Resolución de 7 de septiembre de 2023, de la Consejera, por la que se dispone la implantación extraordinaria de enseñanzas de Formación Profesional en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2023-2024.
TEXTO ORIGINAL
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, fueron transferidas a la Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanza no universitaria.
El Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, establece en el artículo 1 la necesidad de autorización administrativa para impartir enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.
En el marco del componente 20 Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional , del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR), serán subvencionables las medidas de los planes de recuperación y resiliencia, entre las que se encuentra el Programa de Cooperación Territorial correspondiente al Plan de Formación Profesional para el crecimiento económico y social y la empleabilidad.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha puesto en marcha el citado Plan, que se vertebra en torno a varias actuaciones, siendo el redimensionamiento de la formación profesional centrado en el incremento de plazas una de ellas.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional con la finalidad de impulsar la mejora del servicio público de la educación en Extremadura considera necesaria la implantación de nuevas enseñanzas en los centros educativos públicos de la Comunidad Autónoma.
Por todo lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36.f) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVE:
Primero. Autorizar la implantación, a partir del curso académico 2023-2024, de las enseñanzas de Formación Profesional que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Segundo. Se faculta a la Secretaria General de Educación y Formación Profesional para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarios para el desarrollo y ejecución de la presente resolución.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de esta resolución, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia en Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 7 de septiembre de 2023.
La Consejera,
MARÍA MERCEDES VAQUERA MOSQUERO
ANEXO I
Implantación extraordinaria de Enseñanzas de Formación Profesional Curso 2023-2024
LOCALIDAD
|
CENTRO
|
CÓDIGO
|
NIVEL
|
CLAVE
|
DENOMINACIÓN ENSEÑANZA
|
---|
Mérida
|
IES Albarregas
|
06006863
|
GSu
|
COM3-3
|
Transporte y Logística
|
Zafra
|
IES Suárez de Figueroa
|
06005111
|
CEs
|
IFC3-44
|
Desarrollo de aplicaciones en lenguaje Python
|
Nivel: GSu=Ciclo formativo de Grado Superior, CEs=Curso de Especialización.