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ANUNCIO de 17 de octubre de 2023 sobre aprobación inicial de la modificación puntual 1/2022 de las Normas Subsidiarias.
DOE Número: 206
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 26 de octubre de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DE MÉRIDA
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 54535
Página Fin: 54535
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Aprobada inicialmente, en sesión ordinaria del Pleno de esta Corporación celebrada el día 13 de octubre de 2023, la modificación puntual 1/2022 de las Normas Subsidiarias Municipales, consistente en eliminar la distancia mínima obligatoria a suelo urbano y modificar la altura máxima para los usos productivo, dotacionales y terciario autorizables en suelo rústico adecuándola a los parámetros de la Ley 11/2018 de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.4.d) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, se somete el expediente a información pública por un plazo de cuarenta y cinco (45) hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, a fin de que quienes pudieran tenerse por interesados en el mismo, puedan comparecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por convenientes.
Durante dicho periodo, la documentación correspondiente estará disponible para su consulta pública en las oficinas municipales, sitas en la Plaza de España, 1, de San Pedro de Mérida. A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento:
https://ayuntamientodesanpedrodemerida.sedelectronica.es
El presente anuncio sirve, asimismo, de notificación a los interesados, puesto que no se puede efectuar la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia.
Igualmente, se comunica que se ha acordado suspender el otorgamiento de licencias en aquellas áreas afectadas por la modificación puntual de las NNSSMM, siempre que las mismas contravengan las nuevas determinaciones recogidas en la meritada modificación puntual y el régimen urbanístico vigente. La presente suspensión se extinguirá con la entrada en vigor de la modificación del instrumento de planeamiento que la motiva o como máximo tendrá una duración de dos años a contar desde el día siguiente a la adopción del citado acuerdo de aprobación inicial.
San Pedro de Mérida, 17 de octubre de 2023. El Alcalde, ANDRÉS JESÚS PÉREZ PALMA.

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