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EXTRACTO de la Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2023/24.
DOE Número: 203
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 23 de octubre de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Educación. Ayudas.
Página Inicio: 53721
Página Fin: 53722
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):722056
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.gob.es/):
Primero. Objeto.
Ayudas destinadas a la realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sostenidos con fondos públicos, durante el curso escolar 2023/2024.
Las ayudas, que se convocan con carácter periódico en régimen de concurrencia competitiva, tienen por objeto apoyar el desarrollo de proyectos a realizar por las asociaciones de madres y padres con la finalidad de potenciar la presencia activa de las familias en la vida de los centros, y de propiciar coherencia y continuidad entre las experiencias educativas que se desarrollan en los distintos contextos.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán solicitar estas ayudas, y, por tanto, ser beneficiarios de las mismas, las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sostenidos con fondos públicos, siempre que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Registro de Asociaciones de Madres y Padres del Alumnado de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.2 del Decreto 111/2010, de 7 de mayo, por el que se regulan las asociaciones de madres y padres del alumnado y se crea el registro de estas entidades en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 90, de 13 de mayo de 2010) y en el artículo 2.3 de la Orden de 7 de octubre de 2010 (DOE núm. 205, de 25 de octubre de 2010).
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 187/2012, de 14 de septiembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas para la realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 183, de 20 de septiembre de 2012).
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria serán financiadas con cargo al centro gestor 130050000, aplicación presupuestaria:
G/222G/48000, fondo: CAG0000001 y proyecto: 20060123, con una dotación máxima de cien mil euros (100.000€) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
Las cuantías máximas que se concederán para el desarrollo de un proyecto serán:
1. Proyectos individuales: hasta un máximo de 700 € (setecientos euros).
2. Proyectos conjuntos: La cuantía se calculará multiplicando el número de asociaciones implicadas por un máximo de 500 € (quinientos euros).
La cuantía final concedida nunca podrá ser igual o superior a 3.000 € (tres mil euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 6 de octubre de 2023.
Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa,
(PD, de 9 de agosto de 2023,DOE n.º 156, de 14 de agosto),
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN

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