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Anuncio de 11 de septiembre de 2023 por el que se hace pública la relación provisional de personas beneficiarias de las ayudas directas al sector de los cereales de invierno, contempladas en el Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía.
DOE Número: 181
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 20 de septiembre de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: Anuncio
Descriptores: Sequías. Ayudas.
Página Inicio: 50338
Página Fin: 50339
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El 22 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía (DOE n.º 96, de 22 de mayo).
En el capítulo I de este Decreto-ley se aprueba, con carácter extraordinario, la concesión de una subvención directa a las explotaciones agrícolas del sector de cereales de invierno en compensación de las pérdidas por la sequía meteorológica en la Comunidad Autónoma de Extremadura y el incremento de los costes de producción provocados por la guerra de Ucrania por efecto del aumento del precio de combustibles, piensos y demás insumos.
Conforme al artículo 1.5.b) el procedimiento de concesión de las ayudas se instruirá por el Servicio de Ayudas Sectoriales de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria y se concederán de oficio por resolución de la persona titular de la Secretaría General de esa Consejería.
En virtud de lo dispuesto en este precepto, por el presente anuncio se hace pública la relación provisional, donde se indican los titulares de explotaciones agrarias, en los que concurren los requisitos necesarios para la percepción de la ayuda, así como la superficie determinada y la cuantía de la ayuda a recibir, y en su caso, incidencias detectadas (alta tercero, etc.) para proceder, por parte de los titulares, a su subsanación.
Dicha relación provisional de personas beneficiarias de esta ayuda al sector de los cereales de invierno estará a su disposición en el portal web juntaex.es, https://www.juntaex.es/, así como en la Plataforma Laboreo, https://laboreo.juntaex.es, pudiéndose acceder a esta última mediante las respectivas claves personalizadas.
La solicitud se considerará realizada de oficio mediante la relación provisional que se hace pública.
Las personas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación del presente anuncio para:
— Rechazar la ayuda u oponerse a la consulta de sus datos, oposición que tendrá el mismo efecto que el desistimiento de la ayuda. El rechazo o la declaración de oposición a la consulta de datos se realizará exclusivamente por medios electrónicos, tal y como se indica a continuación.
— Presentar, en su caso, una declaración responsable de la relación de todas las ayudas públicas solicitadas o concedidas de esta o de cualquier otra Administración Pública para el mismo objeto, en la que se hagan constar además todas las ayudas o subvenciones que hayan sido concedidas de mínimis en convocatorias anteriores.
— Alegar, aportando la documentación correspondiente, los errores, omisiones u otras circunstancias que estimen convenientes.
El rechazo u oposición a la consulta de datos, las declaraciones responsables, alegaciones, altas de terceros y demás documentación se presentarán únicamente por medios electrónicos, dirigiéndose al Servicio de Ayudas Sectoriales de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, a través del trámite Trámite alegaciones cereales de Invierno-sequía , habilitado en la Plataforma ARADO , https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login.
La Secretaría General resolverá la concesión en el plazo máximo de tres meses a partir de la finalización del plazo de presentación y modificación de la solicitud única 2023.
La publicación de la relación provisional surtirá los efectos de la notificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 11 de septiembre de 2023.
El Jefe de Servicio de Ayudas Sectoriales,
DAVID GALAN MARRÓN

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