Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se declaran aptos en la fase de prácticas a determinados aspirantes que fueron nombrados personal funcionario en prácticas de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional, por Resolución de 22 de septiembre de 2021.
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de 17 de marzo de 2021 (DOE núm. 55, de 23 de marzo), se convocaron procedimientos selectivos para ingreso y acceso, adquisición de nuevas especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
En virtud de la Resolución de 22 de septiembre de 2021 (DOE núm. 195, de 8 de octubre), de la Dirección General de Personal Docente, se procedió al nombramiento como personal funcionario en prácticas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuela Oficial de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, a las personas seleccionadas en los procedimientos convocados por Resolución de 17 de marzo de 2021.
Mediante Resolución de 11 de octubre de 2022 (DOE núm. 203, de 21 de octubre), se declararon aptas en la fase de prácticas a las personas aspirantes nombradas por la resolución anteriormente citada, concretando en su anexo II a quienes debían realizar las prácticas durante el curso escolar 2022/2023, de conformidad con la resolución de 17 de marzo de 2021.
Habiendo realizado los citados aspirantes la fase de prácticas en el curso escolar 2022/2023, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 4 del Decreto 273/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, esta Dirección General de Personal Docente,
RESUELVE:
Primero. Declarar aptos en la fase de prácticas a los siguientes aspirantes del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, nombrados personal funcionario en prácticas por Resolución de 22 de septiembre de 2021 (DOE de 8 de octubre):
CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA (590)
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APELLIDOS Y NOMBRE
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DNI
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ESPECIALIDAD
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DONOSO MARTÍN, M ÁNGELES
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***8176**
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BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA
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GONZÁLEZ BUENAVENTURA, VERÓNICA
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***7139**
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ORIENTACIÓN EDUCATIVA
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SANCHEZ DIAZ, CRISTINA
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***6179**
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INTERVENCIÓN SOCIOCOMUNITARIA
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CUERPO DE PROFESORES TÉC. DE FORMACIÓN PROFESIONAL (591)
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APELLIDOS Y NOMBRE
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DNI
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ESPECIALIDAD
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FERNANDEZ DELGADO, SARA
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***4231**
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PROCEDIMIENTOS SANITARIOS Y ASISTENCIALES
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GONZÁLEZ SERRANO, ÁNGEL LUIS
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***0506**
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SISTEMAS Y APLICACIONES INFORMÁTICAS
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Segundo. El régimen jurídico del profesorado al que se declara apto en la fase de prácticas por la presente resolución será, desde el momento de su nombramiento como personal funcionario en prácticas y hasta su toma de posesión como personal funcionario de carrera, el de personal funcionario en prácticas, siempre que estén desempeñando un puesto docente.
Tercero. Proponer al Ministerio de Educación y Formación Profesional, el nombramiento como personal funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional con efectos de 1 de septiembre de 2023, así como la expedición de los correspondientes títulos de funcionarios de carrera.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, ante el órgano que la ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que se estime procedente.
Mérida, 10 de noviembre de 2023.
El Director General de Personal Docente,
PD, Resolución de 09-08-2023(DOE núm. 156, de 14 de agosto),
DAVID MORENO REGO