EXTRACTO de la Resolución de la Secretaría General por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):720875
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarias.
Podrán obtener la condición de beneficiaria de estas subvenciones, las entidades del Tercer Sector de Acción Social definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, y la Cruz Roja Española, que cumplan los requisitos previstos en el apartado tercero de la resolución de convocatoria. Quedan excluidas de estas subvenciones los organismos o entidades de derecho público adscritos o vinculados a una administración pública, las universidades, los partidos políticos y las fundaciones de ellos dependientes, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales y los sindicatos, así como otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
Segundo. Objeto.
La financiación, total o parcial, de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas gestionada por la Comunidad Autónoma de Extremadura y prioridades que, relacionados en el anexo I de la resolución de convocatoria, desarrollen las entidades del Tercer Sector de Acción Social y Cruz Roja Española en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 188/2018, de 13 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (DOE núm. 224, de 19 de noviembre de 2018).
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima de la convocatoria destinada a la financiación de programas de interés general es de ocho millones ochocientos sesenta y nueve mil cien euros (8.869.100 €), con cargo al órgano gestor 110030000, posición presupuestaria G/252B/48000, fondo TE25005001 y proyecto presupuestario 20170098 Programas de Interés General. Asignación Tributaria 0,7 % IRPF del vigente Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
La cuantía individualizada de subvención a conceder se determinará conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 188/2018, de 13 de noviembre. No obstante, la cuantía individualizada máxima a conceder para la financiación de un programa de interés general será del 2,70% de los créditos fijados en la convocatoria y para una misma entidad, con independencia de los programas de interés general que presente, será del 6% de los créditos fijados en la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
El procedimiento de concesión de las subvenciones es el de concurrencia competitiva y convocatoria pública periódica.
Mérida, 25 de septiembre de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA PILAR NOGALES PEROGIL