000 euros.
Para el caso de agrupaciones:
Duración del proyecto Importe máximo a solicitar
Hasta 12 meses 260.000 €
Entre 12 meses y un día y 18 meses 350.000 €
Entre 18 meses y un día y 24 meses 435.000 €
El importe solicitado para financiar las actividades a realizarse en los primeros 12 meses no podrá ser superior a 260.000 euros. El importe solicitado para financiar las actividades comprendidas entre el decimotercero y el vigésimo cuarto mes no podrá ser superior a 175.000 euros.
Las subvenciones concedidas por la AEXCID reguladas en esta convocatoria podrán alcanzar el 100% del coste total del proyecto, siempre que el total de la subvención solicitada no supere:
Duración del proyecto Importe a solicitar
Hasta 12 meses 180.000 €
Entre 12 meses y un día y 18 meses 240.000 €
Entre 18 meses y un día y 24 meses 310.000 €
El importe solicitado para financiar las actividades a realizarse en los primeros 12 meses no podrá ser superior a 180.000 euros. El importe solicitado para financiar las actividades comprendidas entre el decimotercero y el vigésimo cuarto mes no podrá ser superior a 130.000 euros.
Para la solicitud de subvenciones superiores a lo indicado en el apartado anterior será necesaria la aportación del 5% sobre el importe de la subvención, que deberá ser sufragado con aportación de fondos propios, con un mínimo del 1%, o procedentes de otros financiadores. En todo caso, estas aportaciones serán siempre dinerarias y se aplicarán íntegramente a la financiación de gastos directos.
Cada entidad solicitante o agrupación de entidades solo podrá presentar una solicitud.
El presupuesto destinado a la convocatoria, que se financiará con fondos de la Comunidad Autónoma (Fondo: CAG0000001), es de 8.846.514,00 € imputándose 5.728.532,00 a la anualidad 2023 y 3.117.982,00 a la anualidad 2024 con cargo al proyecto de gasto 20090027 Acciones para la cooperación internacional para el desarrollo y Centro Gestor 170030000 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura con el siguiente desglose por aplicación presupuestaria:
— Anualidad 2023.
Aplicación Presupuestaria G/252C/48900: 5.062.332,00 €.
Aplicación Presupuestaria G/252C/49000: 100,00 €.
Aplicación Presupuestaria G/252C/78900: 666.000,00 €.
Aplicación Presupuestaria G/252C/79000: 100,00 €.
— Anualidad 2024.
Aplicación Presupuestaria G/252C/48900: 2.784.282,00 €.
Aplicación Presupuestaria G/252C/49000: 100,00 €.
Aplicación Presupuestaria G/252C/78900: 333.500,00 €.
Aplicación Presupuestaria G/252C/79000: 100,00 €.
La convocatoria que sigue el procedimiento de tramitación anticipada de expedientes de subvenciones, previsto en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura, queda sometida a la condición suspensiva de que exista crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023 y 2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
EL plazo de presentación de solicitudes será de 25 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y el presente extracto de la misma en el Diario Oficial de Extremadura (DOE).
Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente DOE junto con la convocatoria. También estarán disponibles para su descarga en el siguiente enlace:
https://www.juntaex.es/w/0630122
Mérida, 30 de diciembre de 2022.
La Secretaria General,
Antonia Polo Gómez