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RESOLUCIÓN de 13 de octubre de 2023, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se renueva la reserva de gestión de la zona de caza limitada situada en los montes de utilidad pública "Cabezaparda" y "Manantío", de los términos municipales de Fuente de Cantos y Bienvenida.
DOE Número:
209
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
martes, 31 de octubre de 2023
Apartado:
III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo:
CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL
Rango:
RESOLUCIÓN
Descriptores:
Caza.
Página Inicio:
55372
Página Fin:
55375
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
El artículo 24.6 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura, establece que la Consejería competente en materia de caza mediante resolución motivada y de forma temporal, previa audiencia a los titulares de los terrenos y sometimiento a consulta del Consejo Extremeño de Caza, podrá reservarse la gestión de una determinada Zona de Caza Limitada por motivos de seguridad para los bienes o las personas, de conservación de espacios o especies, por necesidad de contar con una adecuada ordenación cinegética o para fomentar las competiciones deportivas. En estos casos se podrán desarrollar las modalidades de caza que se autoricen en dicha resolución. Para su gestión, se podrá contar con la colaboración de la Federación Extremeña de Caza y de otras entidades colaboradoras sin ánimo de lucro. Estas zonas de caza limitada deberán estar señalizadas .
Por su parte, el artículo 86.2 del Decreto 89/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión, determina que la declaración de zona de caza limitada gestionada tendrá una duración mínima de cinco años y máxima de diez, pudiendo renovarse por iguales periodos, por resolución motivada de la Consejería competente en materia de caza previa audiencia a los titulares de los terrenos .
Al persistir los motivos que justificaron su declaración, se hace necesario renovar la reserva de gestión efectuada mediante Resolución de 25 de octubre de 2012. Esta resolución, en su apartado segundo, habilita a la Dirección General de Medio Ambiente para realizar la renovación, lo que se lleva a cabo mediante la Resolución de 1 de febrero de 2018 (DOE n.º 38, de 22 de febrero 2018).
Por ello, en aplicación de la normativa citada y demás de pertinente aplicación, de conformidad con lo establecido en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, esta Dirección General,
RESUELVE:
Primero.
Declarar renovada la reserva de gestión por parte de la Junta de Extremadura de la Zona de Caza Limitada situada en los montes de utilidad pública n.º 30, Cabezaparda y n.º 31 Cabezaparda y Manantío , del término municipal de Fuente de Cantos, con una superficie total de 775 hectáreas. La relación de polígonos y parcelas se refleja en el anexo I y en el plano del anexo II.
Segundo.
La dirección técnica de la Zona se ejercerá por la dirección técnica de la RC Cíjara.
Tercero.
Para la gestión de la Zona se contará con la colaboración de la Sociedad Local de Cazadores San Humberto .
Cuarto.
Las modalidades de caza que se autorizan se establecerán en el Plan Anual de Aprovechamiento.
Quinto.
Para el ejercicio de la caza en esta zona es necesario disponer de permiso escrito, individual o colectivo expedido por la dirección técnica. Los cazadores deberán tener el carácter de local conforme al artículo 28.1 de la Ley de Caza de Extremadura.
Sexto.
La señalización se llevará a cabo conforme a lo previsto en el título II del Decreto 89/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión, con la matrícula EX-064-001-G.
Séptimo.
La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y finalizará su vigencia el día 10 de octubre de 2028.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada, ante el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 13 de octubre de 2023.
El Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca,
RICARDO ROMERO PASCUA
ANEXO I
PROV.
TM
POL.
PARC.
SUP. (ha)
Badajoz
Fuente de Cantos
30
3
6,7429
Badajoz
Fuente de Cantos
31
1
0,8211
Badajoz
Fuente de Cantos
31
2
0,7476
Badajoz
Fuente de Cantos
31
17
0,322
Badajoz
Fuente de Cantos
31
18
13,0336
Badajoz
Fuente de Cantos
31
19
1,2536
Badajoz
Fuente de Cantos
31
20
5,3557
Badajoz
Fuente de Cantos
33
9
5,2283
Badajoz
Fuente de Cantos
34
2
33,2674
Badajoz
Fuente de Cantos
34
3
48,4215
Badajoz
Fuente de Cantos
34
4
130,8894
Badajoz
Fuente de Cantos
34
5
126,2454
Badajoz
Fuente de Cantos
34
6
29,4975
Badajoz
Fuente de Cantos
34
7
42,8651
Badajoz
Fuente de Cantos
34
8
5,1827
Badajoz
Fuente de Cantos
34
9
99,2578
Badajoz
Fuente de Cantos
34
10
67,1219
Badajoz
Fuente de Cantos
34
11
58,4972
Badajoz
Fuente de Cantos
34
12
16,3063
Badajoz
Fuente de Cantos
35
6
27,211
Badajoz
Fuente de Cantos
36
14
53,7881
Badajoz
Fuente de Cantos
36
15
1,8403
Badajoz
Fuente de Cantos
36
16
0,9602
TOTAL SUPERFICIE
774,8566
ANEXO II
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Normativa
E
LI
R
SS
Acce
s
ibilidad
Mapa del si
t
io
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