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ORDEN de 23 de noviembre de 2023 de modificación de la Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convoca proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
DOE Número: 227
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 27 de noviembre de 2023
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: ORDEN
Descriptores: Procesos selectivos.
Página Inicio: 59891
Página Fin: 59896
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público prevé entre las medidas para la consecución de objetivo de situar la tasa de temporalidad estructural de las Administraciones Públicas por debajo del 8 por ciento, un nuevo proceso de estabilización, autorizando una tasa adicional, el cual se estructura en los sistemas selectivos de concurso-oposición o concurso de méritos, dependiendo de la fecha desde la cual hayan estado ocupadas las plazas de forma temporal e ininterrumpida, incluyéndose en este últimas aquellas que lo fueron con anterioridad a 1 de enero de 2016.
Con objeto de articular dichos procesos en el ámbito de la administración general de la Junta de Extremadura, tras aprobarse la Oferta Adicional para la estabilización del empleo temporal de personal funcionario y laboral en dicho ámbito por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 25 de mayo de 2022 se suscribió el 30 de junio de 2022 el Acuerdo de desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal.
En aplicación de ello, por Orden de 23 de diciembre de 2022, se procedió a convocar proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos. En el mismo se incluyen un total de 255 plazas vacantes concretándose en su anexo I el número de plazas que se convocan por especialidades.
Habiéndose constatado por esta Administración que en dicha convocatoria no se ha incluido una plaza vacante de la especialidad de Arqueología del Cuerpo de Titulados Superiores que cumple los requisitos anteriormente citados, procede aplicar, tal y como contempla la citada Oferta Adicional para la estabilización del empleo temporal, la previsión contenida en los artículos 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 29.3 de la Ley de Función Pública de Extremadura lo que permitirá, en su caso, adicionar plazas en las convocatorias en que resulte necesario siempre que se cumplan los requisitos exigidos en la legislación básica.
Con dicha finalidad, siendo necesario realizar la correspondiente modificación de la referida Orden de 23 de diciembre de 2022, el respeto de los trámites del proceso selectivo y la garantía de los derechos de los posibles interesados también exige la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes para quienes estén en posesión de todos los requisitos exigidos por la Orden de 23 de diciembre de 2022, a la fecha de 1 de marzo de 2023, por ser esta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
En virtud de lo expuesto y en relación con el artículo 3 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal, esta Consejería de Hacienda y Administración Pública,
DISPONE:
Primero. Proceder a las siguientes modificaciones de la Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convoca proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos:
1. Apartado 1 de la base primera. Normas generales:
1. Se convoca proceso selectivo para cubrir 256 plazas vacantes del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante el sistema excepcional de concurso de méritos, de conformidad con lo previsto en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público .
2. En el anexo I se añade:
ESPECIALIDAD TURNO LIBRE TITULACIONES
Arqueología 1 Licenciado/a en Historia o Grado correspondiente
Segundo. La apertura del plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de dicha modificación, para la presentación de solicitudes por los/as aspirantes que cumplan, de conformidad con lo previsto en la base segunda de la Orden de 23 de diciembre de 2022, todos los requisitos de participación a fecha de finalización del plazo de presentación de instancia, esto es, a 1 de marzo de 2023.
Tercero. La presentación de las nuevas solicitudes se realizará de conformidad con lo siguiente.
1. Modelo y obtención de la solicitud.
Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas serán cumplimentadas exclusivamente a través de la aplicación informática habilitada al efecto, que se encuentra disponible en la página http://ips.juntaex.es.
La solicitud deberá cumplimentarse y generarse de forma electrónica, ya se presente de forma digital o presencial. No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través de la aplicación informativa puesta a disposición en la ruta referenciada anteriormente.
Las solicitudes se dirigirán, junto con el resto de la documentación a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y Hacienda, Avda. Valhondo s/n (Edificio Mérida III Milenio), de Mérida.
2. Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Cumplimentada y generada la solicitud la persona aspirante podrá:
— Imprimirla, firmarla de forma manuscrita, digitalizarla y presentarla en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura o en el de la Administración General del Estado, como se indica en el apartado 2.1, junto con el documento o carta de pago de la tasa.
— Firmarla digitalmente y presentarla en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura o en el de la Administración General del Estado, como se indica en el apartado 2.1, junto con el documento o carta de pago de la tasa.
— Imprimirla, firmarla de forma manuscrita y registrarla de forma presencial en las oficinas como se indica en el apartado 2.2, junto con el documento o carta de pago de la tasa.
Y todo ello como se detalla en los apartados siguientes.
2.1. Registro de forma telemática:
El registro de la solicitud y de los documentos de modo telemático se podrá realizar a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura a través de la dirección:
https://sede.juntaex.es
Para ello seleccionarán como unidad de destino en el campo Consejería la opción Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, en Centro Directivo/Organismo la Dirección General de Función Pública y en “Unidad Nivel I” la “Dirección General de Función Pública-Solicitudes Procesos Selectivos”.
Seguidamente adjuntarán la solicitud de participación en las pruebas selectivas debidamente cumplimentada y firmada de conformidad con los apartados segundo y tercero de esta misma Base, así como el resto de documentación que en su caso deba acompañar a la solicitud según se indica en el último párrafo de este apartado 2.1.
O bien, se podrá realizar a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado:
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
Para la utilización de cualquiera de los registros referidos, las personas solicitantes habrán de disponer de DNI electrónico o certificado digital.
Si no disponen de ellos podrán obtenerlos a través de las siguientes direcciones electrónicas:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el justificante del pago de las tasas.
2.2. Registro de forma presencial:
En caso de no optar por la presentación telemática, las personas participantes deberán rellenar su solicitud a través de la aplicación de cumplimentación vía internet, según se indica en el apartado anterior. Una vez cumplimentada, deberán imprimir, firmar el documento de solicitud obtenido, no debiéndose añadir datos a mano en la solicitud impresa, ya que los mismos no serán tenidos en cuenta, y presentarla en cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de registro indicados a continuación:
— En cualquiera de las oficinas incluidas en el anexo a la Resolución de la Consejera por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se realizará en sobre abierto, para que dicha solicitud sea fechada y sellada por el personal funcionario de Correos, antes de ser certificada. De no hacerse de esta manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en cualquiera de los lugares establecidos en el párrafo anterior.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el justificante del pago de la tasa.
3. La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros oficiales indicados anteriormente, ni de hacerlo en el plazo indicado en el plazo concretado en el apartado 1 de la presente base. Tampoco exime al aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en caso de que fuera posible, facilitarán a los/as aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante.
4. La tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 38,52 euros por solicitud, y su ingreso se efectuará a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación, o bien telemáticamente de la forma que se indica en este apartado.
En caso de optar por el ingreso a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación, en la solicitud deberá figurar el sello correspondiente de la entidad bancaria colaboradora en el recuadro correspondiente a Prestaciones Patrimoniales: Derechos de examen, acreditativo del pago de los derechos de examen. En caso de optar por el pago telemático de la tasa, se efectuará a través de la página web https://modelo050.juntaex.es/modelo050/, siendo el código de la tasa por derechos de examen el 100161, debiendo acompañarse a la solicitud el documento justificativo del ingreso.
En ningún caso, la presentación de la solicitud para el abono de la tasa en las oficinas bancarias colaboradoras o bien el pago telemático de la tasa supondrán la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores.
5. La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de encontrarse exento, determinará la exclusión del/la aspirante.
6. Están exentos del pago de esta tasa:
a) Los/as aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
c) Las personas que tengan la consideración de víctimas de violencia de género a que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y que así lo acrediten.
Cuarto. Contra la presente orden que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 23 de noviembre de 2023.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
MARÍA ELENA MANZANO SILVA

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