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Modificación del Extracto y Anuncio por el que se declara terminado el plazo de vigencia de la convocatoria de las subvenciones para el Programa I: Apoyo a la contratación (1 más 1), dirigidas a personas trabajadoras autónomas para la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada, correspondiente al ejercicio 2023-2024, aprobadas mediante la disposición adicional única. Convocatoria para el periodo 2023-2024 del Programa I, del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre.
DOE Número:
210
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
jueves, 02 de noviembre de 2023
Apartado:
I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo:
consejería de economía, empleo y transformación digital
Rango:
Modificación
Descriptores:
Fomento del empleo. Ayudas.
Página Inicio:
55417
Página Fin:
55418
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 674285
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 31 de fecha 14 de febrero de 2023, el extracto del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre por el que se establecen las bases reguladoras del programa Un autónomo-un empleo y se aprueba la convocatoria para el período 2023-2024, destinado a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte de una persona trabajadora autónoma, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) con la identificación: 674285.
El apartado uno de la disposición adicional única, convocatoria para el periodo 2023-2024 del Programa I, del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre, en su punto 2, establece que la vigencia de la convocatoria se inicia el día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) de la convocatoria y el extracto de la misma, conforme a lo previsto en el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y tendrá una duración de un año.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de vigencia de la convocatoria. Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se deberá proceder a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria a que se refiere el párrafo primero del artículo 23.1, el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
En este sentido, hay que señalar que las solicitudes presentadas hasta la fecha han superado el número de solicitudes inicialmente previsto para la convocatoria 2023-2024. En consecuencia, procede declarar finalizado el plazo de presentación de solicitudes debido al agotamiento de los créditos de la citada convocatoria.
En virtud de todo lo anterior, teniendo en cuenta que el importe de las ayudas solicitadas y que se encuentran en estado de tramitación en la unidad administrativa correspondiente, agota los créditos presupuestarios establecidos en el apartado noveno de la disposición adicional única, Convocatoria para el periodo 2023-2024 del Programa I, del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre, se procede a anunciar la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes de las subvenciones para Programa I: Apoyo a la contratación (1 más 1), correspondiente al ejercicio 2023-2024 y a modificar el extracto de la convocatoria en su apartado quinto, que se refiere al plazo de presentación de solicitudes, que quedaría de la siguiente forma:
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día siguiente de la publicación de esta modificación del extracto y anuncio en el Diario Oficial de Extremadura. No se admitirán las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo.
Mérida, 25 de octubre de 2023.
(PD, Resolución de 14/09/2023,DOE n.º 180, de 19/09/2023),
El Secretario General del SEXPE.
Nicolás Macías Manzanedo
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