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ANUNCIO de 13 de octubre de 2023 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2023.
DOE Número: 203
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 23 de octubre de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE LLERENA
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 53777
Página Fin: 53778
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de la Alcaldía n.º 398/2023, de fecha 11 de octubre, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el año 2023, habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 37.1.l) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y siendo conforme con lo previsto en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Provincia: Badajoz.
Corporación: Llerena.
Número de Código Territorial: 06074.
Personal funcionario de carrera.
Plaza Escala Subescala Subgrupo Número de plazas ofertadas Sistema selectivo
Arquitecto/a Técnico/a Administración Especial Técnica A2 1 Oposición
Lo que en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se hace público para general conocimiento.
Contra referida resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Llerena, 13 de octubre de 2023. El Alcalde, DANIEL LARA REX.

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