RESOLUCIÓN de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Primera Adenda al Convenio entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia e Innovación y del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, y la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y de FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, para la realización de actuaciones tendentes a la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 30 de noviembre de 2023, la Primera Adenda al Convenio entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia e Innovación y del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, y la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y de FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, para la realización de actuaciones tendentes a la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 7 de diciembre de 2023.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
PRIMERA ADENDA AL CONVENIO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN Y DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES ENERGÉTICAS, MEDIOAMBIENTALES Y TECNOLÓGICAS, Y LA JUNTA DE EXTREMADURA, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL Y DE FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES TENDENTES A LA CREACIÓN, EQUIPAMIENTO Y PUESTA EN MARCHA DEL CENTRO IBÉRICO DE INVESTIGACIÓN EN ALMACENAMIENTO ENERGÉTICO, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
Madrid, 30 de noviembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Administración General del Estado y en su representación D.ª Diana Morant Ripoll, Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, nombrada para dicho cargo por Real Decreto 835/2023, de 10 de noviembre ( BOE núm. 278, de 20 de noviembre) actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, Doña María Mercedes Vaquera Mosquero, Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto de la Presidenta 23/2023, de 20 de julio (DOE núm. 140, de 21 de julio), actuando en virtud de la delegación de firma efectuada mediante Decreto de la Presidenta 32/2023, de 16 de agosto (DOE núm. 164, de 25 de agosto), por el que se delega en la persona titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional la firma de Convenios que suscriba la Comunidad Autónoma con el Estado, en el ámbito de las competencias que dicho departamento tiene atribuidas, de acuerdo con la Autorización otorgada por el Consejo de Gobierno para este acto en su sesión de fecha 28 de noviembre de 2023.
De otra parte, Dña. Yolanda Benito Moreno, Directora General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 386/2022, de 17 de mayo (BOE núm. 118 de 18 de mayo), en nombre y representación del mismo en virtud de las competencias que le son atribuidas por el Real Decreto 1952/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 289, de 2 de diciembre).
Y, de otra parte, D. José Luis Canito Lobo, Director Gerente de la entidad FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, cargo que ostenta en virtud de nombramiento mediante Decreto 273/2023, de 7 de noviembre, (DOE núm. 216, de 10 de noviembre de 2023), obrando en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 31 de los Estatutos de la citada fundación.
Las partes se reconocen la capacidad necesaria para obligarse en los términos de la presente adenda y, al efecto,
EXPONEN
I. Que la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, y la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y de FUNDECYT- parque Científico y Tecnológico de Extremadura, firmaron el 20 de diciembre de 2021 un convenio para la realización de actuaciones tendentes a la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, el Convenio).
II. Que en el marco de las inversiones previstas en el componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y, en concreto, en las que se orientan a las áreas de medioambiente, cambio climático y energía (I.07), está prevista la construcción y equipamiento de un centro de I+D en almacenamiento de energía en Extremadura con el objetivo de estimular la respuesta tecnológica y científica a la gestión de la producción de energía verde, en particular en lo que se refiere a las aplicaciones industriales del hidrógeno, así como a la producción, almacenamiento y transporte de hidrógeno verde. El Convenio contribuye a la consecución del hito 269 Centro de I+D de almacenamiento de energía (Centro construido y equipado) del anexo de la Decisión de Implementación del Consejo por la que se aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
III. Que, en el marco del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre el Reino de España y la República Portuguesa, firmado en Figueira da Foz el 8 de noviembre 2003 y, de acuerdo con el artículo 9º del tratado de Amistad y Cooperación entre ambos estados firmado con ocasión de la XXXII Cumbre Hispano-Portuguesa que se desarrolló el pasado 28 de octubre de 2021 en la Ciudad extremeña de Trujillo, en el que las partes se comprometen, entre otras cosas, a reforzar el intercambio de conocimientos científicos y desarrollos tecnológicos, el estímulo de la movilidad de investigadores y expertos, así como el aprovechamiento y refuerzo de infraestructuras científicas y técnicas conjuntas.
IV. Que en reunión celebrada el día 28 de octubre de 2021 ambos Estados formalizaron la intención de crear el Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético (CIIAE), en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este centro estará localizado en Extremadura y tendrá un estatuto y un esquema de gestión y compromiso de cofinanciación equivalentes al Laboratorio Ibérico Internacional de Nanotecnología (INL) de Braga.
V. Que el Convenio establece que las actuaciones tendentes a la creación, equipamiento y puesta en marcha de un centro ibérico de I+D en almacenamiento de energía, se llevarán a cabo bajo la gestión de FUNDECYT-PCTEX hasta el momento que se produzca la suscripción de los correspondientes instrumentos internacionales entre el Reino de España y la República de Portugal que permitan la creación y aprobación de los Estatutos del CIIAE, a quien corresponderá finalmente la gestión y explotación de los elementos que conforme el citado Centro.
VI. Que, en reuniones de la Comisión de Seguimiento del convenio, y a la vista de la evolución del proyecto, se ha manifestado necesaria una reprogramación del proyecto y una ampliación del plazo de vigencia del convenio.
VII. Que, tal como se recoge en el último párrafo de la cláusula cuarta financiación del Convenio que recoge que en el supuesto de ser necesaria una reprogramación de las inversiones recogidas en el Anexo, se seguirá el procedimiento necesario para la posible modificación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
VIII. Que en ese sentido, en diciembre de 2022 se ha propuesto, por parte de la Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la modificación del hito 269 Centro de I+D de almacenamiento de energía (Centro construido y equipado) de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, desplazando el horizonte temporal del hito desde el cuarto trimestre del año 2023 al segundo trimestre del año 2026.
IX. La cláusula séptima del convenio suscrito el 20 de diciembre de 2021 recoge que en el supuesto de que existan causas que hagan prever que el 1 de diciembre de 2023 no haya adquirido personalidad jurídica el centro ibérico, será necesario suscribir con anterioridad a esa fecha un nuevo convenio que recoja los compromisos y obligaciones de las partes. Siendo obligaciones esenciales de FUNDECYT-PCTEX en el nuevo convenio, ejecutar todas las actuaciones contempladas en convenio originario antes del 1 de diciembre de 2023.
Al tiempo de suscribir la presente adenda, la competencia la ostenta la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional de conformidad con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140 de 21 de julio) en relación con el artículo 10 de la Ley 10/2010 de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
Esta adenda tiene por objeto la reprogramación de las inversiones recogidas en el Anexo, las obligaciones y actividades de las partes ligadas a la reprogramación y el plazo de vigencia del convenio firmado el 20 de diciembre de 2021.
Segunda. Modificación de la cláusula primera Objeto del Convenio .
Se modifica la redacción del segundo párrafo de la cláusula primera Objeto de Convenio que queda redactado así:
Estas actuaciones se llevarán a cabo bajo la gestión de FUNDECYT-PCTEX, hasta el momento en que se produzca la suscripción de los correspondientes instrumentos internacionales entre el Reino de España y la República de Portugal que permitan la creación y aprobación de los Estatutos del Centro ibérico de I+D en almacenamiento de energía, a quien corresponderá finalmente la gestión y explotación de los elementos que conformen el citado Centro. Dichos acuerdos internacionales deberán estar suscritos antes del 30 de junio de 2026. Para ello se establecerá un grupo de trabajo que permita avanzar en el desarrollo estatutario y en la definición de las actividades y polos en los que se estructurará, en el ámbito del Clúster energético verde hispano-luso .
Tercera. Modificación de la cláusula tercera obligaciones de las partes .
Se modifica el apartado c) del punto 3 de la cláusula tercera Obligaciones de FUNDECYT- que queda redactado como sigue:
c) FUNDECYT-PCTEX se compromete a finalizar la construcción y equipamiento del Centro antes del 30 de junio de 2026, de acuerdo con los objetivos incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para lo cual el Centro estará dotado a esa fecha con el equipamiento científico y técnico necesario ,
Se modifica el primer párrafo del apartado j) del punto 3 de la cláusula tercera Obligaciones de FUNDECYT-PCTEX , que queda redactado como sigue:
j) FUNDECYT presentará anualmente al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades un informe con los trámites efectuados y de los avances derivados del cumplimiento de las obligaciones del convenio. Este informe se presentará durante el mes de junio de cada anualidad, hasta la fecha de creación del centro Ibérico. Además de esto, antes del 31 de diciembre de 2026 presentará al Ministerio, una memoria final de ejecución del proyecto de construcción y equipamiento del centro, acompañada de las certificaciones finales de las obras. Dicha memoria, junto a las certificaciones finales de las obras, servirán como acreditación del cumplimiento de los objetivos de esta actuación, recogida en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de España. Respecto de la financiación aportada por el MCIU, FUNDECYT-PCTEX deberá reintegrar total o parcialmente los fondos recibidos en los siguientes casos:
i. De no realizarse las inversiones previstas, FUNDECYT-PCTEX deberá reintegrar los fondos recibidos no invertidos. En el supuesto de no lograr, en todo o en parte, los objetivos previstos, o de no poder acreditar el logro de los objetivos por falta de fiabilidad de los indicadores reportados, FUNDECYT-PCTEX deberá reintegrar los fondos recibidos cuando el incumplimiento impida el retorno de fondos europeos al Tesoro, por el importe del retorno no percibido en relación con las actuaciones responsabilidad de FUNDECYT-PCTEX.
ii. Cualquier irregularidad que afecte a medidas bajo responsabilidad determinada en cualquier control desarrollado por las autoridades nacionales competentes o comunitarias que impida el retorno de fondos al Tesoro, implicará el reintegro por FUNDECYT-PCTEX del importe del retorno no percibido en relación con las actuaciones responsabilidad de FUNDECYT-PCTEX.
iii. De no utilizar FUNDECYT las cantidades recibidas para las actuaciones incluidas en este convenio, deberá reintegrar los fondos al Estado por el importe indebidamente utilizado.
iv. No facilitar las funciones de seguimiento y control, establecidas en el apartado i) de esta cláusula.
Los eventuales reintegros a que hubiera lugar por no realizarse el gasto o en su caso por no poder cumplir total o parcialmente con los objetivos previstos, se tramitarán conforme a lo establecido en el artículo 7, séptima, de la Ley 11/2020 de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. La Junta de Extremadura será responsable solidaria de dichos reintegros .
Se modifica el apartado c) del punto 4 de la cláusula tercera Obligaciones de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital que queda redactado como sigue:
c) Financiará en 2022, 2023,2024 y 2025 una línea de ayudas en concurrencia competitiva para empresas en colaboración público-privada para la ejecución de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental orientados a diferentes sistemas de almacenamiento de la energía. Así mismo financiará en 2023,2024 y 2025 una línea de ayudas dirigidas a los Centros de I+D de la comunidad autónoma de Extremadura en líneas estratégicas para el futuro centro ibérico, y una línea de ayudas destinadas a financiar contratos predoctorales para la formación de doctores en Centros de I+D de Extremadura enfocadas a las líneas de investigación estratégicas para el futuro centro ibérico.
Asimismo, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura se compromete a realizar toda la actividad con personal contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional y a justificar documentalmente estos extremos .
Cuarta. Modificación de la cláusula cuarta Financiación .
Se modifica el cuadro de financiación ampliando el periodo hasta 2026, además se elimina la financiación inicial del año 2021 por importe de 70.344,20 como Transferencia a FUNDECYT para actuaciones no financiadas por MRR de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura ya que al no contratarse a personal en el año 2021 se procedió a devolver dicha cantidad.
Las ayudas previstas en 2023 de 6 millones de euros por parte de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura se distribuyen entre los años 2023, 2024 y 2025.
También se incluyen las aportaciones por parte de FUNDECYT durante los años 2024, 2025 y 2026.
El cuadro de financiación queda así:
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2021
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2022
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2023
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2024
|
2025
|
2026
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Total
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---|
MCIU
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29.333.000,00
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23.596.000,00
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52.929.000,00
|
Transferencia a FUNDECYT para realización de las actuaciones recogidas en este convenio, financiadas por el MRR: Transferencia a FUNDECYT para la realización de las actuaciones recogidas en este convenio, no financiadas por el MRR
|
Transferencia a FUNDECYT para la realización de las actuaciones recogidas en este convenio, no financiadas por el MRR
|
|
2.500.000,00
|
2.500.000,00
|
|
|
|
5.000.000,00
|
TOTAL MCIU
|
29.333.000,00
|
26.096.000,00
|
2.500.000,00
|
|
|
|
57.929.000,00
|
Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura
|
|
4.000.000,00
|
1.000.000,00
|
4.000.000,00
|
1.000.000,00
|
|
10.000.000,00
|
Financiación de convocatorias (no financiadas por MRR)
|
Transferencia a FUNDECYT para actuaciones no financiadas por MR
|
|
2.500.000,00
|
2.500.000,00
|
|
|
|
5.000.000,00
|
TOTAL JUNTA EXTREMADURA
|
|
6.500.000,00
|
3.500.000,00
|
4.000.000,00
|
1.000.000,00
|
0,00
|
15.000.000,00
|
FUNDECYT -PCTEX
|
112.644,00
|
165.000,00
|
167.500,00
|
95.695,50
|
97.609,40
|
99.561,59
|
738.010,49
|
Actuaciones no financiadas por MRR
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Valor terrenos
|
1.138.561,50
|
|
|
|
|
|
1.138.561,50
|
TOTAL FUNDECYT-PCTEX
|
1.251.205,50
|
165.000,00
|
167.500,00
|
95.695,50
|
97.609,40
|
99.561,59
|
1.876.571,99
|
TOTAL CONVENIO
|
30.584.205,50
|
32.761.000,00
|
6.167.500,00
|
4.095.695,50
|
1.097.609,40
|
99.561,59
|
74.805.571,99
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Quinta. Modificación de la cláusula séptima Vigencia, modificación y extinción del convenio .
Se elimina el apartado 2 de la cláusula séptima.
Sexta. Modificación del Anexo.
Se modifica el apartado 7 Presupuesto que queda redactado como sigue:
El siguiente cuadro detalla el destino de las inversiones del MCIU con cargo al MRR para la creación, equipamiento y puesta en marcha del CIIAE.
(cifras en millones de €).
Medida
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TOTAL
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---|
a. Creación de un centro
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22,035
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a.1. Urbanización
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3,381
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a.1.1. Viario principal acceso según P.G.U. Cáceres
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1,900
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a.2. Edificaciones
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16,254
|
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a.3. Alquileres provisionales
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0,500
|
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b. Desarrollo de instalaciones experimentales de investigación y demostrativas donde ensayar y validar soluciones
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28,931
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b.1. Equipamiento Científico
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15,078
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b. 2. Planta Piloto
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13,353
|
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b.3. Mobiliario
|
0,500
|
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c. Contratación de Servicios Externos
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1.663
|
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c.1. Servicios Profesionales
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0,663
|
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c. 2. Suministros y otros gastos de actividad
|
1
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d. Formación de profesionales de la industria en el ámbito del almacenamiento de energía
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0,300
|
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TOTAL
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52,929
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Se modifica el a apartado 7.3 Alquiler sede Provisional que queda redactado como sigue:
Para el periodo transitorio hasta la finalización de la construcción de los edificios que albergarán el CIIAE se ha previsto una partida para el alquiler de espacios en que ubicar el equipamiento y al personal contratado. Se ha previsto alquilar en torno a 2.000 m2. En esta partida se contemplan los gastos generales necesarios para un espacio de las citadas dimensiones .
Se modifica el a apartado 7.5 Gastos de formación se ajustan los importes para adecuarse a la cantidad del cuadro del destino de las inversiones:
Formación de profesionales en el ámbito del almacenamiento de la energía. Se dispondrá de un total de 300.000€ entre los años 2023-2026. Dicha formación también incluye estancias en centros nacionales e internacionales y los gastos necesarios para la formación tales como gastos de desplazamiento, estancias y manutención del personal .
Séptima. Publicación y eficacia.
Esta adenda será eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos y será publicada en el Boletín Oficial del Estado y extenderá su vigencia hasta la creación del centro ibérico, tras la suscripción de los correspondientes acuerdos internacionales entre el Reino de España y la República de Portugal, y en todo mientras subsistan obligaciones derivadas del presente convenio.
Disposición final única.
Las referencias contenidas en el convenio de referencia a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, se entenderán realizadas a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en cumplimiento de lo establecido en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y en prueba de conformidad, las partes firman esta adenda al convenio en la fecha indicada en la última firma electrónica.
Firmado electrónicamente por:
El Director Gerente de la entidad FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura,
D. José LuIs Canito Lobo
La Directora General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT),
Dña. Yolanda Benito Moreno
La Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades,
Dña. Diana Morant Ripoll
La Presidenta de la Junta de Extremadura.
PA, Decreto de la Presidenta 32/2023,de 16 de agosto de 2023 (DOE núm. 164, de 25 de agosto)
La Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura,
D.ª María Mercedes Vaquera Mosquero