Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se disponen las actuaciones necesarias para hacer efectiva la ejecución del fallo de la sentencia n.º 342/2022, de 8 de junio, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso contencioso-administrativo n.º 525/2021.
TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de 11 de octubre de 2022 (DOE n.º 202, de 20 de octubre) se acordó la ejecución del fallo de la sentencia n.º 342/2022, de 8 de junio, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso contencioso-administrativo 525/2021 contra Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se elevan a definitivas las listas provisionales de admitidos y excluidos en los procedimientos selectivos para ingreso y acceso, adquisición de nuevas especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocados por Resolución de la Dirección General de Personal Docente, de 17 de marzo de 2021.
Es el tenor literal del fallo de la sentencia el siguiente:
Que en atención a lo expuesto debemos de estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora D.ª M.ª de Fátima Ordóñez Carbajal, en nombre y representación de D. Francisco Javier Sánchez García, contra la Resolución de 7 de junio de 2021 de la Dirección General de Personal Docente por la que se elevan a definitivas las listas provisionales de admitidos y excluidos en los procedimientos selectivos para ingreso, accesos y adquisición de nueva especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, profesores de Artes Plásticas y Diseño, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, y en su virtud la debemos anular y anulamos por no ser conformes a Derecho y para que se incluya al citado recurrente Francisco Javier Sánchez García tanto en el proceso selectivo como en el resto de llamamientos a celebrar por el turno de reserva con discapacidad, la tenga reconocida para así poder seguir en el proceso de concurso de oposición con total normalidad y contenga la Administración demandada a estar y pasar por este pronunciamiento y al pago de las costas procesales .
Por lo expuesto, procede la inclusión de D. Francisco Javier Sánchez García en el proceso selectivo por el turno de reserva con discapacidad y establecer las actuaciones materiales necesarias para repetir el procedimiento selectivo en la Especialidad 226 de Servicios de Restauración y, con ello, culminar el proceso de ejecución de la sentencia reseñada.
Finalmente, el Decreto de 14 de septiembre de 2023 y la Providencia de 26 de junio de 2023 de la indicada Sala establecen la procedencia de la ejecución de la sentencia conforme a lo acordado en los autos referenciados. Además, esta Dirección General comunicará al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y al interesado la planificación/programa (fecha, lugar y cuantos extremos sean necesarios) para ejecutar la sentencia en sus propios términos.
En virtud y uso de las atribuciones que tiene conferidas esta Dirección General de Personal Docente,
RESUELVE:
Primero. Retrotraer, en ejecución de sentencia respecto del actor en el recurso contencioso administrativo 525/2021, D. Francisco Javier Sánchez García, el procedimiento selectivo de la Especialidad de Servicios de Restauración, convocado mediante Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso, adquisición de nueva especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (DOE n.º 55, de 23/03/2021) al momento de admisión de participantes (base XI) en el turno de discapacidad, así como acordar la repetición del proceso selectivo en relación con el actor desde el señalado momento procedimental.
Segundo. Hacer pública la composición del Tribunal de conformidad con la base IX de la Resolución de 17 de marzo de 2021 de la Dirección General de Personal Docente, cuyos integrantes se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Tercero. Igualmente, se hace pública la composición de los miembros de la comisión de selección de conformidad con la base IX de la Resolución de 17 de marzo de 2021 de la Dirección General de Personal Docente, cuyos integrantes se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Cuarto. Los miembros del Tribunal indicados tendrán derecho a percibir dietas y gastos de locomoción en el caso de que tengan que desplazarse de su residencia oficial quedando autorizados a utilizar cualquiera de los medios de locomoción a los que se refiere el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón de servicio. A los efectos previstos en el artículo 23.2 del citado decreto tendrán la categoría primera.
Quinto. Aquellos miembros Tribunal que se hallen incursos en alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento, debiendo comunicar por escrito en el plazo de diez días naturales la causa de su abstención. Asimismo, los aspirantes de este proceso selectivo podrán recusar a dichos miembros por alguna de estas causas según lo previsto en el artículo 24 de la citada ley.
Sexto. El temario de la especialidad que resulta de aplicación al presente proceso selectivo será el fijado en las bases de la convocatoria del proceso selectivo que se retrotrae, cuyo contenido figura en la Orden de 1 de febrero de 1996 por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional (BOE n.º 38, de 13 de febrero de 1996).
Séptimo. Siguiendo los criterios temporales establecidos en la Providencia de 26 de junio de 2023, el procedimiento selectivo dará comienzo en el mes de diciembre de 2023, siendo el Tribunal quien realice convocatoria de acuerdo con el punto 24.1 de las bases.
Octavo. De conformidad con lo establecido en la base XII de la convocatoria del proceso selectivo, la localidad donde se celebrarán los ejercicios de la Especialidad será la ciudad de Badajoz.
Mérida, 25 de septiembre de 2023.
El Director General de Personal Docente,
DAVID MORENO REGO
ANEXO I
CUERPO: 591
ESPECIALIDAD: 226 - SERVICIOS DE RESTAURACIÓN.
PROVINCIA DE EXAMEN: Badajoz.
Número
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Primer Apellido
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Segundo Apellido
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Nombre
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Presidente
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DOMÍNGUEZ
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HERNÁNDEZ
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MANUEL JESÚS
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Vocal 1
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FERRERA
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SECO
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ESTHER MARÍA
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Vocal 2
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RODRÍGUEZ
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GINÉS
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ANTONIO
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Vocal 3
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MARTÍN
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PRIMO
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MICHAËL
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Vocal 4
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PÉREZ
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ROBISCO
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JOSÉ LUIS
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