RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Prórroga del Convenio entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura, para la Formación de un Arquitecto Técnico o Titulado en cualquier grado que habilite para la profesión de Arquitecto Técnico en materia de Arquitectura relacionada con la eficiencia energética.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 22 de septiembre de 2023, la Prórroga del Convenio entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura, para la Formación de un Arquitecto Técnico o Titulado en cualquier grado que habilite para la profesión de Arquitecto Técnico en materia de Arquitectura relacionada con la eficiencia energética, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la prórroga del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 3 de octubre de 2023.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
PRÓRROGA DEL CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL CONSEJO DE COLEGIOS PROFESIONALES DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE EXTREMADURA, PARA LA FORMACIÓN DE UN ARQUITECTO TÉCNICO O TITULADO EN CUALQUIER GRADO QUE HABILITE PARA LA PROFESIÓN DE ARQUITECTO TÉCNICO EN MATERIA DE ARQUITECTURA RELACIONADA CON LA EFICIENCIA ENERGÉTICA.
Mérida, 22 de septiembre de 2023.
De una parte, D. Manuel Martín Castizo, quien interviene en nombre y representación de la Junta de Extremadura, en calidad de Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto de la Presidenta 24/2023, de 20 de julio, (DOE n.º 140). actuando en el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio).
De otra parte, D. Diego A. Salas Collazo, con NIF, ***7804**, Presidente del Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura, en virtud de las facultades que le vienen atribuidas por el artículo 21.1 de los Estatutos del Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura, publicados en el DOE n.º 44, de 4 de marzo de 2022, por Resolución de la Consejería de Presidencia, de la Junta de Extremadura, de 23 de febrero de 2022, de acuerdo con los Estatutos Generales del Consejo General y de los Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, aprobados por Real Decreto 1.471/1.977, de 13 de mayo, y modificado posteriormente por los Reales Decretos 497/1.983, de 16 de febrero, 542/2001, de 18 de mayo y 1639/2009, de 30 de octubre, habiendo sido solicitada la presente Prórroga del Convenio por la Presidenta del Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura, en fecha 8 de junio de 2021.
MANIFIESTAN
Primero. La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, en el marco de las competencias previstas en el artículo 9.1.31 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio), tiene atribuidas, entre otras, las competencias en materia de vivienda.
En virtud del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura a la Secretaria General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana le corresponde, entre otras, la elaboración, coordinación y dinamización de estudios, planes y programas en materia de vivienda, rehabilitación y arquitectura, así como la promoción, adjudicación, calificación ayudas y planes de vivienda.
Esta Secretaria General tiene atribuidas como competencias específicas, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, las relacionadas con la calidad edificatoria, eficiencia y el control técnico de la edificación e impulso de nuevas tecnologías de construcción y aquellas relativas a la regeneración, rehabilitación y renovación urbana y su desarrollo normativo.
Asimismo, le corresponde ejercer las competencias atribuidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 238/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (DOE extraordinario n.º3, de 16 de septiembre), relacionadas entre otros, con la calidad de la edificación, accesibilidad y eficiencia energética.
Segundo. Dado el interés conjunto del Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos Extremadura y la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda en la formación de facultativos en materia de arquitectura y vistas las ventajas formativas que puede reportar, ambas partes coinciden en la necesidad de colaborar para la consecución de tal fin, es por ello que el 30 de agosto de 2022, la extinta Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y el Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura firmaron el Convenio objeto de prórroga para la formación de facultativos en materia de arquitectura, relacionada con la eficiencia energética.
Tercero. La Consejería de Infraestructura, Transporte y Vivienda, entiende como más ventajosa económica y técnicamente, así como más efectivo para la defensa del interés general, que la formación de los facultativos se realice en colaboración con el Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos Extremadura, encontrándose prevista esta posibilidad en el artículo 3.8 de la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y Consejos de Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, precepto en el que se dispone que la Junta de Extremadura podrá suscribir con los Colegios Profesionales convenios para la realización de actividades de interés común y especialmente para la promoción de actuaciones orientadas a la defensa de los intereses generales, y en especial, de los usuarios de los servicios profesionales de los colegiados.
Por ello, se desea continuar y profundizar en la formación de los facultativos para la realización del objeto del Convenio.
Cuarto. Asimismo, el artículo 87 de la Ley 11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura, determina que la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura promoverá las condiciones necesarias para la adopción, en las obras de edificación, de soluciones técnicas que comporten medidas de ahorro y eficiencia de energía y agua.
En virtud de lo que antecede y en cumplimiento de los objetivos de las citadas instituciones, reconociéndose capacidad y competencia suficiente para intervenir en este acto, proceden a formalizar el presente Convenio de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Prorrogar mediante acuerdo unánime de las partes firmantes, el plazo de vigencia del Convenio formalizado el 30 de agosto de 2022, entre la extinta Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y el Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos Extremadura, y la plena efectividad del mismo desde el día 25 de septiembre de 2023 hasta el día 24 de septiembre de 2024.
Segunda. Financiación.
La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda aportará una cantidad total de 12.000,00 €, (doce mil euros) de los cuales, un importe de 4.000,00 € (cuatro mil euros), se imputarán a la Aplicación Presupuestaria 16.03.262A.641.00 y Código de proyecto 20120184 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023 y los 8.000,00 € (ocho mil euros) restantes, se imputarán a la misma aplicación presupuestaria y mismo Código de proyecto de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura que se aprueben para el año 2024.
Tercera. Pagos y justificaciones de gastos.
La aportación de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda se hará efectiva de la siguiente forma:
Año 2023............................................................ cuatro mil euros (4.000,00 Euros)
Año 2024............................................................ ocho mil euros (8.000,00 Euros)
El pago del objeto del Convenio se realizará en tres pagos cuatrimestrales de las misma cuantía, 4.000,00 € (cuatro mil euros) previa justificación mediante certificación de los gastos por dicha cuantía, expedida por el Secretario del Consejo de Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura con el visto bueno del Presidente del Consejo; certificación a la que se acompañará las correspondientes facturas y demás justificantes de gastos realizados, debiendo aportar los justificantes de pago efectivo de los referidos gastos y facturas, que deberán presentarse ante la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda con anterioridad al pago del importe correspondiente.
Los ingresos y gastos que hayan sido justificados deberán encontrarse, en todo momento, a disposición de ser comprobados, tanto por los Servicios con competencia en materia de arquitectura de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda como por la Intervención General de la Junta de Extremadura.
Y en prueba de conformidad y para su efectivo cumplimiento, las partes firman y rubrican por triplicado ejemplar la presente prórroga, en el lugar y fechas indicados en el encabezamiento.
El Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda,
Manuel Martín Castizo
El Presidente del Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura,
Diego A. Salas Collazos