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RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 201/2023, de 20 de septiembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 225/2022.
DOE Número: 317
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 13 de noviembre de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 57302
Página Fin: 57303
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida ha dictado sentencia en el procedimiento abreviado n.º 225/2022 promovido por Antonio Manuel Medina Reina siendo parte demandada la Junta de Extremadura, contra la Resolución de 24 de junio de 2022 que resolvió el recurso de alzada que interpuso contra la Resolución de 2 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, recaída en el expediente sancionador PCA1 2020/023.
El artículo 42.1 del Decreto 99/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado .
El artículo 8 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de las resoluciones judiciales (DOE de 30 de junio), establece que la ejecución de las resoluciones recaídas en recursos contencioso-administrativos en los que sea parte la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura corresponderá al órgano que dictó el acto o disposición origen del proceso.
Asimismo, el artículo 9 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano competente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia, debiendo ser adoptada dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha en que se reciba el expediente y el testimonio de la sentencia del tribunal que la haya dictado, y será publicada en el Diario Oficial de Extremadura cuando anule o modifique el acto impugnado.
Por lo tanto, de conformidad con el artículo 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa, artículo 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa de la ejecución de resoluciones judiciales, la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de 2 de agosto de 2023, de la Consejera, por la que se delegan competencias en diversas materias, esta Secretaría General,
Por lo tanto, de conformidad con el artículo 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa, artículo 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa de la ejecución de resoluciones judiciales, la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de 2 de agosto de 2023, de la Consejera, por la que se delegan competencias en diversas materias, esta Secretaría General,
RESUELVE:
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia n.º 201/2023, de 20 de septiembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 1 de Mérida en el procedimiento abreviado n.º 225/2022, llevando a puro y debido efecto el fallo, cuya parte dispositiva dice:
Que debo estimar y estimo íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por el letrado Sr. Bellido Mengual, obrando en nombre y representación de don Antonio Manuel Medina Reina, contra la Resolución de la Dirección General de Sostenibilidad de 2 de agosto de 2021, por la que se acuerda sancionar al demandante al pago de 24.001 euros, así como contra la resolución desestimatoria expresa del recurso de alzada interpuesto contra dicha resolución cuya notificación se verificó el día 29 de junio de 2022; y en consecuencia debo anular y anulo dichas resoluciones por estimarlas no conformes a derecho al considerar que concurre la prescripción de la infracción imputada, y ello con imposición de las costas causadas en los presentes autos a la Administración demandada .
Mérida, 9 de octubre de 2023.
La Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible,
(DOE n.º 152, de 8 de agosto de 2023).
La Secretaria General,
MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ

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