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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio de la redistribución de los créditos de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura correspondiente al ejercicio 2023, aprobada mediante el Decreto 167/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 239
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 15 de diciembre de 2023
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Fomento del empleo. Subvenciones.
Página Inicio: 63281
Página Fin: 63282
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):671402
BDNS(Identif.):671403
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 17 de fecha 25 de enero de 2023, el Extracto de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023, establecida en el Decreto 167/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es), con la identificación BDNS 671402 y 671403.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de vigencia de la convocatoria.
El artículo 39.4 del mismo texto legal indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de gastos o aplicaciones presupuestarias, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente en la modificación del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con la modificación producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
Por todo lo anterior se procede al anuncio de la redistribución de los créditos previstos en el apartado nueve de la disposición adicional única del Decreto 167/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura y a la modificación del apartado cuarto de su extracto, de forma que se minoran los créditos asignados a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/FS21455A03/20230066 por importe de 750.000 euros y se incrementan por el mismo importe los créditos asignados a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/CAG0000001/20080264.
El importe de la convocatoria se mantiene en 3.000.000 euros, con cargo a la anualidad 2023 y con la siguiente distribución por aplicaciones presupuestarias:
— 1.750.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/FS21455A03/20230066 y CONVO/2023/0000000016.
— 1.250.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/CAG0000001/20080264 y CONVO/2023/0000000019.
Mérida, 29 de noviembre de 2023.
El Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital,
(PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023, DOE núm. 180, de 19 de septiembre).
El Secretario General del Servicio Extremeño Público de Empleo,
NICOLAS MACÍAS MANZANEDO

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