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EXTRACTO de la Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2023/2024.
DOE Número: 210
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 02 de noviembre de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Fomento del empleo. Ayudas.
Página Inicio: 55643
Página Fin: 55645
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):723948
BDNS(Identif.):723949
BDNS(Identif.):723950
BDNS(Identif.):723952
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023/2024.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones los Centros Especiales de Empleo que hayan obtenido su calificación e inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que no se encuentren incursos en alguna causa de descalificación.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 10 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 160, de 21 de agosto de 2023).
Cuarto. Cuantía.
El importe total de la convocatoria asciende a 22.000.000 euros, con la siguiente distribución por programas, aplicaciones presupuestarias y anualidades:
Programa I (CONVO/2023/0000005776): 770.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/77000/TE24001001/20090229, con el siguiente desglose por anualidades.
Anualidad 2023: 46.000 euros.
Anualidad 2024: 724.000 euros.
Programa II (CONVO/2023/0000005777): 20.130.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/TE24001001/20090229, con el siguiente desglose por anualidades:
Anualidad 2023: 3.130.000 euros.
Anualidad 2024: 17.000.000 euros
Programa III (CONVO/2023/0000005778): 1.000.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/TE24001001/20090229, con el siguiente desglose por anualidades:
Anualidad 2023: 200.000 euros.
Anualidad 2024: 800.000 euros.
Programa IV (CONVO/2023/0000005779): 100.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/TE24001001/20090229, con el siguiente desglose por anualidades:
Anualidad 2023: 20.000 euros.
Anualidad 2024: 80.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes será de un año a partir del día siguiente a aquel en que se publique en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) la presente resolución y el extracto de la misma, tal y como dispone el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y conforme al plazo máximo previsto en el apartado segundo del artículo 29 de la citada norma.
2. Las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones durante el periodo de vigencia de la convocatoria, en los plazos específicos que se establecen a continuación para cada programa:
a. Para las ayudas establecidas en el Programa I, Ayudas a proyectos generadores de empleo , en el plazo de un mes desde la fecha de inicio de las contrataciones indefinidas iniciales o de las transformaciones de contratos temporales en indefinido objeto de subvención.
b. Para las ayudas establecidas en el Programa II, Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas trabajadoras con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo :
b1) Para los meses de enero a diciembre, el plazo máximo de presentación de la solicitud será de 2 meses siguientes a la finalización de cada mes natural para el que se solicita subvención.
b2) Para las solicitudes de las pagas extras de junio y diciembre, el plazo máximo de presentación de solicitudes será el mismo plazo que correspondería a la presentación de las solicitudes de los meses de junio y diciembre.
c. Para las ayudas establecidas en el Programa III, Ayudas destinadas a las Unidades de Apoyo de los Centros Especiales de Empleo , durante el periodo de vigencia de la convocatoria.
d. Para las ayudas establecidas en el Programa IV, Proyectos de inserción de personas con discapacidad en el mercado ordinario a través de Centros Especiales de Empleo , en el plazo de un mes desde la fecha de inicio de las contrataciones indefinidas realizadas en la empresa ordinaria después de haber realizado el proceso de inserción.
Mérida, 20 de octubre de 2023.
El Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
(PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023, DOE núm. 180, de 19 de septiembre).
El Secretario General del Servicio Extremeño Público de Empleo,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO

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