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Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento ordinario n.º 143/2023, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, y se emplaza a los posibles interesados en el mismo.
DOE Número:
236
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
martes, 12 de diciembre de 2023
Apartado:
III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo:
consejería de economía, empleo y transformación digital
Rango:
Resolución
Descriptores:
Recurso. Emplazamiento.
Página Inicio:
62168
Página Fin:
62168
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
Ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo con núm. 143/2023, iniciado a instancia del Procurador de los tribunales D. José Antonio Venegas Carrasco, en nombre y representación de la entidad Confederación de Organizaciones Empresariales de Badajoz (COEBA), contra la Resolución de fecha 26 de mayo de 2023 dictada por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, por la que se inadmite por extemporáneo el recurso de alzada contra el Acuerdo adoptado por la Junta Electoral del proceso electoral en su sesión celebrada el 26 enero de 2023 y se desestima el recurso de alzada contra los acuerdos adoptados por la Junta Electoral del proceso electoral en sus sesiones celebradas 1 de febrero de 2023, 3 de febrero de 2023, 9 de febrero de 2023 y 16 de febrero de 2023.
En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y dando cumplimiento al requerimiento efectuado por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz , se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posibles interesados en el mismo, para que puedan personarse en ese tribunal, si a su derecho conviniera, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, continuando con el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.
Mérida, 1 de diciembre de 2023.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
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