RESOLUCIÓN de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de modificación del Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres, para el ciclo formativo de Grado Superior en Comercio Internacional del IES Zurbarán de Navalmoral de la Mata.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 16 de noviembre 2023, el Acuerdo de modificación del Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres, para el ciclo formativo de Grado Superior en Comercio Internacional del IES Zurbarán de Navalmoral de la Mata, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 7 de diciembre de 2023.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE LA PROVINCIA DE CÁCERES, PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR EN COMERCIO INTERNACIONAL DEL IES ZURBARÁN DE NAVALMORAL DE LA MATA
Mérida, 16 de noviembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Ilma. Sra. Doña María del Pilar Pérez García, Secretaria General de Educación y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, cargo para la que fue nombrada por Decreto 160/2023, de 2 de agosto (DOE núm. 149, de 3 de agosto), actuando por suplencia de la persona titular de la Secretaría General por Resolución de 6 de noviembre de 2023 publicada en el DOE núm. 214, de 8 de noviembre, y en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
Y de otra, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres, con CIF Q107300IH y domicilio en Plaza del Dr. Durán, 2 código postal 10003 Cáceres, Cáceres, con teléfono de contacto _________________, correo electrónico ______________________ y Don Raúl Iglesias Durán, como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que con fecha 13 de septiembre de 2023 se ha firmado el Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres, publicado en el DOE número 202, de 20 de octubre de 2023 y según establece la cláusula PRIMERA limita las actividades formativas a un máximo de 2 estudiantes.
2. Que la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres, tiene la capacidad de aumentar el número de estudiantes que acoge en sus instalaciones para formarlos en aspectos relativos al Comercio internacional, todo ello como consecuencia de la situación derivada de las actividades que realiza dicha Cámara.
3. Que el artículo 49 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que a falta de regulación expresa la modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
ACUERDAN
1. Modificar la cláusula PRIMERA que pasa a tener la siguiente redacción:
El alumnado seleccionado, hasta 15 estudiantes, del ciclo formativo de Grado Superior en Comercio internacional (COM3-1), desarrollarán las actividades formativas programadas en el Anexo IIIa y Anexo IIIb, que podrán ser modificadas y adaptadas en función de las necesidades del desarrollo de las mismas, en los locales de los centros de trabajo de la Cámara colaboradora o, en su caso, en aquellos lugares donde desarrolle su actividad productiva, sin que ello implique relación laboral alguna con ninguna de las dependencias pertenecientes a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres.
También podrá desarrollarse esta labor en el centro educativo cuando la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres, carezcan de espacios para tales usos, debiendo, en todo caso, ser la docencia impartida por personal de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres.
Será en el programa formativo donde se concrete la distribución horaria y jornada de participación de los estudiantes en el centro educativo y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres, pudiéndose organizar por días a la semana, por semanas, por quincenas o por meses.
El representante legal de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres,
D. Raúl Iglesias Durán
La Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional,(PD, Resolución de 9/08/2023, de la Consejera, DOE núm. 156, de 14/08/2023).El Secretario General,(PS, Resolución de 6/11/2023,DOE núm. 214, de 8/11/2023).La Secretaria General de Educación y Formación Profesional,
Dña. María del Pilar Pérez García