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Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación de la autorización ambiental integrada de la fábrica de floculantes y envasado y almacenamiento de productos químicos de Damián Díaz Sánchez, SL (Dimensa), en Nogales.
DOE Número: 216
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 10 de noviembre de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: Resolución
Descriptores: Autorización ambiental.
Página Inicio: 56957
Página Fin: 56959
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TEXTO ORIGINAL
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La fábrica de floculantes y envasado y almacenamiento de productos químicos de Damián Díaz Sánchez, SL (Dimensa) en Nogales (Badajoz) cuenta con autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución de la Dirección General de Sostenibilidad (DGS) de 17 de diciembre de 2019 y publicada en el DOE n.º 18, de 28 de enero de 2020. Expediente AAI17/017.
Segundo. Mediante Resolución de 28 de noviembre de 2019, la DGS, formuló declaración de impacto ambiental del proyecto de Planta de fabricación de floculantes y envasado y almacenamiento de productos químicos , cuya promotora es Dimensa, Damián Díaz Sánchez, SL, en el término municipal de Nogales. Expte.: IA17/02012. Esta declaración de impacto ambiental está publica­da en el DOE n.º 248, de 27 de diciembre de 2019.
Tercero. Con fecha 3 de febrero de 2021 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de Extrema­dura, la solicitud de modificación de la AAI de la fábrica de floculantes y envasado y almacenamiento de productos químicos, en el término municipal de Nogales, titularidad de Damián Díaz Sánchez, SL (Dimensa). La modificación solicitada por Dimensa consiste en la edificación de una nave almacén de de­pósitos móviles de 3.152 m2 en la planta de floculantes y de envasado y almacenamiento de productos químicos de Nogales (Badajoz). El objeto de esta nueva construcción, nave abierta de 3.152 m2 de superficie, es aumentar la capacidad de almacenamiento disponible con el fin de poder mantener en todo momento en condiciones idóneas los depósitos móviles (grandes contenedores de 1.000 litros y palets de jerricanes de 20 l) que se almacenan para su co­mercialización, incluido los vacíos para su reutilización. A pesar del aumento de la capacidad de almacenamiento, se prevé que la cantidad de productos químicos que se van a almacenar aumente a largo plazo solo en un 20%, ya que el volumen restante de almacenamiento sería ocupado bien por envases vacíos para su reutilización o bien por envases nuevos.
Cuarto. Mediante Resolución de 24 de febrero de 2022, la DGS, modificó la declaración de impacto ambiental del proyecto de Planta de fabricación de floculantes y envasado y almacenamiento de productos químicos , cuyo promotor es Dimensa, Damián Díaz Sánchez, SL, en el término municipal de Nogales. Exp.: IA17/02012. Esta declaración de impacto ambiental está publicada en el DOE n.º 44, de 4 de marzo de 2022.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la modificación de la autorización ambiental integrada la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Esta actividad está sujeta a disponer de autorización ambiental integrada por estar incluida en la categoría 4.2.d del anejo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, relativa a instalaciones químicas para la fabricación de productos químicos inorgánicos como: sales como el cloruro de amonio, el clorato potásico, el carbonato potásico (potasa), el carbonato sódico (sosa), los perboratos, el nitrato argéntico.
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los titulares de las instalaciones que cuenten con autorización ambiental integrada o unificada deberán comunicar al órgano ambiental cualquier modificación que se propongan realizar en la instalación.
SE RESUELVE:
Otorgar la modificación de la autorización ambiental integrada a favor de Damián Díaz Sánchez, SL (Dimensa), para el proyecto de modificación de la planta de producción de sulfato de aluminio ubicado en el término municipal de Nogales (categoría 4.2.d del anejo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación), a los efectos recogidos en el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado en la AAI y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º de expediente de la modificación es AAI21/002.
1. Al anexo I de la AAI, se incorporan las siguientes infraestructuras y equipos que contempla la presente modificación:
— Nave almacén de de­pósitos móviles de 3.152 m2.
2. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente resolución será firme a todos los efectos legales.
Mérida, 31 de octubre de 2023.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO

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