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Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Consejera, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que se crea el Instituto Universitario de Investigación e Innovación en el Deporte (INIDE) como centro propio de investigación de la Universidad de Extremadura.
DOE Número: 238
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 14 de diciembre de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de educación, ciencia y formación profesional
Rango: Resolución
Descriptores: Instituto Universitario de Investigación.
Página Inicio: 63129
Página Fin: 63133
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El Consejo de Gobierno en su reunión de 24 de octubre de 20023, a propuesta de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, aprobó el acuerdo por el que se crea el Instituto Universitario de Investigación e Innovación en el Deporte (INIDE) como centro propio de investigación de la Universidad de Extremadura.
Por medio de la presente se dispone la publicación, en el Diario Oficial de Extremadura, del citado acuerdo que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 5 de diciembre de 2023.
La Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional,
MARÍA MERCEDES VAQUERA MOSQUERO
ACUERDO DE 24 DE OCTUBRE DE 2023, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN EN EL DEPORTE (INIDE), COMO CENTRO PROPIO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 2 establece quea: La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias en materia de política educativa y formación profesional, las de políticas universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación . Asimismo, el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 26.6, atribuye el ejercicio de las competencias en materia investigación, desarrollo e innovación a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Los Institutos Universitarios de Investigación (IUI) se definen en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, como centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística, que pueden organizar y desarrollar programas y estudios de doctorado y de postgrado y proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de su competencia. La creación, modificación y supresión de tales centros serán acordadas por la Comunidad Autónoma bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la Universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.
Por su parte, los Estatutos de la Universidad de Extremadura (en adelante UEX) aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo, regula en su artículo 32, respecto de la creación de los institutos propios, establece que se regirán por sus propios Estatutos, la Ley Orgánica del Sistema Universitario, por el convenio de creación o adscripción y por sus propias normas.
En este contexto normativo, el Instituto Universitario de Investigación e Innovación en el Deporte (en adelante INIDE) supondrá uno de los institutos de investigación de referencia a nivel nacional y con un carácter eminentemente multidisciplinar, que permitirá desarrollar proyectos cooperativos para poder abordar desde la vertiente científica, asistencial y de transferencia de conocimiento a la sociedad en todo lo relativo a las diferentes manifestaciones de las ciencias de la actividad física y el deporte. El enclave del centro, sería en un principio la facultad de ciencias del deporte, debido a las instalaciones y recursos de los que ya se disponen en este centro, aunque se valorará positivamente el traslado en un futuro a algún espacio integrado dentro del Parque Tecnológico, pudiendo generar sinergias con otros institutos o centros de investigación.
En el INIDE se han integrado las diversas áreas de conocimiento implicadas en ciencias del deporte, estableciéndose dinámicas de trabajo que estimularán la cooperación entre las unidades de investigación. De esta manera, el instituto estará formado por 4 grandes áreas de especialización que trabajarán de forma conjunta e integrada en la generación, transmisión y transferencia de conocimiento, las cuales se especializan en cada una de las disciplinas a las que hacen alusión y contarán con espacios y recursos para desarrollar su actividad. Dichas áreas son:
1. Actividad Física y Salud.
2. Entrenamiento Deportivo.
3. Análisis comportamental de la Actividad Física y el Deporte.
4. Educación y Deporte.
Destacar, tal y como se describe a lo largo de esta memoria, que la alta especificidad de cada unidad viene determinada en parte, por el alto grado tecnológico que conllevan, que ha permitido equiparse con los recursos tecnológicos necesarios para desarrollar una investigación puntera en cada una de las áreas descrita, pero que, gracias a la creación del INIDE, podrán ponerse al servicio del instituto, permitiendo el desarrollo de proyectos multidisciplinares, que avancen en el conocimiento científico desde una perspectiva holística. El INIDE se concibe como un centro dedicado tanto a la investigación básica como a la investigación aplicada y con proyección hacia la vía asistencial y la transferencia de conocimiento. En esta línea, da respuesta a los objetivos fundamentales que persigue la UEX a través de la generación de institutos y centros de investigación: potenciar el trabajo multidisciplinar y la investigación de excelencia, ampliar la docencia de posgrado de calidad, fomentar la colaboración entre investigadores de diferentes ámbitos del conocimiento, la transferencia de conocimiento, la divulgación científica, atraer un mayor número de investigadores a la Universidad de Extremadura, y mejorar su visibilidad internacional. La creación de este Instituto permitiría consolidar y potenciar el valor añadido conseguido por la actividad sinérgica de investigadores pertenecientes a distintas áreas de conocimiento y, por lo tanto, a distintos departamentos universitarios, generando un valor añadido en los siguientes ámbitos:
a) Investigación: Potenciando la colaboración con otros investigadores relacionados con la salud y /o el rendimiento deportivo, para abordar estudios más ambiciosos y con una perspectiva más amplia.
b) Docencia: Afianzando los estudios específicos de máster y doctorado vinculados a la actividad física y el deporte, lo que ayudaría a optimizar la calidad de la formación recibida por los estudiantes, y fomentaría el desarrollo de tesis doctorales de calidad y mejoras en la formación investigadora.
c) Innovación y transferencia: Desarrollando nuevas relaciones con el tejido empresarial de la región e impulsando la creación de nuevas empresas de base tecnológica a sumar a las ya existentes en el marco de colaboración del instituto.
En virtud de lo establecido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a iniciativa de la UEX, a propuesta del Consejo de Gobierno de la misma y previo informe favorable de su Consejo Social, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su reunión de 24 de octubre de 2023,
ACUERDA
Primero. Crear el INIDE, como centro de investigación científica y técnica, con integración plena en la organización de la UEX, conforme a lo dispuesto en el artículo 32.2 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo.
Segundo. El INIDE, se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y sus disposiciones de desarrollo, el Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura, el Marco Normativo para la creación de Institutos Universitarios de investigación de la Universidad de Extremadura 2021 , el presente acuerdo y su propio Reglamento de Régimen Interno.
Tercero. El Reglamento de Régimen Interno del Instituto incluirá las normas de funcionamiento y detallará la forma de elección y las competencias de sus órganos de gobierno, respetando lo establecido en los Estatutos de la UEx y demás normativa vigente. Dicho reglamento será impulsado desde el Vicerrectorado de la UEX con competencias en materia de investigación que requerirá a los promotores para, en el plazo máximo de 30 días, tras la aprobación por parte de la Juta de Extremadura de la creación del INIDE y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), procedan a la tramitación del mismo.
Del mismo modo, tras la publicación en el DOE podrán dar comienzo las actividades del Instituto.
Cuarto. La creación del INIDE no supondrá coste alguno para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Informar de la creación del INIDE a los siguientes órganos:
— Conferencia General de Política Universitaria, a fin de dar cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
— Claustro de la Universidad, para dar cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 33.1 de los Estatutos de la UEX, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo.
— Registro de Universidades, Centros y Títulos, para dar cumplimiento al artículo 13.1 del Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre por el que se regula dicho Registro.
Sexto. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional realizará el seguimiento de la actividad investigadora del Instituto y dictará los actos necesarios para el desarrollo y ejecución de dicha actividad.
Séptimo. Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso administrativo de reposición ante la Junta de Extremadura en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación, tal y como dispone el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Podrá también interponer directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46.1, 10.1 a) y 14.1, primera, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE n.º 167, de 14 de julio).
En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no podrá impugnar el acuerdo en la vía contencioso-administrativa hasta que el recurso de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

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