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Anuncio de 13 de octubre de 2023 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de instalación destinada a la fabricación de carbón vegetal mediante hornos pirolíticos y gestión de residuos no peligrosos, promovido por Corchos Oliva, SL, en Fregenal de la Sierra (Badajoz).
DOE Número: 211
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 03 de noviembre de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: Anuncio
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 55987
Página Fin: 55991
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) de la instalación destinada a la fabricación de carbón vegetal y gestión de residuos no peligrosos, promovida por Corchos Oliva, SL, en Fregenal de la Sierra (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, avenida Valhondo, s/n., de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 31 y en la disposición transitoria segunda del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Ley 16/2015: 4.1 Instalaciones para la fabricación de combustibles sólidos, líquidos o gaseosos, no incluidas en el anexo I, y 9.1 Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I, por lo tanto, debe contar con AAU para ejercer la actividad.
— Actividad: producción de carbón vegetal a partir de madera en hornos pirolíticos. Además, actuará como gestor de residuos no peligrosos (maderas, silvicultura, etc.) para la producción de biocarbón a partir de restos vegetales.
— Capacidades y consumos: la capacidad de producción de carbón de la instalación se situará en torno a las 9.600 toneladas de carbón vegetal al año, con un consumo aproximado de madera de 38.400 t/año. La capacidad de gestión de residuos será de 5.600 t/año, dando lugar a una producción de biocarbón de 2.400 t/año.
— Residuos a gestionar:
LER RESIDUO
02 01 07 Residuos de silvicultura
03 03 01 Residuos de corteza y madera
15 01 03 Envases de madera
19 12 07 Madera de origen industrial no peligrosa
20 02 01 Residuos biodegradables de parques y jardines
— Ubicación: Ctra. Sevilla n.º19, de Fregenal de la Sierra (Badajoz), parcelas con referencia catastral:
7771901QC0277S0001OL
7771902QC0277S0001KL
Las coordenadas UTM que pueden tenerse como referencia de la parte central de la zona de actuación son las siguientes:
X= 707.607.
Y= 4.226.921.
Huso 29.
La parcela total tiene una extensión de 88.299 m2 con unas edificaciones de 9.607,43 m2 de superficie en planta.
— Infraestructuras, instalaciones:
La instalación dispondrá las siguientes instalaciones:
8 hornos de pirolíticos con el siguiente volumen:
1. Horno 1: Potencia térmica 147,14 kW.
2. Horno 2: Potencia térmica 147,14 kW.
3. Horno 3: Potencia térmica 147,14 kW.
4. Horno 4: Potencia térmica 147,14 kW.
5. Horno 5: Potencia térmica 147,14 kW.
6. Horno 6: Potencia térmica 147,14 kW.
7. Horno 7: Potencia térmica 147,14 kW.
8. Horno 8: Potencia térmica 147,14 kW.
La instalación tendrá una potencia térmica total, según los datos aportados por el titular de 1.177,12 kW.
Nave 1, de 2.004,65 m2, para producción de carbón vegetal.
Nave 2, de 1.395,3 m2, de envasado y expedición.
Nave 3, de 2.611,2 m2, de almacenamiento de carbón.
Nave 4, de 2.132 m2, para preparación de los potes.
Nave 5, de 940 m2, para racheado de madera.
Zonas de almacenamiento de madera con una superficie total de 34.845 m2.
Zona de recepción y almacenamiento de residuos, 2.465 m2.
Cubierta, de 345 m2, para almacenamiento de carbón.
Almacén, 167,40 m2, para útiles y repuestos.
Oficinas, 126 m2.
CT y anexo, 104,88 m2.
Laboratorio.
— Equipos principales:
Contenedores metálicos.
2 puentes grúa.
Grupo de tolva, criba y cintas.
Bomba depósito gasoil.
Compresos.
Línea de envasado.
Maquinaria móvil: Maquina elevadora, cortadoras de leña.
Equipos de laboratorio.
Camión.
Máquina de pinzas.
Pala cargadora.
Quemador de gasoil.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Mérida, 13 de octubre de 2023. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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