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Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se designa la Comisión de Valoración que realizará la evaluación de las solicitudes de ayudas de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en la Comunidad Autónoma de Extremadura, tramitadas al amparo de la Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen sus bases reguladoras, y Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan, para la campaña 2023/2024, las ayudas y pago de primera anualidad de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
DOE Número: 233
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 05 de diciembre de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: Resolución
Descriptores: Política Agraria Comunitaria. Ayudas.
Página Inicio: 61449
Página Fin: 61450
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El artículo 56, Comisión de Valoración, de la Orden de 22 de febrero de 2023, siguiendo lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que: Existirá una Comisión de Valoración que estará integrada por un jefe/jefa de sección o director/a de programas del servicio gestor de las intervenciones reguladas en esta orden, que desempeñará las funciones de Presidencia, y por personal técnico, en número de tres y nombrados o nombradas por la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, uno de los cuales desempeñará las funciones de Secretaría .
Por todo ello esta Dirección General de Política Agraria Comunitaria,
RESUELVE:
Primero. Designar la Comisión de Valoración de las solicitudes de ayudas de determinadas intervenciones establecidas en el plan Estratégico de la PAC 2023 2027 en la Comunidad Autónoma de Extremadura reguladas por la Orden de 22 de febrero de 2023, que estará compuesta por:
— Presidente: la persona que desempeñe la Dirección de Programas Agroambientales del Servicio de Ayudas Complementarias.
— Secretaria: la persona perteneciente al Cuerpo de Titulados Superiores, especialidad Jurídica, adscrita a la Secretaría General, que desempeñe las funciones de la citada Especialidad en el Servicio de Ayudas Complementarias.
— Vocales: la persona que desempeñe la Jefatura de Sección de Medidas de Sistema Integrado de Desarrollo Rural I y la persona perteneciente al Cuerpo de Titulados Superiores, especialidad Ingeniería Agrónoma, cuyo puesto está adscrito a la Dirección de Programas Agroambientales del Servicio de Ayudas Complementarias, que ejercerán sus funciones indistintamente.
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Segundo. Este órgano colegiado se regirá por lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. La Comisión de Valoración emitirá informe vinculante al órgano instructor en el que se concretará el resultado obtenido.
Cuarto. Publíquese la misma en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 27 de noviembre de 2023.
El Director General de Política Agraria Comunitaria,
JUAN ELOY RODRÍGUEZ UCEDO

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