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ANUNCIO de 13 de octubre de 2023 por el que se somete a información pública la solicitud de la autorización ambiental integrada de la explotación porcina de cebo intensivo, titularidad de Jorge Hidalgo e Hijos, SL, ubicada en los términos municipales de Mérida y San Pedro de Mérida. Expte.: AAI23/007.
DOE Número: 201
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 19 de octubre de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 53291
Página Fin: 53294
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 20.4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y al artículo 16 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, se comunica al público en general que la solicitud de la autorización ambiental integrada de explotación porcina de cebo intensivo, titularidad de Jorge Hidalgo e Hijos, SL, ubicada en los términos municipales de Mérida y San Pedro de Mérida (Badajoz), podrá ser examinada, durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de la avda. Valhondo, s/n., de Mérida, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Por otra parte, la solicitud de AAI y el estudio de impacto ambiental han sido remitidos por la DGS al correspondiente Ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los interesados en este procedimiento.
Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 7.1 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos de la calificación rústica, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Estas dos figuras administrativas autorizan y condicionan la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme a los artículos 11.4 y 71.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, la AAI y la DIA son anteriores al resto de autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a la licencia urbanística. Asimismo, para dar cumplimiento al artículo 11.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, la AAI incluirá las actuaciones relativas a la evaluación de impacto ambiental del proyecto.
Los datos generales del proyecto son:
Categorías Ley 16/2015, de 23 de abril:
Categoría 1.2.a del anexo I, relativa a Instalaciones destinadas a la cría intensiva de cerdos que dispongan de más de 2.000 emplazamientos para cerdos de cría (de más de 20 Kg) .
Grupo 1.d del anexo IV de la referida ley, relativo a Instalaciones destinadas a la cría de animales en explotaciones ganaderas reguladas por el Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas , por lo tanto, debe someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario.
Actividad:
El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina de cebo con una capacidad para 2.176 plazas.
Ubicación:
El proyecto se encuentra ubicado en la parcela 7 del polígono 30 del término municipal de Mérida y en la parcela 1 del polígono 1 del término municipal de San Pedro de Mérida.
Las construcciones e instalaciones divididas en 2 núcleos se emplazarán en las siguientes referencias:
Localización coordenadas UTM (Datum ED50): Huso = 29; X = 743.495,27; Y = 4.318.293,62.
Localización coordenadas UTM (Datum ED50): Huso = 29; X = 743.499,38; Y = 4.318.218,17.
Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
La explotación dispondrá de las siguientes instalaciones ya legalizadas:
Se propone la legalización de las siguientes:
Además, la explotación contará con las siguientes instalaciones:
— Balsa de purines 1 de hormigón de 300 m3 para las aguas generadas en el estercolero, naves de secuestro (I, II y II) y lazareto. Es fosa abierta e impermeabilizada.
— Balsa de purines 2 de 650 m3 para las aguas generadas en las naves IV y V. Está abierta e impermeabilizada.
— En la nave I hay fosa bajo el suelo de slat, que recogerá las aguas de limpieza y desinfección de cada nave. La nave II y III tienen un sumidero de rejilla para recoger las aguas de limpieza.
TABLA SUPERFICIES 2
TABLA SUPERFICIES
— Estercolero existente de 35 m3 de capacidad, se proyecta la construcción de uno nuevo de 193,20 m3.
— Patios de ejercicio en tierra con una superficie total de 26.300 m2.
— Embarcadero. Las dimensiones son 4,00 metros x 1,50 metros x 1,20 metros de altura.
— Vado sanitario. Las dimensiones son de 6,00 x 3,00 x 0,30 metros.
— Pediluvio. Colocados en cada uno de los accesos reservados para el personal en las naves.
— Balsas de retención de purines en los patios de ejercicios. Habrá una balsa de 300 m3, que recogerá los purines y aguas pluviales de los mismos.
— Zona de almacenamiento de cadáveres.
— Cerramiento de malla ganadera.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración autonómica, de las entidades que integran la Administración local que hayan suscrito el correspondiente convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Mérida, 13 de octubre de 2023. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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