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Corrección de errores de la Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Consejera, por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias.
DOE Número: 200
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 18 de octubre de 2023
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
Organismo: consejería de salud y servicios sociales
Rango: Corrección
Descriptores: Delegación de competencias. Delegación de firma.
Página Inicio: 52921
Página Fin: 52922
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Advertido error material en la Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Consejera, por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias, publicada en el DOE n.º 189, de 2 de octubre de 2023, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su oportuna rectificación:
En la página 51488, en el resuelvo quinto.1, letra a),
Donde dice:
a) En materia de gastos, la ordenación de pagos prevista en el artículo 48 del Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de la Tesorería y Coordinación Presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para los pagos que se deriven de obligaciones contraídas con cargo a las cuentas delegadas en el ámbito de sus respectivas provincias; así como las autorizaciones de gastos de los Centros de Acogida de Menores, de las Jefaturas de Área de Inspección Sanitaria y el en caso del Servicio Territorial de Badajoz de la Escuela de Ciencias de la Salud y de Atención Sociosanitaria y del Centro de Cumplimiento de Medidas Judiciales Vicente Marcelo Nessi , y en el de la Jefatura del Servicio Territorial de Cáceres, el Centro de Recuperación Zagal””.
Debe decir:
a) En materia de gastos, la ordenación de pagos prevista en el artículo 48 del Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de la Tesorería y Coordinación Presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para los pagos que se deriven de obligaciones contraídas con cargo a las cuentas delegadas en el ámbito de sus respectivas provincias; así como las autorizaciones de gastos que se abonen mediante el procedimiento de anticipo de caja fija en los Centros de Acogida de Menores, en las Jefaturas de Área de Inspección Sanitaria y, en el caso del Servicio Territorial de Badajoz, en la Escuela de Ciencias de la Salud y de Atención Sociosanitaria y en el Centro de Cumplimiento de Medidas Judiciales Vicente Marcelo Nessi , y en el de la Jefatura del Servicio Territorial de Cáceres, en el Centro de Recuperación “Zagal ”.
a) En materia de gastos, la ordenación de pagos prevista en el artículo 48 del Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de la Tesorería y Coordinación Presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para los pagos que se deriven de obligaciones contraídas con cargo a las cuentas delegadas en el ámbito de sus respectivas provincias; así como las autorizaciones de gastos que se abonen mediante el procedimiento de anticipo de caja fija en los Centros de Acogida de Menores, en las Jefaturas de Área de Inspección Sanitaria y, en el caso del Servicio Territorial de Badajoz, en la Escuela de Ciencias de la Salud y de Atención Sociosanitaria y en el Centro de Cumplimiento de Medidas Judiciales Vicente Marcelo Nessi , y en el de la Jefatura del Servicio Territorial de Cáceres, en el Centro de Recuperación “Zagal ”.
Mérida, 10 de octubre de 2023.
La Consejera,
SARA GARCÍA ESPADA

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