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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se declara terminado el plazo de vigencia de la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2023, aprobadas mediante Resolución de 7 de diciembre de 2022.
DOE Número: 210
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 02 de noviembre de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Fomento del empleo. Subvenciones.
Página Inicio: 55580
Página Fin: 55581
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 663291
BDNS(Identif.): 663292
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 240, de fecha 16 de diciembre de 2022, el Extracto de la Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2023, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ).
El apartado cuarto de la citada Resolución de 7 de diciembre de 2022, en su punto 1, establece que el plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes será de un año a partir del día siguiente a aquel en que se publique en el Diario Oficial de Extremadura la resolución y el extracto de la misma, tal y como dispone el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y conforme al plazo máximo previsto en el apartado segundo del artículo 29 de la citada norma.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de vigencia de la convocatoria. Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se deberá proceder a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria a que se refiere el párrafo primero del artículo 23.1, el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
En virtud de todo lo anterior, y teniendo en cuenta que el importe de las ayudas solicitadas y que se encuentran en estado de tramitación en la unidad administrativa correspondiente, agota los créditos presupuestarios establecidos en el apartado octavo de la Resolución de 7 de diciembre de 2022, se procede a anunciar la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes de las subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2023 y a modificar el extracto de la convocatoria en su apartado quinto, que se refiere a la vigencia de la convocatoria y al plazo de presentación de solicitudes, que quedaría de la siguiente forma:
El plazo de vigencia de la convocatoria a los efectos de presentación de solicitudes finaliza el mismo día de la publicación de esta modificación del extracto y anuncio en el Diario Oficial de Extremadura. Se inadmitirán las solicitudes presentadas con posterioridad a dicho plazo.
Mérida, 18 de octubre de 2023.
El Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital,
(PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023, DOE núm. 180, de 19 de septiembre).
El Secretario General del Servicio Extremeño Público de Empleo,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO

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