RESOLUCIÓN de 16 de agosto de 2023, de la Secretaría General, por la que se declara desierta la línea de actuación 2, denominada línea empresas, de las ayudas acogidas al Decreto 29/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la única convocatoria.
TEXTO ORIGINAL
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 29/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la única convocatoria, código BDNS 690330, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 82, martes 2 de mayo de 2023, y teniendo en cuenta los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el apartado octavo de la disposición adicional única del Decreto 29/2023, de 29 de marzo, determinaba que el plazo de presentación de las solicitudes acogidas a la línea empresas será de 2 meses, a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria junto con su extracto ( ).
El plazo de presentación de las solicitudes acogidas a la línea empresa debía finalizar el dos de julio de 2023. Siendo el citado día inhábil, se prorrogó al primer día hábil siguiente, esto es hasta 3 de julio de 2023, plazo en el que finalizó la presentación de solicitudes para dicha línea.
Segundo. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, establecido en la convocatoria para la línea empresas, no se ha recibido ninguna solicitud de ayuda para la citada línea.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para dictar la presente resolución corresponde al titular de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por todo lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son conferidas,
RESUELVO
Declarar desierta la línea de actuación 2, denominada línea empresas, de la convocatoria aprobada mediante el Decreto 29/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la única convocatoria, código BDNS 690330.
La presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá recurrirse en alzada, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma, ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, en virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 16 de agosto de 2023.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN