RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2023, de la Dirección Gerencia, por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal eventual del Organismo Autónomo.
TEXTO ORIGINAL
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que dispone para cumplir con la prestación de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructuran su organización a través de relaciones de puestos de trabajo y otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, a través de las cuales se realiza la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Por su parte, reciente jurisprudencia de la Sala del lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha venido a señalar que las relaciones de puestos no son un acto ordenador, sino acto ordenado, mediante el que la Administración se auto-organiza, ordenando un elemento de su estructura como es el del personal integrado en ella .
El Decreto 37/2006, de 21 de febrero, por el que se regulan los instrumentos de ordenación de personal del Servicio Extremeño de Salud y la estructura de la plantilla de personal estatutario, en su artículo 7 atribuye a la Dirección Gerencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.l) de los Estatutos del Servicio Extremeño de Salud, la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo, así como sus modificaciones.
El artículo 18 de los Estatutos del Servicio Extremeño de Salud, aprobados por Decreto 221/2008, de 24 de octubre, contemplan entre las distintas clases de personal que pueden estar al servicio del Organismo el clasificado como personal eventual.
Por Resolución de la Dirección Gerencia, de fecha 21 de mayo de 2012, se aprobó la vigente relación de puestos de trabajo de personal eventual del Servicio Extremeño de Salud, si bien ha sido modificada puntualmente en varias ocasiones con el objeto de adecuarla a las necesidades de cada momento.
La presente modificación se motiva en la necesidad de cambiar la denominación del puesto, código 5260, de Secretario Técnico de Drogodependencias a Secretario Técnico de Adicciones en virtud de lo dispuesto en el artículo 39 de la ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, por el que se modifica el artículo 34 de la Ley 1/1999, de 29 de marzo, de Prevención, Asistencia y Reinserción de la Drogodependencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tomando una nueva denominación la Secretaría Técnica de Drogodependencias como Secretaría Técnica de Adicciones.
Es de aplicación el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establece criterios a seguir para la elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, en cuanto a lo que se refiere al contenido de las mismas.
En su virtud, esta Dirección Gerencia en uso de las atribuciones conferida en el artículo 4, apartado 1), de los Estatutos del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud, aprobados por el Decreto 221/2008, de 24 de octubre (DOE n.º 210, de 30 de octubre) y una vez realizados todos los trámites exigidos por la normativa en vigor,
RESUELVE
Primero. Modificar puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal eventual del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud, cambiando la denominación del puesto que figura en Anexo a la presente resolución.
Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 18 de enero de 2023.
El Director Gerente,
CECILIANO FRANCO RUBIO
ANEXO